Resolución N° 282 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor26 de Agosto de 2021
EmisorMinisterio de educación
Fecha de la disposición 9 de Junio de 2021
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVIII - TOMO DCLXXX - Nº 175
CORDOBA, (R.A.) JUEVES 26 DE AGOSTO DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba”
Ley N° 8614; Anexo “1” solicitud de Admisión; constancia de Inscripción
en el Registro Ocial de Proveedores y Contratista del Estado (R.O.P y
C.E.) – Registro de constructores de Obra Pública (R.C.O.) vigente a la
fecha; “Anexo 3” Declaración Jurada de Retención de Aportes Ley N° 8470;
Constancia de Inscripción ante AFIP; Anexo “2” Propuesta, por la suma de
$ 20.241.123,64; nómina de profesionales y antecedentes de los mismos;
Plan de Avance, Cuadro de Remanentes y Curva de inversión.
Que se ha incorporado Documento Contable - Nota de Pedido Nº
2021/000309, en cumplimiento de lo establecido por el artículo 13 de la
Ley N° 8614.
Que obra Dictamen N° 319/2021 de la Dirección General de Asuntos
Legales de este Ministerio en el que se expresa que los trabajos comple-
mentarios propiciados en autos encuadran jurídicamente en las previsiones
del artículo 7 – inciso b) – apartado 5 de la Ley de Obras Públicas N° 8614,
modicada por Ley Nº 10417, toda vez que los mismos resultan indispen-
sables para el buen funcionamiento de la obra principal, por lo que puede
dictarse el acto administrativo que adjudique los mismos a la rma TETRA
S.R.L., debiendo oportunamente integrar la garantía correspondiente.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado
por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el N°
319/2021 y en uso de sus atribuciones;
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
Artículo 1º.- ADJUDÍCASE la ejecución de los trabajos complementa-
rios necesarios de efectuar en la ejecución de la obra: “RESTAURACIÓN Y
PUESTA EN VALOR DE LA NUEVA SEDE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS,
ubicado en calle Rivera Indarte N° 33 – Barrio Centro – Localidad de Cór-
doba – Departamento Capital – Provincia de Córdoba”, a la rma TETRA
S.R.L. (CUIT 33615761139), contratista de la obra principal, por la suma de
Pesos Veinte Millones Doscientos Cuarenta y Un Mil Ciento Veintitrés con
Sesenta y Cuatro Centavos ($ 20.241.123,64), consistentes en los trabajos
detallados en la Memoria Descriptiva, estableciéndose un plazo de ejecu-
ción de obra de ciento veinte (120) días.
Artículo 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma de Pesos
Veinte Millones Doscientos Cuarenta y Un Mil Ciento Veintitrés con Sesenta
y Cuatro Centavos ($ 20.241.123,64), conforme lo indica la Dirección General
de Administración de este Ministerio en su Documento de Contabilidad - Nota
de Pedido Nº 2021/000309, con cargo a Jurisdicción 1.50, Programa 506-011,
Partida 12.06.00.00, Obras – Ejecución por Terceros del P.V.
Artículo 3º.- FACÚLTASE al señor Secretario de Arquitectura a suscri-
bir el respectivo contrato, previo cumplimiento por parte del adjudicatario
de los recaudos legales pertinentes, debiendo la contratista suscribir la
Addenda correspondiente y ampliar la garantía contractual pertinente.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, dese intervención a la Dirección Ge-
neral de Administración de este Ministerio, al Tribunal de Cuentas de la
Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial, notifíquese, pase
a la Secretaría de Arquitectura a sus efectos y archívese.
FDO.: RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resolución N° 282
Córdoba, 9 de Junio de 2021
VISTO: El expediente N° 0617-154542/2021.
Y CONSIDERANDO:
Que tramita el dictado del Acto Administrativo pertinente de formaliza-
ción de las modicaciones presupuestarias compensadas entre los crédi-
tos asignados a este Ministerio correspondiente a los meses de Marzo y
Abril de 2021, por el Presupuesto General de la Administración Provincial
en el Ejercicio 2021 Ley N° 10.723.
Que por Decreto N° 1966/09 modicatorio del Anexo I del Decreto N°
150/04, se faculta a los titulares de cada uno de los Poderes y Jurisdiccio-
nes de la Administración Central a autorizar las modicaciones presupues-
tarias compensadas entre los créditos asignados dentro de su misma juris-
dicción adecuando los montos, fuentes de nanciamiento, plazos, alcance
y toda otra que corresponda en los Proyectos de Inversión incluidos en el
Plan de Inversiones Públicas, a los nes de reejar las modicaciones que
se dispongan durante su ejecución.
Que además, la normativa legal dispone que dichas modicaciones se
formalicen mediante el dictado de una Resolución.
Que obran incorporados en estas actuaciones los Formularios de Com-
pensaciones perfeccionadas durante los meses de Marzo y Abril de 2021, se-
gún Reporte SUAF Documentos de Autorización de Modicación de Crédito
Presupuestario debidamente intervenidos por la Dirección de Jurisdicción de
Administración, por los montos y conceptos allí consignados.
Que las modicaciones efectuadas, encuadran en las disposiciones lega-
les vigentes, de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 31 y 110 in ne de la
Ley N° 9086, Decreto Reglamentario N° 150/04 y su Modicatorio N° 1966/09.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dicta-
minado por la Jefatura de Área Coordinación de Asuntos Legales de este
Ministerio al N° 279/2021;
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: FORMALIZAR las compensaciones de Recursos Fi-
nancieros del Presupuesto General de la Administración Provincial asigna-
dos a este Ministerio, ejercicio 2021, perfeccionadas durante los meses de
Marzo y Abril de 2021, detalladas en Formulario Reporte SUAF Documen-
tos de Autorización de Modicación de Crédito Presupuestario, que como
Anexo I con diecisiete (17) fojas útiles, integra la presente Resolución.
ARTÍCULO 2°: PROTOCOLÍCESE, dese intervención al Tribunal de
Cuentas de la Provincia, a Contaduría General de la Provincia, a la Direc-
ción General de Presupuesto e Inversiones Públicas, comuníquese a la
Legislatura Provincial, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO.: WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACIÓN
ANEXO

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