Resolución N° 295 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Febrero de 2022
EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición23 de Noviembre de 2021
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCLXXXVI - Nº 25
CORDOBA, (R.A.) MARTES 1° DE FEBRERO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
Resolución N° 295
Córdoba, 23 de noviembre de 2021
VISTO: El expediente Nº 0032-047495/2019/A16.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones la contratista PRESTACIONES IN-
MOBILIARIAS S.R.L. (C.U.I.T N° 30-71416100-4) solicita Adecuación Pro-
visoria de Precios de los Renglones N° 1 y N° 2 de la Obra denominada
“Refuncionalización de la Sede Central del Registro General de la Provin-
cia, sito en calle Santa Cruz N° 255 esquina calle Luis de Azpeitía – Ciudad
de Córdoba”, la que fuera adjudicada bajo el procedimiento de Subasta
Electrónica Inversa – Obras Públicas Cotización N° 2019/000040, por Re-
solución N° 254/2019 y cuyo plazo de ejecución fuera prorrogado por Re-
soluciones N° 007/2020 y 155/2020 todas de esta Cartera Ministerial.
Que al F.U. N° 3, consta la presentación articulada por la citada rma,
de fecha 28 de agosto de 2020, instando la adecuación en trámite, consis-
tente en el Formulario Provisorio de Solicitud de Adecuación Provisoria de
Precios Variación Positiva, de la obra de referencia.
Que a fs. 4/9 y 10/13, obran Formularios Provisorios de Solicitud de
Adecuación Provisoria de Precios Variación Positiva relativos a los Ren-
glones N° 1 y N° 2 respectivamente de la obra de referencia, con más de-
talle de cálculos de sustento, esto último suscripto también por la Dirección
General de Coordinación Operativa, todo conforme la parametrización del
Sistema Integral de Gestión de Obras (“SIGO”).
Que en relación al Renglón N° 1 de la obra de referencia, la adecua-
ción intentada se registró en el mes de agosto de 2020; el precio con-
tractual vigente del renglón que nos ocupa es de pesos cuarenta y cuatro
millones cuatrocientos sesenta y dos mil quinientos noventa y uno con
sesenta y tres centavos ($ 44.462.591,63); se advierte una variación de
referencia positiva del 9,69%; el monto a reconocer por Incremento de la
Adecuación Provisoria, asciende a la suma de pesos seiscientos cuarenta
y seis mil cuatrocientos setenta y ocho con un centavo ($ 646.478,01) y
que la presentante, declara renunciar a todo reclamo por mayores cos-
tos, compensaciones, gastos improductivos, o supuestos perjuicios de
cualquier naturaleza, generados por la variación de los costos motivo de
la adecuación provisoria en trámite, o pretendidamente motivados por los
cambios registrados en la economía a causa de la vigencia de la Ley Na-
cional N° 25.561 y legislación concordante, correlativa o complementaria;
manifestando expresamente que nada tiene que reclamar al Gobierno de
la Provincia de Córdoba bajo ningún concepto emergente de la presente
Adecuación Provisoria de Precios, todo ello de conformidad a lo previsto en
el artículo 14 del Anexo I del Decreto N° 800/16.
Que en relación al Renglón N° 2, la adecuación intentada se registró
en el mes de agosto de 2020; el precio contractual vigente del renglón
que nos ocupa es de pesos ocho millones seiscientos sesenta y tres mil
quinientos nueve con veintisiete centavos ($ 8.663.509,27); se advierte
una variación de referencia positiva del 13,48%; el monto a reconocer por
Incremento de la Adecuación Provisoria, asciende a la suma de pesos dos-
cientos seis mil ciento veintinueve con dieciséis centavos ($ 206.129,16); y
que la presentante, declara renunciar a todo reclamo, de idéntica forma en
relación al Renglón N° 1.
Que a fs. 23/42 obran copias de las Resoluciones Ministeriales N°
000424/2019, 0000132/2020 y 000146/2020, por las que disponen Aprobar
la Primera, Segunda y Tercera Adecuación Provisoria de Precios por reco-
nocimiento de variación de costos para la mencionada obra.
Que el Área Contrataciones expone que de las constancias arrojadas
por el Sistema Integral de Gestión de Obras (SIGO), surge que el porcen-
taje de variación de precios es del 9,69% para el Renglón N° 1 y el 13,48%
para el Renglón N° 2, superando en ambos casos, el mínimo del 5% pre-
visto por el artículo 6 del Decreto N° 800/2016.
Que asimismo, corresponde aprobar la Adecuación Provisoria de Pre-
cios solicitada para los Renglones N° 1 y N° 2, a tenor del informe produci-
do por el Área Contrataciones a fs. 43.
Por ello, en virtud de lo establecido por la Ley N° 8614 y los Decretos
N° 800/16 y N° 30/18 y en un todo de acuerdo con la información procesa-
da por el Sistema Integral de Gestión de Obras (SIGO), lo informado por el
Área Contrataciones a fs. 43, el Ajuste Orden de Compra Nº 2019/000117.01
confeccionado por la Dirección General de Coordinación Operativa y de
acuerdo con lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos
Legales de este Ministerio al Nº 576/2021,
EL MINISTRO DE FINANZAS
RESUELVE:
Artículo 1° APROBAR la Cuarta Adecuación Provisoria de Precios por
reconocimiento de variación de costos para la obra “Refuncionalización de la
Sede Central del Registro General de la Provincia, sito en calle Santa Cruz N°
255 esquina calle Luis de Azpeitía – Ciudad de Córdoba”, para los Renglones
N° 1 y N° 2, presentada por la rma PRESTACIONES INMOBILIARIAS S.R.L.
(C.U.I.T. 30-71416100-4), por la suma de pesos seiscientos cuarenta y seis mil
cuatrocientos setenta y ocho con un centavo ($ 646.478,01), para el Renglón
N° 1 y por la suma de pesos doscientos seis mil ciento veintinueve con die-
ciséis centavos ($ 206.129,16) para el Renglón N° 2, lo que hace un total de
pesos ochocientos cincuenta y dos mil seiscientos siete con diecisiete centavos
($852.607,17), según Formularios Provisorios de Solicitud de Adecuación Pro-
visoria de Precios – Variación Positiva, el que como Anexo I con diez (10) fojas
útiles, forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2° IMPUTAR el egreso que demande el cumplimiento de la
presente Resolución, por la suma total de PESOS OCHOCIENTOS CIN-
CUENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS SIETE CON DIECISIETE CENTA-
VOS ($ 852.607,17) a Jurisdicción 1.15 Ministerio de Finanzas, al Programa
155-001, Partida: 12.06.00.00 “Obras-Ejecución por Terceros” del P.V.
Artículo 3º PROTOCOLÍCESE, dése intervención al Tribunal de Cuentas
de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO.: OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS
ANEXO

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