Resolución N° 282 - Letra:A 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor10 de Octubre de 2017
EmisorDIRECCION GRAL DE INSPECCION DE PERSONAS JURIDICAS
Fecha de la disposición25 de Julio de 2017
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXXII - Nº 164
CORDOBA, (R.A.), JUEVES 24 DE AGOSTO DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
funcionamiento de la entidad.
Artículo 3°: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones para la ins-
cripción en el registro pertinente y archívese.
FDO.: GUILLERMO F. GARCÍA GARRO, DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 282 - Letra:A
Córdoba, 25 de Julio de 2017
VISTO: El Expediente Nº 0713-000086/2016, mediante el cual la entidad
civil denominada “SOCIEDAD DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE SAN-
TA EUFEMIA, con domicilio social en la Provincia de Córdoba, República
Argentina, solicita autorización estatal para la Reforma del Estatuto, dis-
puesta en Asamblea Ordinaria con fecha 27 de Junio de 2016.
CONSIDERANDO: Que, atento las constancias obrantes en autos, se
estiman cumplidos los requisitos formales, scales estatutarios y legales
con relación a la Asamblea Ordinaria con fecha 27 de Junio de 2016 de
la entidad civil denominada “SOCIEDAD DE BOMBEROS VOLUNTARIOS
DE SANTA EUFEMIA” CUIT N° 30-66885018-5 con domicilio social en la
Provincia de Córdoba, en la cual se resolvió la reforma de los artículos 3°,
35° y 41° en procura de mejorar el funcionamiento de la entidad.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 148 inc.b) y d), 168,
174, 193, 195 y concordantes del Código Civil y Comercial, y en uso de las
facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley N° 8.652:
EL DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS
JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: DECLARAR subsistente la Personería Jurídica otorgada por
Resolución N° 147 “A”/80 de fecha 26 de Diciembre de 1980.
Artículo 2º: APROBAR la Reforma del Estatuto social, de los artículos 3°,
35° y 41° de la entidad civil denominada “SOCIEDAD DE BOMBEROS
VOLUNTARIOS DE SANTA EUFEMIA” CUIT N° 30-66885018-5 con domi-
cilio social en la Provincia de Córdoba, sancionada en Asamblea Ordinaria
con fecha 27 de Junio de 2016, en procura de mejorar el funcionamiento
de la entidad.
Artículo 3°: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones para la ins-
cripción en el registro pertinente y archívese.
FDO.: GUILLERMO F. GARCÍA GARRO, DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 283 - Letra:A
Córdoba, 26 de julio de 2017
VISTO: El Expediente Nº 0528-006977/2016, mediante el cual la entidad
civil denominada “ASOCIACION CIVIL DE VOLEY UNION DEL SUR”, con
domicilio social en la Provincia de Córdoba, República Argentina, solicita
autorización estatal para funcionar como Persona Jurídica.
CONSIDERANDO: Que, conforme lo informado por el Área de Asociacio-
nes Civiles, se ha vericado el cumplimiento de los requisitos legales, for-
males y scales exigidos.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.148, inc.b) y, d),168,
174, 193, 195 y concordantes del Código Civil y Comercial y en uso de las
facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652:
EL DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS
JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: AUTORIZAR a la entidad civil denominada “ASOCIACION CI-
VIL DE VOLEY UNION DEL SUR”, con domicilio social en la Provincia de
Córdoba, República Argentina, a funcionar como Persona Jurídica.
Artículo 2º: APROBAR el estatuto social de la entidad denominada “ASO-
CIACION CIVIL DE VOLEY UNION DEL SUR”.
Artículo 3º: EMPLAZAR a la entidad civil requirente por el plazo de veinte
(20) días hábiles a que acredite ante esta Dirección General la inscripción
por ante la A.F.I.P. y presente los libros sociales y contables a los nes de la
rubricación, no pudiendo realizar tramite alguno sin el previo cumplimiento
de lo normado por el presente artículo.
Artículo 4°: PROTOCOLÍCESE, notifíquese, publíquese en el Boletín O-
cial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones para la inscrip-
ción en el registro pertinente y archívese.
FDO.: GUILLERMO F. GARCÍA GARRO, DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 285 - Letra:A
Córdoba, 26 de julio de 2017
VISTO: El Expediente Nº 0528-008108/2017, mediante el cual la entidad
civil denominada “SEMILLA DANZANTE - ASOCIACION CIVIL”, con domi-
cilio social en la Provincia de Córdoba, República Argentina, solicita autori-
zación estatal para funcionar como Persona Jurídica.
CONSIDERANDO: Que, conforme lo informado por el Área de Asociacio-
nes Civiles, se ha vericado el cumplimiento de los requisitos legales, for-
males y scales exigidos.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.148, inc.b) y, d),168,

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