Resolucion Nº 28 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2017
EmisorMinisterio de industria, comercio y minería
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXVIII - Nº 127
CORDOBA, (R.A.), JUEVES 30 DE JUNIO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y
MINERÍA
Resolución N° 28
Córdoba, 23 de junio de 2016
VISTO: El expediente N° 0311-004945/2016 en el que se propicia la
formalización de ajustes en la distribución de los Recursos Financieros
asignados por el Presupuesto General de la Administración Provincial en
vigencia.
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo dispuesto por el artículo 31 del Decreto N° 150/04
Reglamentario de la Ley N° 9086, modicado por Decreto N° 1966/09, es
facultad de los titulares de cada uno de los Poderes y Jurisdicciones de la
Administración Central autorizar las modicaciones presupuestarias com-
pensadas entre los créditos asignados dentro de su misma Jurisdicción.
Que por Decreto Nº 2881/11 se reestablecieron las facultades oportu-
namente conferidas a los titulares de cada uno de los Poderes y Jurisdic-
ciones de la Administración Central sobre la materia.
Que mensualmente cada uno de los Poderes y Jurisdicciones deberá
formalizar dichas modicaciones mediante el dictado de la Resolución per-
tinente.
Que obran en autos copias certicadas de Formularios de Compensa-
ción Nros. 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15 y 16 de las modicaciones presupuesta-
rias realizadas en el mes de Abril de 2016.
Que obra Resolución Ministerial Nº103 de fecha 18 de diciembre de
2015, mediante la cual se faculta al Director de Jurisdicción de Administra-
ción de éste Ministerio, a efectuar las modicaciones de las asignaciones
de Recursos Financieros y las adecuaciones al Plan de Inversiones Públi-
cas del Presupuesto General de la Administración Provincial en vigencia,
con los alcances y condiciones exigidos por el Decreto N°1966/2009.
Que dichas modicaciones propuestas encuadran en las disposiciones
legales vigentes, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 31 y 110
in ne de la Ley de Administración Financiera y del Control Interno de la
Administración General del Estado Provincial N° 9086.
Por lo expuesto, normas citadas y lo dictaminado por la Dirección de
Jurisdicción de Asuntos Legales, dependiente de este Ministerio, bajo N°
057/2016,
EL MINISTRO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA
R E S U E L V E:
Artículo 1° FORMALIZAR las modicaciones en las asignaciones de
Recursos Financieros del Presupuesto General de la Administración Pro-
vincial en vigencia, conforme los Documentos de Modicación de Crédito
Presupuestario Nros. 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15 y 16 correspondientes al
mes de Abril del año 2016, emitidos por la Dirección de Jurisdicción de
Administración de este Ministerio, el que como Anexo Único, compuesto de
dieciséis (16) fojas útiles forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2° PROTOCOLÍCESE, dése intervención al Tribunal de Cuen-
tas, comuníquese a la Legislatura, a la Contaduría General de la Provincia
y a la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas, publíque-
se en el Boletín Ocial y archívese.
FDO: ROBERTO HUGO AVALLE -MINISTRO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINE-
RÍA-
ANEXO: http://goo.gl/7LzL5C
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N° 205
Córdoba, 23 de junio de 2016
VISTO: El Expediente Nº 0165-125108/2016 por el que se propicia la
ampliación del Fondo Permanente “B” –PAICOR– de la Secretaría General
de la Gobernación, creado por Resolución Ministerial N° 006/12 y modi-
cado por sus similares N° 200/13, 004/14 y 004/16.
Y CONSIDERANDO:
Que se verica un impor tante aumento en el monto presupuestario del
programa atendido por el Fondo Permanente citado.
Que conforme lo determina el artículo 63 de la Ley 9086, es facultad de
este Ministerio otorgar conformidad para el funcionamiento de los Fondos
Permanentes y/o Cajas Chicas que soliciten los Servicios Administrativos,
determinando su régimen y límites al momento de su creación y modica-
ción.
Que desde el punto de vista técnico-contable no existen objeciones
que formular en relación a la ampliación del Fondo Permanente requerido,
habiendo efectuado la Dirección General de Tesorería y Crédito Público la
intervención que le compete.
Que son atendibles las causales planteadas por la Jurisdicción requi-
rente en el sentido que es necesaria la ampliación propiciada para el co-
rrecto funcionamiento del Servicio.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo informado por la Direc-
ción General de Tesorería y Crédito Público a fs. 9 y de acuerdo con lo
dictaminado por el Área Legales de este Ministerio al N° 374/16,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E :
Artículo 1° AMPLIAR el Fondo Permanente “B” –PAICOR– de la Se-
cretaría General de la Gobernación, hasta la suma de PESOS SESENTA
MILLONES ($ 60.000.000), sin límite de pago del que será responsable el
Titular del Servicio Administrativo de la citada Dependencia.
Artículo 2° PROTOCOLÍCESE, comuníquese al Tribunal de Cuentas
de la Provincia, a la Dirección General de Tesorería y Crédito Público, a
Contaduría General de la Provincia y al Servicio Administrativo de la Se-
cretaría General de la Gobernación, publíquese en el Boletín Ocial y ar-
chívese.
FDO: LIC. OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS

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