Resolución N° 297/MEIGC/18

EmisorMinisterio de Educación e Innovación
Fecha de la disposición15 de Junio de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.º 297/MEIGC/18
Buenos Aires, 30 de mayo de 2018
VISTO:
La Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley 5.666), Decreto Reglamentario Nº
326/GCABA/17, la Resolución Conjunta Nº 5-SECLyT-MHGC-MMGC-MJGGC- 2014,
el Expediente Electrónico Nº 4667261-MGEYA-DGAR-2018, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente del Visto tramita la prórroga de la locación administrativa del
inmueble sito en la calle Acassuso 5860 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con
destino a la Escuela de Comercio Nº 32 del Distrito Escolar 13º;
Que corresponde destacar que en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
resulta de aplicación la Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad Nº 2095 (Texto
consolidado por Ley Nº 5666) reglamentada por el Decreto Nº 326/GCABA/17;
Que en dicha Ley, se encuentra encuadrada la locación de un inmueble por parte del
sector público de la misma. Que el artículo 25 de la referida Ley, dispone que para la
ejecución de los contratos que contempla, la regla general es “la licitación pública o
concurso público“, agregando en el artículo 26 que los procedimientos de selección del
contratista para tales operaciones son: a) Licitación o Concurso; b) Contratación
Directa y c) Remate o Subasta Pública;
Que oportunamente el contrato de locación administrativa fue aprobado por
Resolución Nº 1547/MEGC/15 y venció el día 31/03/ 2018;
Que la cláusula tercera del aludido contrato estipula la facultad del locatario para
prorrogar la vigencia del mismo;
Que por lo tanto, el marco jurídico en el que se halla encuadrada la prórroga de la
locación del inmueble como la que se plantea en las actuaciones del Visto, resulta del
Decreto Nº 326/GCABA/2017, inciso 12, apartado m) anexo I : "Finalizado el plazo
estipulado en el contrato, el eventual uso de la prórroga previsto en el mismo deberá
plasmarse mediante la celebración de una cláusula adicional...";
Que cabe señalar, que se ha dado cumplimiento a las disposiciones previstas en el
inciso 12, artículo 28, del Anexo I del Decreto Reglamentario Nº 326/GCABA/2017,
respecto a los apartados a) y b) y, en función de la Dirección General de
Administración de Bienes y Concesiones, informa que luego de haber realizado una
exhaustiva búsqueda en el Registro Único de Bienes Inmuebles (RUBI), surge que no
existen en la actualidad inmuebles disponibles de titularidad de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires que posean las características necesarias para los fines solicitados
(IF-2018-05486572-DGABC);
Que tal situación motivó a la Dirección General de Administración de Recursos de este
Ministerio a realizar tratativas con la señora propietaria del inmueble, que dieron como
resultado la prórroga del contrato de locación administrativa registrado en la Dirección
General Escribanía General bajo Nº 17219, que tendrá un plazo de duración de tres
(3) años, a partir del 1 de abril de 2018, con un valor locativo de pesos sesenta y cinco
mil ($ 65.000.-) mensuales para el primer año de contrato, de pesos setenta y cinco mil
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5395 - 15/06/2018

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