Resolución N° 277/APRA/18

EmisorMinisterio de Ambiente y Espacio Público
Fecha de la disposición13 de Agosto de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.° 277/APRA/18
Buenos Aires, 1 de agosto de 2018
VISTO:
Las Leyes N° 123 y N° 2.216, el Decreto N° 222/12, la Resolución N° RESOL-2017-
171-APRA, el Expediente N° EX-2018-11980295- -MGEYA-DGTALAPRA, y
CONSIDERANDO:
Que por la actuación referenciada se presenta la solicitud de categorización del
proyecto: "Elaboración de cerveza, bebidas malteadas y de malta (ClaNAE 1553.0)
(500.430)", a desarrollarse en la calle Alberto Einstein N° 671/75 y calle Ventura de la
Vega N° 3.710, Planta Baja y Planta Alta, de esta Ciudad, con una superficie de
420,85 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 2, Sección: 34, Manzana: 032,
Parcela: 002/036, Distrito de Zonificación: R2bII;
Que en el Informe N° IF-2018-20373967-DGEVA, de fecha 24 de julio de 2018, la
Subgerencia Operativa de Actividades Especiales de esta Dirección General considera
a la actividad peticionada como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto;
Que asimismo y con la finalidad de atenuar los impactos ambientales negativos resulta
menester establecer los requerimientos a cumplir para la ejecución de la actividad;
Que la categorización asignada resulta conforme con el Decreto N° 222/12;
Que los requisitos enumerados en el citado informe no importan sino el cumplimiento
de normas vigentes auditadas por las áreas de control del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires por lo que no es necesario establecer una Auditoria
especial para su verificación;
Que el Certificado de Aptitud Ambiental se otorga, previa declaración jurada del titular
de la actividad de dar cumplimiento a las condiciones de funcionamiento que se
establecen;
Que la Subgerencia Operativa de Registros y Evaluación Técnica Legal, ha tomado la
debida intervención en el marco de sus competencias.
Por ello, por avocación de las competencias del Director General de Evaluación
Ambiental y en virtud de las facultades conferidas por la Ley N° 2.628 (texto
consolidado por Ley N° 5.666), por los Decretos N° 138/08 y N° 37/16,
EL PRESIDENTE
DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL
RESUELVE:
Artículo 1°.- Categorízase el proyecto: "Elaboración de cerveza, bebidas malteadas y
de malta (ClaNAE 1553.0) (500.430)", a desarrollarse en la calle Alberto Einstein N°
671/75 y calle Ventura de la Vega N° 3.710, Planta Baja y Planta Alta, de esta Ciudad,
con una superficie de 420.85 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 2, Sección:
34, Manzana: 032, Parcela: 002/036, Distrito de Zonificación: R2bII, como de Impacto
Ambiental Sin Relevante Efecto.
Artículo 2°.- Otórgase el Certificado de Aptitud Ambiental a nombre de LUMPEN
S.R.L., titular de la actividad indicada en el artículo 1°.
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5434 - 13/08/2018

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