Resolución N° 287 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 5 de Octubre de 2022
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCXCIV - Nº 203
CORDOBA, (R.A.) MIÉRCOLES 5 DE OCTUBRE DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Las Malvinas son argentinas”
monto del contrato de la obra, debiendo oportunamente suscribir la adenda de
contrato correspondiente, habida cuenta que existe una modicación del precio
contractual que produce consecuencias jurídicas en la ejecución del contrato
de obra pública de que se trata.
Por ello, actuaciones cumplidas, normas legales citadas, lo dictamina-
do por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el
N° 301/2022 y en uso de sus atribuciones;
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
Artículo 1º.- APRUÉBANSE las Adecuaciones Provisorias de Precios
Nº 1 y 2 por variaciones de costos producidas en los meses de mayo y julio
de 2022, respectivamente, de los trabajos faltantes de ejecutar en la obra:
“PAVIMENTACIÓN CAMINO SECUNDARIO S-294/S-253 - TRAMO: RÍO
TERCERO - TRES POZOS - LONGITUD: 24,70 KM - DEPARTAMENTOS:
TERCERO ARRIBA Y RÍO CUARTO”, por la suma total de Pesos Cuatro-
cientos Veintiún Millones Trescientos Setenta y Tres Mil Quinientos Setenta
y Nueve con Cuarenta y Seis Centavos ($ 421.373.579,46), conforme el
Formulario de Aceptación de Adecuación Provisoria de Precios suscripto
con fecha 16 de agosto de 2022, por el Consorcio Caminero Único, re-
presentado por su Presidente, señor Agustín PIZZICHINI, contratista de la
obra, que como Anexo I compuesto de una (1) foja, se acompaña y forma
parte integrante del presente instrumento legal.
Artículo 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma total de Pe-
sos Cuatrocientos Veintiún Millones Trescientos Setenta y Tres Mil Quinien-
tos Setenta y Nueve con Cuarenta y Seis Centavos ($ 421.373.579,46), con-
forme lo indica la Dirección General de Administración de este Ministerio,
en su Documento de Contabilidad – Nota de Pedido Nº 2022/000377, con
cargo a: Jurisdicción 1.50 - Importe Futuro Año 2023……$ 421.373.579,46.
Artículo 3º.- PROTOCOLÍCESE, dese intervención a la Dirección Ge-
neral de Administración de este Ministerio, al Tribunal de Cuentas de la
Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial, notifíquese, pase
a la Unidad Ejecutora a sus efectos y archívese.
FDO.: RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
ANEXO
Resolución N° 287
Córdoba, 06 de septiembre 2022
Expediente Nº 0045-023081/2021/A6.-
VISTO: este expediente mediante el cual el Consorcio Caminero Único de
la Provincia de Córdoba solicita la Adecuación Provisoria de Precios Nº 3,
por las variaciones de costos vericadas en el mes de julio de 2022, en la
realización de la obra: “PAVIMENTACIÓN CAMINO SECUNDARIO S-277 -
TRAMO: VILLA HUIDOBRO – LÍMITE CON LA PAMPA - LONGITUD: 20,30
KM - DEPARTAMENTO: GENERAL ROCA.
Y CONSIDERANDO:
Que las presentes actuaciones se tramitan en Expediente Electrónico,
mediante la aplicación Portal de Obras Públicas, en adelante POP, de con-
formidad a lo prescripto por Ley N° 10.618, su Decreto Reglamentario N°
750/2019, Resolución N° 1/2019 de la Secretaría de Planeamiento y Mo-
dernización, Resolución N° 20/2019 de la Dirección General de Compras
y Contrataciones del Ministerio de Finanzas y demás legislación comple-
mentaria de aplicación en la especie, entre otros extremos.
Que las adecuaciones de precios de que se trata encuadra en las
previsiones del Decreto Nº 800/2016, modicatorios, disposiciones de la
Resolución Nº 223/2016 del entonces Ministerio de Vivienda, Arquitectura
y Obras Viales y Art. 2 del Pliego Complementario del Pliego Particular de
Condiciones de la obra de referencia.
Que la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio advierte la
existencia de un archivo titulado “Índice, haciendo plena fe de su contenido.
Que mediante Resolución Ministerial N° 018/2022, se adjudicó la eje-
cución de la referida obra al Consorcio Caminero Único, suscribiéndose
el pertinente contrato el día 10 de marzo de 2022, con un plazo de obra
de quinientos cuarenta (540) días contados a partir de la suscripción Acta
de Replanteo la cual fue confeccionada con fecha 5 de mayo de 2022,
mientras que por Resolución N° 274/2022 se aprobaron las Adecuaciones
Provisorias de Precios N° 1 y 2 correspondientes a los meses de marzo y
mayo de 2022 respectivamente.
Que obra en autos Solicitud de Adecuación Provisoria realizada por el Con-
sorcio Caminero Único, suscripta digitalmente con fecha 4 de julio de 2022.
Que la Dirección General de Coordinación de Obras Públicas acom-
paña informe técnico, junto a su similar titulado “ADECUACIÓN PROVISO-
RIA – OBRA FALTANTE A EJECUTAR – JULIO/2022”, de los cuales surge
que los cálculos practicados se hallan en consonancia con lo dispuesto
por el Decreto Nº 800/2016, y que a la fecha del tercer salto el porcentaje
físico ejecutado de la obra era del 6,26% (coincidente con archivo titula-
do “MEDICIÓN MENSUAL N° 002-0 CORRESPONDIENTE AL PERÍODO
JUN/2022”) y que la variación al mes de julio/2022 alcanzó un 17,41% lo
que representa económicamente un incremento de $ 194.950.239,43. En
consecuencia, el nuevo costo del presupuesto total de la obra asciende a
la suma de $ 1.495.793.590,38.
Que, asimismo, consta en autos Planilla de Índices, de Coecientes y
de Monto de Obra faltante de ejecutar.
Que se ha incorporado en autos FORMULARIO DE ACEPTACION DE
ADECUACIÓN PROVISORIA DE PRECIOS, suscripto por el señor Presi-
dente del Consorcio Caminero Único con fecha 10 de agosto del 2022, por
la que acepta la Adecuación Provisoria de Precios Nº 3 por las variacio-
nes de costos vericadas en el mes de julio de 2022, habiendo renunciado
la contratista a todo reclamo, conforme lo estipulado por el artículo 14 del
Decreto Nº 800/2016.
Que se ha agregado el Documento Contable - Nota de Pedido N°
2022/000386 que certica la reserva presupuestaria para atender la ero-
gación que lo gestionado implica.
Que obra Dictamen N° 304/2022 de la Dirección General de Asuntos
Legales de este Ministerio mediante el cual se expresa que, de confor-
midad a las constancias obrantes en autos, surgen acreditados y cum-
plimentados los extremos legales necesarios previstos por el Decreto N°
800/2016 y modicatorios, atento a que se ha vericado una variación en

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