Resolución N° 29/SGCBA/21

EmisorSindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición 8 de Abril de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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RESOLUCIÓN N.° 29/SGCBA/21
Buenos Aires, 5 de abril de 2021
VISTO: La Ordenanza N° 35.337 (BM N° 16.160), la Ley N° 1.218 (BOCBA N° 1.850),
el Decreto N° 3.360/68 (B.M. N° 13.296), las Resoluciones N° 35-PG/14 (BOCBA N°
4.337) y N° 1-SGCBA/19 (BOCBA N° 5.543), el Expediente Electrónico N° 3.797.773-
GCABA-GGTALSGCBA/21 y,
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente Electrónico citado en el Visto, tramita la Investigación
Presumarial y el Requerimiento de Instrucción de Sumario Administrativo, sobre los
hechos denunciados en relación al agente Gustavo Javier MOBRICI (DNI N°
20.213.434), quien se desempeña en la Gerencia General Auditoría Jurisdicción II de
esta Sindicatura General;
Que la Ordenanza N° 35.337 reglamenta la situación de los agentes sometidos a
proceso o privados de libertad;
Que el artículo 1° de la mentada Ordenanza establece que “El agente (...) privado de
su libertad por estar sometido a proceso ante autoridad competente, no tendrá
derecho a percibir remuneración (...) por todo el tiempo que dejó de prestar servicios,
cualquiera sea la razón de su detención (...) y cualquiera sea el resultado definitivo de
la causa”;
Que el artículo 21 de la Ley N° 1.218 (texto consolidado por ley N° 6.347), estableció
que “Todos los sumarios administrativos deben ser instruidos por el/la Procurador/a
General, a requerimiento del funcionario responsable o de oficio, con relación a los
agentes que se desempeñen dentro del ámbito del Poder Ejecutivo y de los
organismos descentralizados y desconcentrados”;
Que por Decreto N° 3.360/68 se aprobó el Reglamento de Sumarios Administrativos;
Que por Resolución N° 35-PG/14 se estableció el uso de tratas reservadas en el
marco de determinados procedimientos administrativos a fin de proteger datos
personales y otros datos sensibles;
Que en el Expediente Electrónico N° 3.797.773-GCABA-GGTALSGCBA/21, luce
vinculada la presentación efectuada de manera espontánea por el Sr. José Marcelo
MOBRICI (DNI N° 16.245.970), ante la Mesa de Entradas de esta Sindicatura General,
quien alegara ser hermano del Sr. Gustavo Javier MOBRICI (DNI N° 20.213.434),
personal de Planta Permanente de esta Sindicatura General, mediante la cual informa
que el día 30 de noviembre del 2020, este último, por pedido de un tercero, fue a
retirar una encomienda y quedó demorado;
Que en consecuencia y conforme a lo establecido por el artículo 1° de la Ordenanza
35.337, mediante Nota N° 30.787.723-GGTALSGCBA/20, la Gerencia General
Técnica, Administrativa y Legal de esta Sindicatura General solicitó a la Dirección
General Administración y Liquidación de Haberes dependiente del Ministerio de
Hacienda y Finanzas, el bloqueo de los haberes del Sr. Gustavo Javier MOBRICI (DNI
20.213.434), a partir del 30 de noviembre de 2020;
Que posteriormente, y mediante Nota N° 10.015.718-GCABA-DGALH/21, la
mencionada Dirección General informó que los haberes del Sr. Gustavo MOBRICI
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6093 - 08/04/2021

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