Resolución Nº 289/GCABA/SSMEP/15

FirmantesSilvosa
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSubsecretaría Mantenimiento del Espacio Público
Fecha de la disposición 7 de Agosto de 2015

VISTO:

El Expediente Electrónico N° 11491858-MGEYA-AJG-2014, y;

CONSIDERANDO:

Que, la Sra. Marta Isabel Cessaroni, realiza una presentación impugnando los

términos de la Resolución-144-SSMEP/2015;

Que, en cuanto al aspecto formal de la presentación en análisis, la misma será

considerada como recurso de reconsideración contemplado en el art. 103 de la Ley de

Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires aprobada por Decreto

1.510-GCBA/1997 (BOCBA 310), ratificado por Resolución de la Legislatura 41/1998

(BOCBA 454), habiendo sido el mismo interpuesto en legal tiempo y forma;

Que, oportunamente, deberá tenerse presente lo dispuesto por el art. 107 de la citada

Ley, el que establece que el recurso de reconsideración lleva implícita la interposición

del recurso jerárquico en subsidio;

Que, se le ha dado intervención a la Procuración General de la Ciudad de Buenos

Aires, conforme los términos del Art. 10 inc. c) de la Ley 1218;

Que, los antecedentes del caso han sido reseñados en el Dictamen Jurídico IF-

6886595-DGEMPP-2015, emitido el 24-04-2015, al que en mérito a la brevedad se

remite;

Que, con fundamento en dicho dictamen se dictó la Resolución 144-SSMEP-2015, en

virtud de la cual se rechazó la petición efectuada por la Sra. Marta Isabel Cessaroni;

Que, habiéndose notificado del referido acto, la misma interpone recurso de

reconsideración con jerárquico en subsidio contra sus términos;

Que, en su oportunidad, la Sra. Marta Isabel Cessaroni solicitó el reintegro de gastos

que habría efectuado como consecuencia de la caída que manifestó haber sufrido en

la Avenida Corrientes a la altura del 883/867 de esta Ciudad, el 18/01/2014;

Que, al tomar intervención la Procuración General emitió opinión y, en base a los

elementos obrantes en autos, aconsejó dictar el pertinente acto administrativo que

rechazara lo peticionado;

Que, "Brevitatis causae" se remite a los argumentos expuestos en el citado Dictamen;

Que, el criterio allí sustentado dio fundamento al acto administrativo cuestionado -

Resolución 144-SSMEP-2015-;

Que, contra la citada Resolución, la causante interpone recurso de reconsideración

con jerárquico en subsidio;

Que, del análisis del mencionado recurso, no se advierte que se...

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