Resolución N 78/GCABA/?/11
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 3 de Mayo de 2011 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
RESOLUCIÓN N 78/GCABA/?/11SE IMPONE MULTA A UPS SCS (ARGENTINA) SRL
Buenos Aires, 03 de mayo de 2011
RESOLUCIÓN N.° 78/UPE/UOAC/11.
Buenos Aires, 3 de mayo de 2011
VISTO:
la Carpeta N° 1450486/UPE-UOAC/2009 y;
CONSIDERANDO:
Que por Expediente N° 45.348/2004 se autorizó el S ervicio de Almacenamiento y Distribución de Medicamentos con destino a distintos Hospitales y Centros de Salud dependientes del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, emitiéndose en consecuencia la Orden de Compra N° 2 9.352/05 a favor de la firma U.P.S. SCS (ARGENTINA) S.R.L., cuyo vencimiento operó el 30/09/07;
Que al vencimiento del contrato antes mencionado se solicitó al proveedor la continuidad del servicio toda vez que dicha prestación resulta esencial y necesaria para el sistema de salud pública, prestando la firma de referencia su conformidad;
Que por Decreto N° 1353/GCBA/08 se creo la Unidad O perativa de Proyectos Especiales (UPE) con carácter de Unidad Operativa de Adquisiciones Central en el ámbito de los Ministerios de Salud y Hacienda, la cual tiene a su cargo la coordinación, agrupamiento, dirección y gestión de los procesos de contratación centralizados de bienes y servicios que requieran efectores del sistema de salud y la realización del proceso de distribución de bienes adquiridos, por si o por terceros;
Que mediante Carpeta N° 1450486/UPE-UOAC/09 la Uni dad Operativa citada en el considerando anterior informó sobre el incumplimiento cometido por la firma de referencia en el mes de noviembre del año ppdo. consistente en la entrega de medicamentos considerados vencidos cuando su vencimiento no se había producido;
Que asimismo han enmarcado la contravención en el Artículo 55° - Clases de Incumplimientos- del Pliego de Condiciones Particulares que rige la Licitación Pública N° 25/SS/04 I. Incumplimientos Graves d) No mante ner el control de vencimiento de los insumos o medicamentos correspondiéndole la penalidad señalada en el punto a) del Artículo 56°: "Los incumplimientos considerados graves, serán penalizados con una multa equivalente al cinco por ciento (5%) del pago mensual...
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