Resolución Nº 297 “F“ 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2017
EmisorCaja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
1a
7
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXX - Nº 148
CORDOBA, (R.A.), LUNES 1º DE AGOSTO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
ciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
Artículo 1º.- DESÍGNASE a partir de la fecha del presente a la seño-
ra Inés del Carmen MONCADA (M.I. N° 13.840.569) en el cargo vacante
de la Dirección de Jurisdicción Centros de Convivencia y Promoción So-
cial de Adultos Mayores de la Dirección General de Adultos Mayores de la
Secretaría de Políticas Sociales del Ministerio de Desarrollo Social, por
haber obtenido el primer lugar en el Orden de Mérito correspondiente al
concurso de títulos, antecedentes y oposición, convocado por Resolución
N° 346/2015 del Ministerio de Desarrollo Social, en los términos del artículo
14°, punto II), apartado B) de la Ley N° 9361.
Artículo 2º. ESTABLÉCESE que la Dirección de Jurisdicción de Re-
cursos Humanos del Ministerio de Desarrollo Social, en caso de corres-
ponder, vericará el efectivo cumplimiento de los requisitos establecidos
por los artículos 12° y 13° de la Ley N° 7233 para el ingreso de personal.
Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Mi-
nistro de Desarrollo Social y Fiscal de Estado, y rmado por la señora
Secretaria General de la Gobernación.-
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese, dese a la
Secretaría de Capital Humano de la Secretaria General de la Gobernación,
publíquese en el Boletín Ocial y archívese.-
FDO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR / CRA. SILVIA RIVERO, SECRETARIA
GENERAL DE LA GOBERNACIÓN / RODRIGO RUFEIL, MINISTRO DE DESARRO-
LLO SOCIAL / DR. JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE ESTADO
CAJA DE JUBILACIONES, PENSIONES Y
RETIROS DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
Resolución N° 297 - Letra:F
EXPEDIENTE 0124-185755
Córdoba, 13 de julio de 2016
VISTO:
Las presentes actuaciones a través de las cuales se propicia la instru-
mentación del convenio celebrado entre la Caja de Jubilaciones, Pensio-
nes y Retiros de Córdoba y la Secretaría de Equidad y Promoción del Em-
pleo de la Provincia de Córdoba destinado al nanciamiento de actividades
sociales y recreativas de Centros de Jubilados.
Y CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 8024 (T.O. Dcto. 40/2009) modicada por Ley N° 9884,
en su artículo 117, dispone la creación del “Fondo de Financiamiento de
Actividades Recreativas y Sociales con el objeto de nanciar cursos, ta-
lleres de formación, obras de infraestructura y otras actividades que se
brinden en el Hogar de Día Dr. Arturo Umberto Illía. Asimismo, podrá ser
destinado a solventar actividades de igual naturaleza que se desarrollaren
en el interior de la Provincia mediante convenios con Organismos No Gu-
bernamentales”.
Que la norma precitada determina que la Caja de Jubilaciones, Pensio-
nes y Retiros de Córdoba tiene a su cargo la administración y gestión del
Fondo de Financiamiento de Actividades Recreativas y Sociales.
Que, en tal sentido, la Caja, en su carácter de autoridad de aplicación
e interpretación de la Ley N° 8024, sus reglamentarias, complementarias
y modicatorias entendió a través de sus respectivos instrumentos lega-
les que resultaba materialmente imposible realizar sólo en el Espacio So-
cio-Cultural para Adultos Mayores “Dr.Arturo Umberto Illía”, las actividades
previstas por el Fondo para todos los adultos mayores de la ciudad de
Córdoba, por lo que autorizó que las mismas también se realicen en los
Centros de Jubilados y Organismos No Gubernamentales de la Capital, en
las mismas condiciones en que se realizan a través de estas instituciones
en el interior provincial.
Que dentro de la estructura orgánica del Poder Ejecutivo prevista por
el Decreto N° 1791/15, modicado por Decreto N° 39/16, y ambos ratica-
dos por Ley 10.337, compete a la Secretaría de Equidad y Promoción del
Empleo asistir al Poder Ejecutivo en todo lo relativo a la consecución de la
equidad social, la capacitación laboral, la promoción del empleo y el forta-
lecimiento de las asociaciones comunitarias, y en particular,“la promoción,
capacitación, subsidio y asistencia técnica de las asociaciones, institucio-
nes de bien público y organizaciones intermedias y no gubernamentales”.
Que, a los nes de coordinar con dicha cartera de Estado políticas
conjuntas inherentes a la asistencia en actividades recreativas y sociales,
incluyendo el fortalecimiento institucional de centros de jubilados y orga-
nizaciones no gubernamentales que impulsen las iniciativas previstas en
el Fondo creado por Ley N° 9884, la Sra. Interventora de la Caja de Jubi-
laciones, Pensiones y Retiros de Córdoba, con funciones de Presidenta y
la Sra. Secretaria de Equidad y Promoción del Empleo de la Provincia de
Córdoba, suscribieron el Convenio que corre agregado a fs. 2/3.
Que, a posteriori, fue celebrado entre las mismas partes el Protocolo
Adicional de Trabajo, obrante a fs. 4/15, mediante el cual se jan las dis-
tintas pautas, requisitos y procedimientos que deben cumplir los centros
de jubilados y pensionados de la Provincia de Córdoba para acceder al
nanciamiento de sus proyectos que impulsen actividades recreativas y
sociales.
Que, a los nes de dar acabado cumplimiento a los compromisos asu-
midos en el Convenio precitado, resulta pertinente instituir un “Programa de
Fortalecimiento Institucional para Centros de Jubilados y Organizaciones
No Gubernamentales”, que funcionará de manera independiente de los de-
más programas ya creados por esta entidad previsional.
Que con la nalidad de dar mayor operatividad y celeridad a la eje-
cución del programa precitado, es preciso crear un fondo permanente
especíco, como instrumento apropiado y ecaz, destinado a atender los
desembolsos que se efectúen con destino a los Centros de Jubilados que
adhieran al programa señalado.
Que, nalmente, corresponde encomendar al área de Relaciones Insti-
tucionales el monitoreo de cada uno de los proyectos particulares propues-
tos por los centros de jubilados y pensionados que gestionen actividades
sociales y recreativas comprendidas en la Ley N° 9884 y que canalicen su
adhesión al programa a través de la Secretaría de Equidad y Promoción del
Empleo.
Por ello, atento Dictamen N° 483 de fecha 13/07/2016 de la Sub Ge-
rencia General de Asuntos Legales, obrante a fs. 17/19 y en virtud de lo

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR