Resolución N° 294 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor11 de Abril de 2022
EmisorMinisterio de educación
Fecha de la disposición 6 de Abril de 2022
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCLXXXVIII - Nº 75
CORDOBA, (R.A.) LUNES 11 DE ABRIL DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Las Malvinas son argentinas”
que aprueba en forma plena -por cuatro (4) años- la propuesta “Educación
Secundaria con Orientación en Informática” Modalidad a Distancia, que
se llevará a cabo en los Centros Educativos de Nivel Medio para Adultos
(C.E.N.M.A.) dependientes de este Ministerio.
Art. 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial y archívese.
FDO.: WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACIÓN
Resolución N° 289
Córdoba, 6 de abril de 2022
VISTO: La Ley de Educación Nacional Nº 26.206, la Ley de Educación Pro-
vincial N° 9870, las Resoluciones Nros. 118/10, 254/15 y 346/18 del Con-
sejo Federal de Educación y las Resoluciones Ministeriales Nros. 84/11 y
N° 148/13, que establecen los marcos normativos para la implementación
de las ofertas de Educación a Distancia de la Provincia de Córdoba para la
modalidad de educación permanente para Jóvenes y Adultos;
Y CONSIDERANDO:
Que a través de las normas citadas este Ministerio, en concordancia
con las disposiciones del Consejo Federal de Educación, debe denir las
propuestas curriculares para los distintos niveles y modalidades del siste-
ma educativo provincial.
Que la Educación Secundaria, en sus distintas modalidades, consti-
tuye un desafío para el Estado Provincial y en particular para esta cartera
Educativa, no sólo de garantizar el acceso a todos los adolescentes, jó-
venes y adultos a la educación obligatoria, sino también de actualizar el
diseño curricular de ese nivel mediante un proceso participativo.
Que la educación Secundaria en la Modalidad destinada a Jóvenes y
Adultos “tiene la nalidad de habilitar a jóvenes y adultos para el ejercicio
pleno de la ciudadanía, para el trabajo y para la continuidad de sus estu-
dios” y se divide en dos ciclos, Ciclo Básico y Ciclo Orientado.
Que el art. 104 de la Ley de Educación Nacional expresa que “La Edu-
cación a Distancia es una opción pedagógica y didáctica aplicable a distin-
tos niveles y modalidades del sistema educativo nacional, que coadyuva al
logro de los objetivos de la política educativa y puede integrarse tanto a la
educación formal como a la educación no formal”, denición se encuentra
contemplada en la Ley N° 9870.
Que la Resolución N° 118/10 del Consejo Federal de Educación rea-
rma los aspectos y características más relevantes que hacen a la espe-
cicidad de la Modalidad de Jóvenes y Adultos y establece criterios que
contribuyen a la integridad de la misma en el Sistema Educativo.
Que en la Provincia de Córdoba se encuentra en vigencia para la edu-
cación secundaria de la modalidad de jóvenes y adultos los planes de es-
tudios aprobados por las Resoluciones Ministeriales N° 84/11 y N° 148/13
correspondiente al Ciclo Básico y Ciclo Orientado, respectivamente.
Que según Dictamen N° 2485/21 la Comisión Federal de Registro y
Evaluación Permanente de las Ofertas de Educación a Distancia establece
la aprobación plena por 5 (cinco) años de la propuesta “Educación Secun-
daria con Orientación en Deportes y Recreación”, modalidad a distancia de
la Provincia de Córdoba.
Por ello, los informes producidos y en uso de las facultades que le son
propias;
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
RESUELVE:
Art. 1º.- RATIFICAR el dictamen N° 2485/2021 de la Comisión Federal
de Registro y Evaluación Permanente de Ofertas de Educación a Distancia
que aprueba en forma plena -por cinco (5) años- la propuesta “Educación
Secundaria con Orientación en Deportes y Recreación” Modalidad a Dis-
tancia, que se llevará a cabo en los Centros Educativos de Nivel Medio
para Adultos (C.E.N.M.A.) dependientes de este Ministerio.
Art. 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial y archívese.
FDO.: WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACIÓN.
Resolución N° 294
Córdoba, 6 de abril de 2022
VISTO: El Expediente Digital N° 0622-136027/2022 del Ministerio de Edu-
cación;
Y CONSIDERANDO:
Que en el mismo la Dirección General de Educación Técnica y Forma-
ción Profesional propicia la aprobación del Plan de Estudios de la Carrera
“Tecnicatura Superior en Industria del Plástico”, para ser aplicado en el Ins-
tituto Superior Politécnico Córdoba.
Que obra en autos los fundamentos, objetivos, requisitos de ingre-
so, diseño y organización curricular, contenidos mínimos, condiciones de
egreso, alcance del título, perl profesional, perl profesional del docente y
campos de formación de la carrera propuesta.
Que lo procurado resulta procedente, toda vez que se enmarca en la
normativa de las Leyes Nros. 26206 de Educación Nacional, 9870 de Edu-
cación Provincial, 24521 de Educación Superior y 26058 de Educación
Técnico Profesional, como así también en los lineamientos referenciales
acordados por las Resoluciones del Consejo Federal de Educación Nros.
229/14 y 295/16.
Que la Secretaría de Educación y la Dirección General de Educación
Técnica y Formación Profesional han dado el visto bueno y gestionan la
aprobación del Plan de Estudios propuesto.
Por ello, los informes producidos y el Dictamen N° 254/2022 del Área

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