Resolución N° 3 1º Sección: Legislación – Normativas
Fecha de Entrada en Vigor | 31 de Marzo de 2022 |
Emisor | ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DEL SEGURO DE SALUD - APROSS |
Fecha de la disposición | 30 de Marzo de 2022 |
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCLXXXVII - Nº 67
CORDOBA, (R.A.) JUEVES 31 DE MARZO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Las Malvinas son argentinas”
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCIÓN ADMINISTRACIÓN
Resolución N° 10 - Letra:A
Córdoba, 18 de febrero de 2022
VISTO: El expediente Nº 0027-081322/2021.
Y CONSIDERANDO:
Que el Artículo 88 de la Ley Nº 9086 en concordancia con el Artículo 92
del Cuerpo Normativo Unicado del Sistema Integrado de Administración
Financiera de la Resolución N° 003/2018 de la Secretaría de Administra-
ción Financiera, disponen que los gastos comprometidos y no devengados
al día treinta y uno de diciembre de cada año, deberán ser desafectados,
autorizándose a que dichos gastos, de considerarse necesario, se vuelvan
a imputar con cargo a los créditos previstos en la Ley de Presupuesto Ge-
neral de la Administración Pública Provincial correspondiente al ejercicio
del año siguiente al de su caducidad, debiendo los Servicios Administrati-
vos confeccionar los documentos contables pertinentes.
Que de acuerdo con lo antedicho puede accederse conforme lo propi-
cia la Jefatura de Área Administración con fecha 11 de febrero de 2022.
Por ello, atento a las actuaciones cumplidas, lo dispuesto por el ar tículo
88 de la Ley Nº 9086 y artículo 92 de la Resolución N° 003/2018 de la Se-
cretaría de Administración Financiera y lo solicitado a fs. 14,
EL DIRECTOR DE JURISDICCIÓN ADMINISTRACIÓN
A CARGO DEL SERVICIO ADMINISTRATIVO
DEL MINISTERIO DE FINANZAS
RESUELVE:
Artículo 1º APROBAR la emisión de las Órdenes de Compra Negati-
vas –Ejercicio 2021- Jurisdicción 1.15 – Ministerio de Finanzas por la que
se desafectan los gastos comprometidos y no devengados al 31 de diciem-
bre de 2021, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 88 de la Ley
Nº 9086 en concordancia con el Artículo 92 del Cuerpo Normativo Unica-
do del Sistema Integrado de Administración Financiera de la Resolución N°
003/2018 de la Secretaría de Administración Financiera que se detallan en
Anexo I el que con una (1) foja útil forma parte integrantes de la presente
Resolución.
Artículo 2º APROBAR la emisión de las Órdenes de Compra –Ejerci-
cio 2022- Jurisdicción 1.15 – Ministerio de Finanzas por los importes futu-
ros referidos al ejercicio 2021 y que corresponde imputar por reconducción
al nuevo ejercicio, en cumplimiento de lo dispuesto en el ar tículo 80 de la
Ley N° 9086 y conforme se detalla en Anexo II el que con una (1) foja útil
forma parte integrantes de la presente Resolución.
Artículo 3º PROTOCOLÍCESE, dése intervención al Tribunal de Cuen-
tas de la Provincia, comuníquese a Contaduría General de la Provincia,
publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO.: JAVIER P. FERRARO, DIRECTOR DE JURISDICCIÓN DE ADMINISTRA-
CIÓN, DIRECCIÓN GRAL. DE COORD. OPERATIVA
ANEXO
ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DEL SEGURO
DE SALUD - APROSS
Resolución N° 3
Córdoba, 30 de marzo de 2022
Visto El Expediente Nº 0088-117681/2019 de la Administración Provincial
del Seguro de Salud (A.Pro.S.S.). Resolución Nº 0274/21, y
CONSIDERANDO:
Que a través del citado instrumento legal se facultó en el Director de
Administración, conforme su artículo 2º, la revisión y actualización trimes-
tral del importe de la contribución relativa al Fondo de Enfermedades Ca-
tastrócas (F.E.C.) a cargo de cada uno de los aliados y beneciarios de
esta A.Pro.S.S. atento inciso f) del Articulo 32 de la ley Nº 9277.
Que en esta instancia y en cumplimiento de lo allí dispuesto, el Depar-
tamento Recaudaciones emite informe de su competencia efectuando el
cálculo de actualización de los importes correspondientes.
Por ello y atento al inc. q) del Art. 26 inciso de la ley 9277.
LA DIRECCION DE ADMINISTRACIÒN
RESUELVE:
Artículo 1º .- ACTUALIZASE en Pesos Doscientos cuarenta con
38/100 ($240,38) el valor de la contribución referida al Fondo de Enfer-
medades Catastrócas (F.E.C.) atento inciso f) del Articulo 32 de la Ley Nº
9277, con vigencia a partir del 1º de Abril de 2022.-
Artículo 2º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, notifíquese, publíque-
se y oportunamente Archívese. -
FDO.: PABLO D. ACOSTA, DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
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