Resolución Nº 276/GCABA/MJGGC/16
Firmantes | Miguel |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Ministerio Jefatura de Gabinete de Ministros |
Fecha de la disposición | 5 de Julio de 2016 |
VISTO:
Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 5.454), su Decreto reglamentario N° 95/14,
la Resolución N° 261/SECGCYAC/13 y el Expediente Electrónico N° 10739003-
MGEYA-SSDCCYC/2016, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la aprobación de la Adenda al
Contrato de Sublocación Administrativa del inmueble sito en la calle Maipú N° 169,
pisos N° 2, 3, y 4 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Unidades Funcionales N°
10, 12 y 14), Nomenclatura Catastral: Circunscripción N°: 14; Sección N° 1; Manzana:
180; Parcela: 7a; con destino al funcionamiento de dependencias de la Subsecretaria
de Demanda Ciudadana, Calidad y Cercanía;
Que es aplicable a la materia lo normado por el artículo 28 de la Ley de Compras y
Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 2.095, que prevé dentro
de los supuestos de contratación directa a los casos de locación administrativa de
inmuebles;
Que para dicho caso, el Decreto N° 95/14 reglamentario de la Ley citada establece
que el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires podrá hacer uso de la opción de
prórroga del contrato en cuestión, la cual en el caso de utilizarse deberá plasmarse
mediante la celebración de una clausula adicional;
Que mediante Resolución N° 261/SECGCYAC/13 se aprobó la contratación directa
para la Sublocación Administrativa del inmueble en cuestión, con una vigencia de tres
(3) años, iniciándose el mismo con fecha del 1 de mayo de 2013, venciendo por
consiguiente el 30 de abril de 2016;
Que oportunamente, el mencionado contrato fue suscripto por el Sr. Secretario de
Gestión Comunal y Atención Ciudadana registrándose por la Dirección General de
Escribanía General dependiente de la Secretaria Legal y Técnica del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, bajo el N° 12842 con fecha 23 de abril de 2013;
Que en el mencionado contrato, y conforme se establece en la normativa vigente, se
fijó la facultad del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires de prorrogar la vigencia del
mismo por un período de hasta tres (3) años;
Que en este estado de cosas, es necesario dejar...
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