Resolución N° 29 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor10 de Noviembre de 2022
EmisorDIR. GRAL. DE PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO
Fecha de la disposición 9 de Noviembre de 2022
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
1a
9
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCXCV - Nº 227
CORDOBA, (R.A.) JUEVES 10 DE NOVIEMBRE DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Las Malvinas son argentinas”
var los extremos legales necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto
del artículo 3º de la Ley Nº 8.614.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada y lo dictaminado por
la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el Nº
398/2022 y en uso de sus atribuciones,
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º.- APRUÉBASE y consecuentemente AUTORÍZASE la ejecu-
ción de los trabajos a contratar por el Ministerio de Educación referidos a
la: “RECONSTRUCCIONES VARIAS EN ESCUELA “EJÉRCITO ARGEN-
TINO – LOCALIDAD: CÓRDOBA – DEPARTAMENTO: CAPITAL – PRO-
VINCIA: CÓRDOBA, conforme la documentación técnica compuesta por:
Memoria Descriptiva, Pliego de Especicaciones Técnicas Particulares,
Cómputo General, Factores de Costo del Presupuesto (Dto. N° 800/16),
Plan de Avance y Curva de Inversión, Análisis de Precios, Presupuestos
Detallados y Planimetría, todos suscriptos digitalmente por el Área Técnica
de la Dirección General de Infraestructura del Ministerio de Educación,
cuyo Presupuesto Ocial asciende a la suma de Pesos Diecisiete Millones
Novecientos Sesenta y Siete Mil Quinientos Noventa y Uno con Treinta y
Nueve Centavos ($ 17.967.591,39).
Artículo 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial pase al Ministerio de Educación a sus efectos y archívese.
FDO.: RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
DIRECCIÓN GENERAL DE PREVENCIÓN DE
ACCIDENTES DE TRÁNSITO
Resolución N° 29
Córdoba, miércoles, 9 de noviembre de 2022
VISTO: El expediente N° 0458-001347/2022 y lo establecido por el artículo
121 de la Ley Provincial de Tránsito N°8560 (T.O 2004).
Y CONSIDERANDO: Que tal dispositivo legal dispone que el valor de la
multa por infracciones a la Ley Provincial de Transito N°8560 (T.O 2004),
se determina en Unidades Fijas denominadas U.F, cada una de las cuales
equivale al menor precio de venta al público correspondiente a un (1) litro
de nafta súper. -
Que conforme lo informado por la Federación de Expendedores de Com-
bustibles y Anes del Centro de la República (FECAC), el valor del referido
combustible al día 5 de octubre del corriente año es de $165,00, registran-
do una variación con relación al valor dispuesto por la resolución anterior. -
Por ello, en virtud de lo dispuesto por la ley 8560 (T.O 2004), sus mo-
dicatorias, lo dictaminado por el Área Legal de la Dirección General de
Prevención de Accidentes de Tránsito bajo el N° 29/2022, y en ejercicio de
sus atribuciones.-
EL DIRECTOR GENERAL DE PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DE
TRÁNSITO RESUELVE:
1°: ESTABLECER, el valor de la Unidad Fija de Multa (UF) por infracciones
a la Ley Provincial de Transito 8560 (T.O 2004) en la suma de pesos ciento
sesenta y cinco con cero centavos ($165,00).-
2°: DISPONER como período de vigencia del valor de la Unidad Fija seña-
lada por el dispositivo precedente, el comprendido desde el día de la publi-
cación de la presente y hasta que se determine un nuevo valor mediante
la resolución respectiva. -
3°: ORDENAR, que, por el Área correspondiente, se proceda a noticar a
las Autoridades avocadas al juzgamiento de actas labradas en infracción
a Ley Provincial de Tránsito N°8560 (T.O 2004), a la Dirección General de
la Policía Caminera, a la Dirección General de Rentas y a la Dirección de
Jurisdicción de Sistemas del Ministerio de Seguridad. -
4°: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial y
archívese.-
FDO.: MIGUEL ÁNGEL RIZZOTTI, DIRECTOR GENERAL DE PREVENCIÓN DE
ACCIDENTES DE TRANSITO

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR