Resolución Nº 276/GCABA/PMCABA/16

FirmantesGiménez
EmisorJEFATURA DE POLICÍA METROPOLITANA

VISTOS:

Las Leyes Nro. 2.894 y 2.947 (ambas con textos consolidados según Ley 5.454), el

Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1510/97 (texto consolidado según Ley 5.454), el

Decreto N° 36/11, la Resolución N° 479/MJYSGC/09, los Expedientes N°

34810966/DPYSGPM/2015 y N° 37689862/SISYPC/2015 y:

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 2.894 (texto consolidado según Ley N° 5.454) establece las bases

jurídicas e institucionales fundamentales del Sistema de Seguridad Pública de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires y encomienda al Jefe de Gobierno de la Ciudad de

Buenos Aires, a través del Ministerio de Justicia y Seguridad, la conducción política e

institucional de dicho sistema y crea la Policía Metropolitana;

Que, el artículo 26 de la Ley N° 2.894 (texto consolidado según Ley N° 5.454) dispone

que: "El personal policial debe adecuar su conducta, durante el desempeño de sus

funciones, al cumplimiento, en todo momento, de los deberes legales y reglamentarios

vigentes, realizando una actividad cuyo fin es garantizar la seguridad pública,

actuando con el grado de responsabilidad y ética profesional que su función exige y

teniendo como meta la preservación y protección de la libertad, los derechos de las

personas y el mantenimiento del orden público";

Que, el artículo 30 de la Ley N° 2.894 (texto consolidado según Ley N° 5.454) expresa

que: "Las órdenes emanadas de un/a superior jerárquico/a se presumen legales...";

Que, la Ley N° 2.947 (texto consolidado según Ley N° 5.454) del Estatuto del Personal

de la Policía Metropolitana, determina las bases jurídicas e institucionales que regirán

la relación de empleo del personal de la Policía Metropolitana;

Que, el artículo 6° de la Ley N° 2.947 (texto consolidado según Ley N° 5.454)

establece los deberes esenciales para el personal de la Policía Metropolitana,

indicando entre otros: "

  1. Desempeñar su función de acuerdo con las leyes y reglamentaciones vigentes,

  2. Prestar eficientemente el servicio policial en las condiciones de tiempo, forma, lugar

    y modalidad determinados por la autoridad competente,

  3. Obedecer toda disposición u orden emanada del superior jerárquico competente,

    que reúna las formalidades del caso y tenga por objeto la realización de actos de

    servicio, con los límites establecidos en la Ley de Seguridad Pública...";

    Que, el Anexo I del Decreto...

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