Resolución N° 267 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor18 de Agosto de 2022
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fecha de la disposición12 de Agosto de 2022
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCXCII - Nº 167
CORDOBA, (R.A.) JUEVES 18 DE AGOSTO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Las Malvinas son argentinas”
tido –en caso de así corresponder- y para los que se emitan en el futuro,
hasta el monto propuesto.
Por ello, actuaciones cumplidas, normas legales citadas, lo dictamina-
do por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el
N° 284/2022 y en uso de sus atribuciones;
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
Artículo 1º.- APRÚEBASE la sustitución anticipada del Fondo de
Reparo mediante Póliza de Seguro de Caución N° 10645, para aque-
llos certificados que a la fecha de la presente Resolución se hubieran
emitido y para los que se emitan en el futuro para el Contrato Original
de la obra: “MEJORAMIENTO DE CAMINO DE LA RED SECUNDARIA
S-372 – TRAMO: RUTA NACIONAL N° 36 – CORRALITO – DEPARTA-
MENTO TERCERO ARRIBA, expedida por GALENO SEGUROS S.A.,
CUIT N° 30-71439519-6, por un monto de Pesos Siete Millones Ciento
Quince Mil Veinticinco con Veinte Centavos ($ 7.115.025,20), hasta cu-
brir dicho monto.
Artículo 2°.- FACÚLTASE a la Dirección de Vialidad a emitir los Certi-
cados correspondientes según la normativa citada.
Artículo 3°.- PROTOCOLÍCESE, dese copia a la Dirección de Viali-
dad, dese intervención a la Dirección General de Administración de este
Ministerio, dese participación a Asesores de Córdoba S.A., publíquese en
el Boletín Ocial, notifíquese, pase a la Unidad Ejecutora para la Regla-
mentación y Gestión del Consorcio Caminero Único a sus efectos.
FDO.: RICARDO SOSA, MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución N° 267
Córdoba, 12 de agosto de 2022
Expediente Nº 0034-093315/2022.-
VISTO: este expediente en el que constan las actuaciones relacionadas
con la ejecución de la obra: “REFACCIÓN PARA EL EDIFICIO DE LA
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS, UBICADO EN CALLE RIVERA IN-
DARTE N° 650 DE LA CIUDAD DE CÓRDOBA.
Y CONSIDERANDO:
Que consta en estas actuaciones solicitud de la Jefatura de Área de la
Dirección General de Coordinación Operativa del Ministerio de Finanzas,
instando el presente trámite a los nes de la autorización correspondiente
para la ejecución de la obra de referencia, de conformidad a las previsiones
del Decreto Nº 180/08.
Que se ha agregado en autos la documentación técnica compuesta por
Pliego de Especicaciones Técnicas, Cómputos y Presupuesto, Factores
de Costos del Presupuesto (Decreto N° 800/16), Planimetría y Fotografías,
rubricado por la Dirección de Infraestructura y Descentralización y Pliego
Particular de Condiciones suscripto por la Jefatura de Área Contrataciones
de la Dirección General de Coordinación Operativa, ambas del Ministerio
de Finanzas.
Que de la documentación incorporada en autos surge que el Presu-
puesto Ocial asciende a la suma de $ 11.123.948,00 calculado al mes de
junio del 2022, con un plazo de ochenta y ocho (88) días corridos, siendo
8 días para desarrollar el Proyecto y 80 días para la ejecución de la obra.
Que, mediante informe técnico de la Directora General de Proyec-
tos junto con la Jefatura de Área de Gestión Administrativa y la Direc-
ción General de Obras de la Secretaría de Arquitectura otorgan visto
bueno a la documentación obrante en autos, entendiendo que el pro-
yecto elaborado resulta correcto desde el punto de vista técnico, mani-
festando que puede servir de base para la contratación de los trabajos
propiciados. Asimismo, resaltan que “…a los fines de la adjudicación
y determinación de la oferta más ventajosa…” deberá tener presente
la vigencia de lo dispuesto por la Resolución N° 014/21 del Ministerio
de Coordinación, como así también lo normado en Resoluciones N°
051/21 y 055/21 del Ministerio de Servicios Públicos que reglamentan
las disposiciones de la Ley N° 10.721 de Promoción y Desarrollo para
la Producción y Consumo de Biocombustibles y Bioenergía.
Que habiendo tomado intervención la Jefatura de Área de Estudio de
Costos de la Secretaría de Arquitectura, evalúa el presupuesto de obra, in-
formando que el mismo “…con valores a junio/22, no presenta variaciones
signicativas a los precios que esta Area maneja”.
Que conforme lo previsto en el artículo 3 del Decreto Nº 180/08, el Mi-
nisterio de Finanzas deberá respetar las disposiciones de la Ley de Obras
Públicas Nº 8.614 y sus modicatorias, entre ellas la Ley N° 10.417 y sus
Decretos Reglamentarios, como toda otra normativa aplicable, en relación
al procedimiento de contratación.
Que obra Dictamen Nº 282/2022 de la Dirección General de Asun-
tos Legales de este Ministerio en el que se expresa que, en virtud
de las consideraciones de hecho y derecho vertidas en autos, de los
informes técnicos elaborados por las áreas competentes y visto que se
da cumplimiento a las disposiciones de la Ley Nº 8.614, modificada por
Ley Nº 10.417, Decretos Reglamentarios Nº 4.757/77 y Nº 4.758/77, en-
tiende que atento que la obra supera el índice trescientos (300) resulta
oportuno dictar el instrumento legal por el cual se apruebe la ejecución
de la misma, manifestando expresamente que se deberá dar cumpli-
miento a la precitada normativa a lo largo de todo el procedimiento, en
especial a lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto Nº 1.419/2017. Con
las observaciones allí formuladas. Asimismo, la repartición de origen
deberá acreditar los extremos legales necesarios para dar cumplimien-
to a lo dispuesto por el artículo 3° de la Ley N° 8.614.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada y lo dictaminado
por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el Nº
282/2022 y en uso de sus atribuciones,
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
Artículo 1º.- APRUÉBASE y consecuentemente AUTORÍZASE la
ejecución de los trabajos a contratar por el Ministerio de Finanzas refe-
ridos a la obra: “REFACCIÓN PARA EL EDIFICIO DE LA DIRECCIÓN
GENERAL DE RENTAS, UBICADO EN CALLE RIVERA INDARTE N°

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