Resolución N° 283-AGC/18

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición19 de Abril de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 – AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.º 283/AGC/18
Buenos Aires, 10 de abril de 2018
VISTO:
Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510 de 1997 (texto consolidado por Ley N°
5.666), el Expediente N° 5462459/2013, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Expediente citado en el Visto tramita la solicitud de ampliación de
rubro y superficie con redistribución de usos efectuada por la Sra. Lin Suya,
Documento Nacional de Identidad N° 94.490.600, respecto del local sito en la calle
Pichincha Nº 1093, Planta Baja, Unidad Funcional 2, de esta Ciudad, para desarrollar
los rubros: Lavandería mecánica autoservicio por sistema de autoservicio (604262);
Que a través de la Disposición Nº 11092-DGHP/2017 de fecha 08 de Noviembre de
2017 la Dirección General de Habilitaciones y Permisos rechazó la referida solicitud
por no haberse subsanado en tiempo y forma las observaciones oportunamente
efectuadas, de conformidad a lo establecido en el Artículo 9° del Decreto N° 93-
GCBA/06, siendo la administrada notificada el 22 de Noviembre de 2017;
Que mediante la Presentación Agregar N° 001 de fecha 27 de Noviembre de 2017 la
Sra. Suya Lin, en su carácter de titular del trámite, interpuso Recurso de
Reconsideración;
Que a través de Disposición Nº 694-DGHP/2018 de fecha 22 de Enero de 2018 la
Dirección General de Habilitaciones y Permisos desestimó el mencionado recurso,
siendo la administrada notificada el día 24 de Enero de 2018;
Que corresponde en esta instancia el tratamiento del Recurso Jerárquico que opera en
subsidio del Recurso de Reconsideración oportunamente interpuesto, en los términos
previstos por el Artículo 111 y siguientes del Decreto de Necesidad y Urgencia N°
1.510-GCBA/97;
Que la recurrente no ha presentado ampliación de fundamentos o escrito alguno,
conteniendo ningún elemento distinto o novedoso, respecto de los ya obrantes en
estos actuados al momento de dictarse la Disposición Nº 694-DGHP/18, por lo que los
agravios consignados no presentan elementos investidos de entidad suficiente para
cambiar el criterio adoptado por la Administración Activa al momento de dictar el acto
actualmente en crisis;
Que habiendo otorgado la debida intervención a la Procuración General de la Ciudad
de Buenos Aires, de conformidad con lo establecido por el artículo 115 de la Ley de
Procedimientos Administrativos, dicho organismo asesor emitió el Dictamen Nº IF-
2018-07104827-DGAIP opinando que "deberá desestimarse el recurso jerárquico
ínsito incoado (...)".
Por ello, en virtud de las facultades atribuidas por el artículo 11 inciso e) de la Ley Nº
2.624,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL
RESUELVE
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5357 - 19/04/2018

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