Resolucion N° 3.288

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición17 de Septiembre de 2009

RESOLUCION N° 3.288

Mendoza, 17 de setiembre de 2009

Visto el expediente 705-D-09-77747 y el Convenio suscripto entre el Gobierno de la Provincia de Mendoza y la Asociación de Prestadores Privados de Hemodiálisis y Transplantes Renales, en expediente 40-M-09-77770, ratificado por Decreto N° 2204/09.

CONSIDERANDO:

Que el Prestador se compromete por intermedio de los establecimientos detallados en el Anexo I del citado Convenio a brindar los servicios de Hemodiálisis (HD), y Diálisis Peritoneal Continúa y Ambulatoria (DPCA) a los pacientes derivados por el Ministerio de Salud.

Que a su vez el Ministerio derivará sólo pacientes que se encuentren carentes de cobertura médica por cuya razón legalmente se encuentre obligado a hacerse cargo de estas prestaciones, a través de la Subsecretaría de Gestión de Salud en quien se delega el control, ejecución y cumplimiento de este Convenio.

Que la Cláusula Décima Primera del Convenio dispone el funcionamiento de un Comité Arbitral integrado por representantes de ambas partes.

Que con el objeto de controlar la procedencia y justificación de los pacientes derivados se hace necesario extremar el control de manera de no incurrir en solicitudes por parte del Ministerio y prestaciones por parte de la Asociación, que no correspondan ser financiadas a través de este convenio.

Que sin perjuicio de las obligaciones estipuladas en el Convenio aprobado por Decreto N° 2204/09, lo aconsejado por la Dirección General de Administración y lo dictaminado por Asesoría Letrada del Ministro.

EL MINISTRO DE SALUD

RESUELVE:

Artículo 1°

Designar miembros del Comité Arbitral mencionado en la Cláusula Décima Primera del Convenio de referencia al Dr. Pedro Omar Masman, DNI N° 20.413.134 - Subsecretario de Gestión de Salud, quien lo presidirá en representación del Señor Ministro de Salud y al Dr. Carlos Maradona, DNI N° 11.486.600, en representación de "El Gobierno" y la Dra. Liliana Cervini, DNI N° 13.085.306 y/o el Dr. Carlos Bonanno, DNI N° 12.621.172, en representación de "El Prestador", con las facultades de decisión en todas las cuestiones que se sometan a arbitraje en materia técnica, operativas y legales derivadas de la interpretación, cumplimiento y aplicación de dicho Convenio.

Artículo 2°

Determinar que la solicitud de derivación efectuada por el Director del Hospital Público...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR