Resolución N° 298 1º Sección: Legislación – Normativas
Fecha de Entrada en Vigor | 18 de Diciembre de 2017 |
Emisor | Ministerio de Justicia y Derechos Humanos |
Fecha de la disposición | 10 de Noviembre de 2017 |
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXXVI - Nº 244
CORDOBA, (R.A.) LUNES 18 DE DICIEMBRE DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
Resolución N° 2026
Córdoba, 12 de Diciembre de 2017
VISTO: Las disposiciones del Decreto N° 1960 de fecha 11 de diciembre
de 2017.
Y CONSIDERANDO:Que mediante el citado instrumento legal se dispuso
receso administrativo durante el lapso comprendido entre los días 02 y 31
de enero de 2018, en el ámbito de la Administración Pública Provincial cen-
tralizada, y se declararon inhábiles a los nes del procedimiento adminis-
trativo los días comprendidos en dicho período, a n de brindar seguridad
jurídica para los administrados.
Que sin perjuicio de ello, el artículo 9° del Decreto N° 1960/17 estable-
ce que cada Ministro, Secretario o Titular de Organismo, deberá elaborar
un Plan de Contingencias que asegure la inmediata convocatoria y disposi-
ción del personal que sea necesario a n de afrontar urgencias eventuales
de su área.
Que por el artículo 4° del instrumento legal mencionado, se excluyeron
del receso administrativo a diversas áreas y organismos de la Administra-
ción Pública Provincial a n de asegurar a los ciudadanos una normal y
oportuna prestación de los servicios esenciales.
Que asimismo, por el artículo 5° de la citada norma se excluyeron de la
declaración de días inhábiles a ciertos Ministerios y Organismos en aten-
ción a la tarea especíca que cumplen y a los procesos que los mismos se
encuentran sustanciando.
Que actualmente, en virtud de las actividades programadas, corres-
ponde la inclusión en el alcance descripto en el párrafo que antecede al
Ministerio de Educación, así como del Registro Ocial de Proveedores y
Contratistas del Estado y del Registro de Constructores de Obras, am-
bos dependientes de la Dirección General de Compras y Contrataciones
del Ministerio de Finanzas, en los alcances del artículo 4° del Decreto N°
1960/17.
Que el artículo 11° del citado Decreto faculta a esta Secretaría General
a dictar normas de ejecución, interpretación y/o excepción que resulten
necesarias para la aplicación de lo dispuesto en el mismo, con el objeto
de adaptarlo a las necesidades de los distintos ámbitos del Gobierno Pro-
vincial, cuyas particularidades y realidades requieran atención en forma
especial, de acuerdo a los servicios públicos que brindan.
Por ello, lo dispuesto en el Decreto N° 1960/17, las facultades conferidas a
esta Secretaría General de la Gobernación, y en uso de sus atribuciones;
LA SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
RESUELVE:
Artículo 1° APRUÉBASE el “Instructivo correspondiente al receso dis-
puesto por Decreto N° 1960/17”, que como Anexo I, compuesto de dos (2)
fojas útiles, forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2° DISPÓNESE la inclusión del Ministerio de Educación en
los alcances del artículo 5°, primer párrafo del Decreto N° 1960/17.
Artículo 3° DISPÓNESE la inclusión del Registro Ocial de Provee-
dores y Contratistas del Estado y del Registro de Constructores de Obras,
ambos dependientes de la Dirección General de Compras y Contratacio-
nes del Ministerio de Finanzas, en los alcances del artículo 4° del Decreto
N° 1960/17.
Artículo 4° PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bole-
tín Ocial y archívese.
FDO: CRA. SILVINA RIVERO, SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN.
ANEXO: https://goo.gl/te32bq
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS
HUMANOS
Resolución N° 298
Córdoba, 10 de noviembre de 2017
VISTO: El Expediente Nº 0493-022247/2017 en el que se propicia la for-
malización de ajustes en la distribución de los Recursos Financieros y en
el Plan de Inversiones Públicas asignadas por el Presupuesto General de
la Administración Provincial en vigencia, la Ley N° 9086 y el Decreto N°
150/04 y modicatorias, correspondiente a las Unidades Administrativas
N°. 35 y 40 de esta Jurisdicción.
Y CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 2881/2011 se restablecen las facultades oportuna-
mente conferidas a los titulares de cada uno de los Poderes y Jurisdiccio-
nes de la Administración Central por Decreto Nro. 150/04, en el marco de
la reglamentación de la Ley Nro. 9086 de Administración Financiera y de
Control Interno de la Administración General del Estado Provincial.
Que asimismo, la normativa legal dispone que se formalicen dichas
modicaciones mediante el dictado de una Resolución mensual.
Que las modicaciones propuestas se encuadran en las disposiciones
legales vigentes, de acuerdo a los Artículos 31 y 10 in ne de la citada
Ley de Administración Financiera y del Control Interno de la Administración
General del Estado Provincial N° 9086.
Que la Dirección de Jurisdicción de Administración de esta cartera
ministerial, da cuenta que se ha dado cumplimiento a las previsiones es-
tablecidas para las modicaciones presupuestarias establecidas por la
Resolución Nro. 2/2014 de la Secretaria de Administración Financiera.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo dictaminado por la Di-
rección de Jurisdicción de Asuntos Legales de este Ministerio bajo el N°
400/2017, en ejercicio de sus atribuciones;
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
R E S U E L V E:
1º.- FORMALÍZASE la modicación en la asignación de Recursos
Financieros del Presupuesto General de la Administración Provincial año
2017, de conformidad con el reporte compactado, que incluye la compensa-
ción de recursos nancieros correspondiente al mes de Agosto de 2017, de
las Unidades Administrativas Nros..35 - Servicio Penitenciario de Córdoba
- y 40 – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos - de esta Jurisdicción,
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