Resolución N° 289 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor31 de Octubre de 2022
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fecha de la disposición 6 de Septiembre de 2022
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCXCIV - Nº 219
CORDOBA, (R.A.) LUNES 31 DE OCTUBRE DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Las Malvinas son argentinas”
del llamado a concurso de títulos, antecedentes y oposición, en los térmi-
nos del artículo 14°, punto II) B) de la Ley N° 9361, para cubrir los cargos
de Jefes de Área, Subdirectores de Jurisdicción y Directores de Jurisdic-
ción del Ministerio de Finanzas”, sustituyéndolo por el Anexo I que forma
parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2º: NOTIFÍQUESE a la Comisión Laboral de Concurso y Pro-
moción del Ministerio de Finanzas.
Artículo 3º: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dése a la Secretaría de
Capital Humano de la Secretaría General de la Gobernación, publíquese en el
Boletín Ocial y en la Página Web del Gobierno de la Provincia y archívese.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL DIGITAL N° 2022/D-00000308
FDO.: OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS
ANEXO
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución N° 289
Córdoba, 06 de septiembre de 2022
Expediente Nº 0045-021754/2018 – Cuer pos 1 a 7.-
VISTO: este expediente en el que la Dirección de Vialidad propicia median-
te Resolución Nº 00848/2022 la aprobación de los Trabajos Complementa-
rios Nº 1 correspondientes a la Obra: “OBRA DE PROTECCIÓN HIDRÁU-
LICA Y ESTABILIZACIÓN DE TALUDES Y CONTRATALUDES EN RUTAS
PROVINCIALES DE MONTAÑA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA”, a car-
go de la Empresa VIAL RG S.A., por la suma de $ 155.160.242,53.
Y CONSIDERANDO:
Que las presentes actuaciones se tramitan en Expediente Electrónico,
mediante la aplicación Portal de Obras Públicas, en adelante POP, de con-
formidad a lo prescripto por Ley N° 10.618, su Decreto Reglamentario N°
750/2019, Resolución N° 1/2019 de la Secretaría de Planeamiento y Mo-
dernización, Resolución N° 20/2019 de la Dirección General de Compras
y Contrataciones del Ministerio de Finanzas y demás legislación comple-
mentaria de aplicación en la especie, entre otros extremos.
Que la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio advierte la
existencia de un archivo titulado “Índice”, haciendo plena fe de su contenido.
Que surge de las constancias obrantes en las presentes actuaciones
que por Resolución N° 00120/2019 de la entonces Dirección Provincial de
Vialidad, se adjudicó la ejecución de la obra principal a la empresa VIAL
RG S.A., por la suma de $ 159.673.310.29, conforme Acta Nº 10/2018 de
apertura de ofertas de fecha 19 de diciembre del 2018, suscr ibiéndose el
contrato respectivo el 2 de mayo del 2019, con un plazo de ejecución de
18 meses, habiéndose confeccionado el Acta de Replanteo con fecha 3 de
junio del 2019. Asimismo, mientras que por Resolución Nº 00668/2021 de
la citada Dirección se aprobó la Modicación de Obra Nº 1, por su similar
N° 00475/2022 se dispuso una ampliación de plazo de obra de 463 días,
llevando la fecha de terminación de los trabajos al 7 de diciembre del 2023.
Que se ha incorporado en autos Pliego Particular Complementario de
Especicaciones Técnicas, Memoria Descriptiva, Informe Resumen, Nuevo
Plan de Inversión – Plan 99, Estructura de Costos, Planilla de Resumen,
Cómputo Métrico, Análisis de Precios y Nota de Conformidad en virtud de
la cual la rma VIAL RG S.A. renuncia a reclamar “… a todo gasto directo
o indirecto que pudiera corresponder por la tramitación de las presentes
Obras Complementarias”.
Que de la Memoria Descripta surge que la obra de que se trata as-
ciende a la suma de $ 155.160.242,53, indicando que “…la valoración de
los trabajos que se proponen realizar, ha sido analizada por la contratista
manteniendo para los ítems N° 6, N° 8, N° 17, N° 19, N° 20 y N°21 los pre-
cios originales del contrato y para los ítems N° 29 y N° 30 los acordados
con esta Repartición”.
Que en el archivo titulado “INFORME RESUMEN” consta, que las obras
complementarias que se propician surgen de “…la necesidad de introducir
algunos trabajos no previstos, e incrementar y reajustar otros que surgen
como consecuencia de la reformulación del proyecto en algunos sectores
de la Obra. Dichos trabajos son ejecutar en primer lugar, una cortina de
pilotes con vigas cabeceras y riostras para poder estabilizar un importante
terraplén, el cual se encuentra comprometido en su equilibrio natural. En
segundo lugar, reparar la Carpeta Asfáltica, la cual se encuentra bastante
deteriorada en algunos sectores del camino.. Continuando informando que
“… Habida cuenta a la complejidad de este tipo de obras de montaña en
la cual las previsiones por falta de la información terreno y materiales pre-
sentes a lo largo de la misma general incertidumbres durante el período
de la construcción, es que se cuenta con las cantidades denitivas para su
correcta nalización en esta etapa nal de la Obra.
Que del informe citado surge que la Obra Complementaria N° 1, as-
ciende a la suma de $ 155.160.242.53, lo que representa “un incremento
del 74,75 % respecto del monto vigente de la obra”.
Que se agrega en autos Ajuste Orden de Compra N° 2020/000531.04 emi-
tida por el Departamento Administración y Personal de la Dirección de Vialidad.
Que se adjunta en estas actuaciones la correspondiente Constancia de
Inscripción en el Registro Ocial de Proveedores y Contratista del Estado
(R.O.P. y C.E) - Registro de Constructores de Obra Públicas (R.C.O.), en cum-
plimiento de las disposiciones del Decreto Nº 1419/2017 y sus modicatorios.
Que obra Dictamen N° 313/2022 de la Dirección General de Asuntos
Legales de este Ministerio en el que se expresa que los trabajos comple-
mentarios propiciados en autos encuadran jurídicamente en las previsio-
nes del artículo 7 – inciso b) – apartado 5 de la Ley de Obras Públicas N°
8614, modicada por Ley Nº 10.417, toda vez que resultan indispensables
para el buen funcionamiento de la obra principal, por lo que puede dictarse
el acto administrativo que adjudique los mismos a la Empresa VIAL RG
S.A., debiendo oportunamente integrar la garantía correspondiente, con
las observaciones allí formuladas.
Por ello, actuaciones cumplidas, normas legales citadas, lo dictamina-
do por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el
Nº 313/2022 y en uso de sus atribuciones,
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
Artículo 1°.- ADJUDÍCASE la ejecución de los Trabajos Complementarios
Nº 1 correspondientes a la Obra: “OBRA DE PROTECCIÓN HIDRÁULICA Y

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