Resolucion N° 276 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 3 de Julio de 2017
EmisorMinisterio de educación
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXVII - Nº 61
CORDOBA, (R.A.), JUEVES 30 DE MARZO DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
Artículo 3º PRORROGAR hasta el 1° de mayo de 2017 la fecha a
partir de la cual los Agentes de Retención y/o Percepción deben comenzar
a actuar de acuerdo al Régimen establecido por la Resolución N° 1/17 de
esta Secretaría.
Artículo 4º PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bole-
tín Ocial y archívese.
FDO: LIC. HEBER FARFÁN, SECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resolución N° 276
Córdoba, 29 de marzo de 2017
VISTO: El Expediente N° 0622-130242/2017, del registro del Ministerio de
Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que en el mismo la Dirección General de Educación Superior propi-
cia la aprobación dela Carrera y del Plan de Estudios correspondientes a
la “Tecnicatura Superior en Comunicación Social”, para ser aplicado en el
Institutode Educación Superior del Centro de la República “DR. ANGEL
DIEGO MARQUEZ” (INESCER) de Villa María.
Que obran en autos los fundamentos, objetivos, requisitos de ingre-
so, diseño y organización curricular, contenidos mínimos, condiciones de
egreso, alcance del título, perl profesional, perl profesional del docente y
campos de formación de la carrera propuesta.
Que lo procurado resulta procedente, toda vez que se enmarca en la
normativa de las Leyes Nros. 24521 de Educación Superior y 26058 de
Educación Técnico Profesional, como así también en los lineamientos refe-
renciales acordados por las Resoluciones del Consejo Federal de Educa-
ción Nro. 229/14 y arts. 41 y concordantes de la Ley N° 9870.
Que la Secretaría de Educación ha tomado la debida intervencióny
gestiona la aprobación del plan de estudios propuesto.
Por ello, el Dictamen N° 0436/2017 del Área Jurídica de este Ministerio
y en uso de facultades que le son propias;
EL MINISTRO DE EDUCACION
RESUELVE
Art. 1º.- APROBAR la Carrera y el Plan de Estudios correspondientes
a la “Tecnicatura Superior en Comunicación Social”, para ser aplicado en
el Instituto de Educación Superior del Centro de la República “DR. ANGEL
DIEGO MARQUEZ” (INESCER) de Villa María, conforme se detalla en el
Anexo I que con veintiuna (21) fojas forma parte de la presente resolución.
Art. 2°.- DISPONER que el título a otorgar a los egresados sea el de
“Técnico Superior en Comunicación Social”, con los Diseños Curriculares
de las unidades que integran el Plan de Estudios y los alcances especica-
dos en el referido Anexo I, que forma parte de esta resolución.
Art. 3°.- DEJAR sin efecto progresivamente la aplicación de la Re-
solución N° 2988/86 del Ministerio de Educación y Justicia de la Nación,
correspondiente al Plan de Estudios de la “Tecnicatura Superior en Comu-
nicación Social”.
Art. 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial y archívese.
FDO: PROF. WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACIÓN
anexo: https://goo.gl/CEpYVm
Resolución N° 275
Córdoba, 29 de marzo de 2017
VISTO: las Resoluciones del Consejo Federal de Educación Nros. 215/14,
188/12, 174/12, 134/11, 92/09 y 59/08; la Ley N° 25326 Ley N° 17622 de
Secreto Estadístico que establece la creación del INDEC y del Sistema
Estadístico Nacional y Leyes Nros. 26206 y 9870;
Y CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 26206 establece “el desarrollo e implementación de una
política de información y evaluación continua y periódica del sistema edu-
cativo para la toma de decisiones”; la cual será concertada “en el ámbito
del Consejo Federal de Educación. Las jurisdicciones participarán en el
desarrollo e implementación del sistema de evaluación e información pe-
riódica del sistema educativo, vericando la concordancia con las necesi-
dades de su propia comunidad en la búsqueda de la igualdad educativa y
la mejora de la calidad”.
Que según establece la normativa “son objeto de información y eva-
luación las principales variables de funcionamiento del sistema, tales como
cobertura, repetición, deserción, egreso, promoción, sobreedad, los pro-
cesos y logros de aprendizaje, los proyectos y programas educativos, “las
unidades escolares, los contextos socioculturales del aprendizaje y los pro-
pios métodos de evaluación”.
Que la Resolución N° 92/09 del ConsejoFederal de Educación, aprue-
ba los criterios y acciones que rigen el funcionamiento del Sistema Federal
de Información Educativa (integrante del Sistema Estadístico Nacional) del
que la Provincia de Córdoba través de este Ministerio forma parte.
Que la publicación de la información educativa está protegida tanto
por la LEN, como por la Ley 17622 de Secreto Estadístico y por la Ley
de Protección de los Datos Personales N° 25326, que resguardan por un
lado la información suministrada a los organismos que integran el Sistema
Estadístico Nacional, cuyos datos sólo podrán ser publicados en “compila-
ciones de conjunto”, de modo de resguardar “la identidad de los alumnos,
docentes e instituciones educativas”; como los datos personales que sólo
pueden ser “tratados con nalidades estadísticas o cientícas cuando no
puedan ser identicados sus titulares”.
Que la Ley N° 25326 establece que la provisión de datos personales
no necesita consentimiento cuando se recaban “para el ejercicio de funcio-
nes propias de los poderes del Estado o en virtud de una obligación legal”
o cuando realiza “entre dependencias de los órganos del Estado en forma

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