Resolución N 73/GCABA/SSJUS/11

Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSubsecretaría de Justicia
Fecha de la disposición10 de Mayo de 2011

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SUBSECRETARÍA DE JUSTICIA

RESOLUCIÓN N 73/GCABA/SSJUS/11SE ADJUDICA LA TITULARIDAD DEL REGISTRO NOTARIAL N° 1607

Buenos Aires, 10 de mayo de 2011

RESOLUCIÓN N.° 73/SSJUS/11.

Buenos Aires, 10 de mayo de 2011

VISTO:

la Ley Orgánica Notarial N° 404, el Decreto reglam entario N° 1.624/00, la Ley N° 2.506, sus modificatorias y complementarias, los Decretos N° 2.075/07 y N° 2.077/07, y el expediente N° 363.234/2.011, y

CONSIDERANDO:

Que, por la actuación citada en el visto, tramita la presentación efectuada por el escribano Héctor Osvaldo Álvarez, por la cual solicita se lo designe como titular del registro notarial que le corresponde, en razón de haberlo obtenido en el concurso de oposición y antecedentes para la adjudicación de registros notariales, convocado para el 23 de abril y 29 de septiembre de 2.009;

Que, atento al orden de mérito establecido por los artículos 11 y 12 del Decreto N° 1.624/00, el Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires informa que corresponde se le adjudique al peticionante el Registro Notarial N° 1.607;

Que, se encuentra acreditado que el escribano Héctor Osvaldo Álvarez, ha obtenido un puntaje de un (1) punto por antecedentes, siete (7) puntos en la prueba escrita y siete (7) puntos en la evaluación oral del concurso de oposición y antecedentes, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 34 de la Ley Orgánica Notarial N° 404, cumpliendo, por ende, el requisito previsto en el art. 35 de la citada ley;

Que, se encuentran glosados los informes y certificados de los que surge el cumplimiento de los restantes requisitos previstos en la Ley Orgánica Notarial;

Que, la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha emitido dictamen, considerando que se ha respetado el procedimiento previsto, y no encuentra objeciones que formular a lo solicitado;

Que, la Dirección General de Justicia, Registro y Mediación ha verificado el cumplimiento de los recaudos formales que ameritan el dictado de la presente resolución;

Que, la Ley N° 404, en su artículo 31, dispone que compete al Poder Ejecutivo la creación o cancelación de los registros y la designación o remoción de sus titulares y adscriptos en el modo y forma establecidos en dicha Ley;

Que, mediante el Decreto N° 2.075/07, se aprobó la estructura organizativa, dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de...

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