Resolucion N° 3.720

EmisorDireccion General de Escuelas
Fecha de la disposición24 de Noviembre de 2008

RESOLUCION N° 3.720

Mendoza, 24 de noviembre de 2008

Visto las constancias obrantes en el Expediente N° 94727, caratulado "Cordoba MarÍa Ofelia Y Ots C/Dirección General de Escuelas p/Acción de Inconstitucionalidad", originario de la Sala I de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza; y

CONSIDERANDO:

Que mediante el dictado de la Resolución N° 531 de fecha 30 de Junio del 2008, la Dirección de Educación Básica y Polimodal convocó a Concurso para Concentración de tareas docentes por acrecentamiento y/o traslado de horas cátedras semanales, en una primera instancia en Concurso cerrado por Establecimiento y luego, Concurso abierto por Áreas para escuelas de EGB - 3er. Ciclo y Polimodal;

Que por medio de la Circular N° 40 de fecha 22 de Setiembre de 2008, la Junta Calificadora de Méritos de EGB3 y Polimodal comunicó el Instructivo y Cronograma del Concurso de Concentración y acrecentamiento de tareas docentes;

Que luego de las etapas preparatorias, el referido concurso se inició el día 14 de Octubre de 2008;

Que el día 16 de Octubre del 2008, se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia la Resolución N° 3167-DGE-08, que modifica parcialmente la Resolución N° 2403-DGE-07, que aprueba el Nomenclador de Espacios Curriculares y Cargos Docentes y la Competencia de Títulos, para ejercer la docencia en la Enseñanza General Básica (3er. Ciclo) y Polimodal de la Provincia de Mendoza;

Que la Resolución N° 3167-DGE-08, amplía el Listado Alfabético de Títulos con competencia asignada y modifica el Anexo III de la Resolución N° 2403-DGE-07, en cuanto al Listado de Categorización de incumbencias;

Que a priori, y sin emitir ningún juicio sobre la cuestión de fondo, podemos afirmar que la publicación de la Resolución N° 3167-DGE-08, es posterior al inicio del concurso, lo que podría alterar la seguridad jurídica y la igualdad ante la ley y vulnerar el principio de razonabilidad;

Que el artículo 83° de la Ley 3909, incisos a) y b) prevén la suspensión del acto administrativo, mediante resolución fundada, cuando se cause un daño de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR