Resolución N° 286 “A“ 1º Sección: Legislación – Normativas
Fecha de Entrada en Vigor | 21 de Febrero de 2017 |
Emisor | Ministerio de Justicia y Derechos Humanos |
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXXI - Nº 190
CORDOBA, (R.A.), MIERCOLES 28 DE SETIEMBRE DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
EL DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: AUTORIZAR a la entidad civil denominada “ASOCIACION
CIVIL AMPARO Y FORTALEZA”, con domicilio social en la Provincia de Cór-
doba, República Argentina, a funcionar como Persona Jurídica.
Artículo 2º: APROBAR el estatuto social de la entidad denominada
“ASOCIACION CIVIL AMPARO Y FORTALEZA”.
Artículo 3º: EMPLAZAR a la entidad civil requirente por el plazo de
Quince (15) días hábiles a que acredite ante esta Dirección General la
inscripción por ante la A.F.I.P. y presente los libros sociales y contables
a los nes de la rubrica, no pudiendo realizar tramite alguno sin el previo
cumplimiento de lo normado por el presente artículo.
Artículo 4°: PROTOCOLÍCESE, notifíquese, publíquese en el Boletín
Ocial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones a sus efectos
y archívese.
FDO: GUILLERMO F. GARCÍA GARRO, DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 285 - Letra:A
Córdoba, 20 de Septiembre de 2016
VISTO: El Expediente Nº 0007-1125725/2016, mediante el cual la enti-
dad civil denominada “CENTRO DE PROPIETARIOS DE CAMIONEROS
DE LUQUE”, con domicilio social en la Provincia de Córdoba, República
Argentina, solicita autorización estatal para la Reforma del Estatuto, dis-
puesta en Asamblea Extraordinaria con fecha 30 de Abril de 2016.
CONSIDERANDO:
Que, atento las constancias obrantes en autos, se estiman cumpli-
dos los requisitos formales, scales estatutarios y legales con relación a
la Asamblea Extraordinaria con fecha 30 de Abril de 2016 de la entidad
civil denominada “CENTRO DE PROPIETARIOS DE CAMIONEROS DE
LUQUE” CUIT N° 30-71251308-6 con domicilio social en la Provincia de
Córdoba, en la cual se resolvió la reforma de los artículos 47 y 50 del esta-
tuto, en procura de mejorar el funcionamiento de la entidad.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 148 inc. d), 193,
195 y concordantes del Código Civil y Comercial, y en uso de las facultades
conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley N° 8.652:
EL DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: DECLARAR subsistente la Personería Jurídica otorgada
por Resolución N° 072 “A”/89 de fecha 12 de Junio de 1989.
Artículo 2º: APROBAR la Reforma de los artículos 47 y 50 del Estatuto
social, de la entidad civil denominada “CENTRO DE PROPIETARIOS DE
CAMIONEROS DE LUQUE”, CUIT N° 30-71251308-6 con domicilio social
en la Provincia de Córdoba, sancionada en Asamblea Extraordinaria con
fecha 30 de Abril de 2016, en procura de mejorar el funcionamiento de la
entidad.
Artículo 3°: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones para la
inscripción en el registro pertinente y archívese.
FDO: GUILLERMO F. GARCÍA GARRO, DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 286 - Letra:A
Córdoba, 20 de Septiembre de 2016
VISTO: El Expediente Nº 0007-118694/2015, mediante el cual la en-
tidad civil denominada “CLUB SPORTIVO VICENTE AGUERO”, con do-
micilio social en la Provincia de Córdoba, República Argentina, solicita
autorización estatal para la Reforma del Estatuto, dispuesta en Asamblea
Extraordinaria con fecha 15 de Mayo de 2015.
CONSIDERANDO:
Que, atento las constancias obrantes en autos, se estiman cumpli-
dos los requisitos formales, scales estatutarios y legales con relación a
la Asamblea Extraordinaria con fecha 15 de Mayo de 2015 de la entidad
civil denominada “CLUB SPORTIVO VICENTE AGUERO” CUIT N° 30-
68229690-5 con domicilio social en la Provincia de Córdoba , en la cual
se resolvió la reforma de los artículos1, 3, 7, 8, 15, 16, 19, 24, 39 y 41 del
estatuto, en procura de mejorar el funcionamiento de la entidad.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 148 inc. d), 193,
195 y concordantes del Código Civil y Comercial, y en uso de las facultades
conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley N° 8.652:
EL DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: DECLARAR subsistente la Personería Jurídica otorgada
por Resolución N° 280 “A”/75 de fecha 31 de Enero de 1975.
Artículo 2º: APROBAR la Reforma de los artículos1, 3, 7, 8, 15, 16,
19, 24, 39 y 41 del Estatuto social, de la entidad civil denominada “CLUB
SPORTIVO VICENTE AGUERO” CUIT N° 30-68229690-5 con domicilio
social en la Provincia de Córdoba, sancionada en Asamblea Extraordinaria
con fecha 15 de Mayo de 2015, en procura de mejorar el funcionamiento de
la entidad.
Artículo 3°: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones para la
inscripción en el registro pertinente y archívese.FDO: GUILLERMO F. GARCÍA
GARRO, DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
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