Resolución Nº 2792/GCABA/MHGC.../17

FirmantesBou Pérez - Mura
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA<br/>MINISTERIO DE SALUD

VISTO:

La Resolución N° 440/MSGC/2017 y el Expediente Electrónico N° 12785382/2017

(DGAYDRH), y

CONSIDERANDO:

Que oportunamente por Resolución N° 440/MSGC/2017 se otorgó licencia

extraordinaria sin goce de haberes a partir del 8 de marzo de 2017 y por el término de

un (1) año, a la Dra. Victoria De Andrea, CUIL. 27-25772235-5, del Hospital General

de Agudos "Dr. Juan A. Fernández", del Ministerio de Salud;

Que en consecuencia, el citado establecimiento asistencial, solicita se cubra de

inmediato el mencionado cargo, teniendo en cuenta las necesidades imperiosas del

Sector;

Que por lo expuesto, propicia la designación con carácter de reemplazante, del Dr.

Luis Fernando Choque Zelada, CUIL. 20-94135648-7, como Médico de Planta

Asistente (Diagnóstico por Imágenes), con 30 horas semanales, en el citado Hospital;

Que a tal efecto es necesario dictar un acto administrativo de acuerdo con lo dispuesto

en el artículo 10, punto 10.1, de la Carrera Municipal de Profesionales de Salud

aprobada por Ordenanza N° 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/1987 (texto

consolidado por Ley N° 5666) y la Resolución N° 375/SSYSHYF/2006 y modificatorias;

Que es hacer notar que la misma cuenta con la aprobación con Consejo Asesor

Técnico Administrativo (CATA),

Que la Dirección General de Planificación y Control Operativo, del Ministerio de

Hacienda, ha tomado la debida intervención en lo que respecta a su competencia.

Por ello, conforme la Ley N° 5460 (texto consolidado por Ley N° 5666) y los términos

del Decreto N° 363/20015 y sus modificatorios,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE HACIENDA

RESUELVEN

Artículo 1° Desígnase con carácter de reemplazante al Dr

Luis Fernando Choque.

Zelada, CUIL. 20-94135648-7, como Médico de Planta Asistente (Diagnóstico por

Imágenes), con 30 horas semanales, partida 4022.0700.MS.24.024, del Hospital

General de Agudos "Dr. Juan A. Fernández", dependiente del Ministerio de Salud,

según lo dispuesto en los artículo 10 punto 10.1, de la Carrera Municipal de

Profesionales de la Salud, aprobada por Ordenanza N° 41455, reglamentada por

Decreto N° 2745/1987 (texto consolidado por Ley N° 5666) y la Resolución N°

375/SSySHyF/2006 y modificatorias, reteniendo sin percepción de haberes el cargo de

Especialista en la Guardia Médico (Diagnóstico por...

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