Resolución N° 2661/MHFGC/21

EmisorMinisterio de Hacienda y Finanzas
Fecha de la disposición 7 de Julio de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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RESOLUCIÓN N.º 2661/MHFGC/21
Buenos Aires, 2 de julio de 2021
VISTO: La Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.347), el Decreto N° 168/19 y
su modificatorio N° 207/19, el Decreto N° 74/21, las Resoluciones Nros.
1.692/GCABA-MHFGC/20 y 1.305/GCABA- MHFGC/21, los Expedientes Electrónicos
N° 27.782.557/GCABA-DGCYC/2.019 y N° 18.354.569/GCABA-DGCYC/2.021, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente Electrónico N° 27.782.557/GCABA-DGCYC/2.019 tramitó el
Convenio Marco de Compras para la Provisión de Elementos de Componentes de
Telefonía IP, para uso de las Reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, de acuerdo con el procedimiento electrónico de Adquisiciones y
Contrataciones denominado Buenos Aires Compras (BAC);
Que mediante Resolución N° 1.692/GCABA-MHFGC/20, se aprobó la Licitación
Pública N° 623-1420-LPU19 y se adjudicó a las firmas: UNIFY COMMUNICATIONS
S.A., en la suma total de hasta PESOS QUINCE MILLONES SESENTA Y SEIS MIL
CIENTO SESENTA Y NUEVE con 00/100 ($ 15.066.169,00.-); SERVICIOS
GLOBALES DE INFORMATICA S.A., en la suma total de hasta PESOS DIECISIETE
MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS CINCO con
00/100 ($ 17.779.405,00.-); DAXA ARGENTINA S.A., en la suma total de hasta
PESOS TRECE MILLONES VEINTICINCO MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y UNO
con 80/100 ($ 13.025.241,80.-); y, PLANEX S.A., en la suma total de hasta PESOS
TRECE MILLONES CIENTO DIECIOCHO MIL CIENTO SESENTA Y DOS con 90/100
($ 13.118.162,90.-), por las cantidades y precios que constan, para cada renglón, en el
Anexo I (IF-2020-10925742-GCABA-MHFGC) de la mentada Resolución;
Que acaecido el vencimiento del Convenio que nos ocupa, mediante Resolución N°
1.305/GCABA-MHFGC/21, se consideró pertinente prorrogar la vigencia de la referida
contratación por el plazo de doce (12) meses consecutivos a partir del 6 de Abril de
2.021, o hasta el perfeccionamiento de un nuevo contrato, lo que ocurra primero, al
amparo de lo establecido en el Artículo 45 del Decreto N° 168/18, en el Artículo 110 (ex
119) Inciso III de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.347) y en el Artículo 8
del Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rige el proceso de marras;
Que en el marco del Expediente Electrónico N° 18.354.569/GCABA-DGCYC/2.021, y a
causa de la prórroga citada en el párrafo que antecede, la firma adjudicataria DAXA
ARGENTINA S.A. realizó una presentación ante la Dirección General de Compras y
Contrataciones, solicitando la rescisión del contrato que nos ocupa, de mutuo acuerdo
y sin aplicación de penalidades, con motivo en las “(...) dificultades insalvables para la
provisión de los elementos de componentes de los diferentes renglones (...)”;
Que en miras de la presentación señalada, el Órgano Rector en materia de Compras y
Contrataciones procedió al análisis del caso, solicitando mediante Nota N° NO-2021-
15816625-GCABA-DGCYC, la intervención de la Agencia de Sistemas de Información
(ASI), en su carácter de autoridad de aplicación del proceso licitatorio que nos ocupa,
y ante el hecho de que fue dicha Dependencia quien realizó la evaluación de
factibilidad, conveniencia y demanda del proceso requerido;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6164 - 07/07/2021

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