Resolución N° 264

EmisorDirección General de Transporte
Fecha de la disposición22 de Abril de 2015
CÓRDOBA, 29 de Octubre de 2015 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCX Nº 208 Primera Sección 5
Que la Oficina de Infraestructura del Transporte informa que la
diagramación propuesta por la permisionaria no altera el permiso
de explotación que posee la misma, con el objeto de adecuar los
horarios para cumplir en temporada Invierno 2015, por lo que
se aconseja su aprobación, debiendo quedar sujetos a las
modificaciones que eventuales reclamos las justifiquen.
Que a la Dirección de Jurisdicción de Organización y Gestión
comparte lo expresado por dicha Oficina, aconsejando se dicte
el acto administrativo pertinente.
Por ello, lo dictaminado por la Dirección General de Operaciones
bajo el N° 0171/2015 y atento a las facultades conferidas por el
Artículo 40, inciso f) de la Ley N° 8669 y normativa legal vigente,
en uso de sus atribuciones,
EL DIRECTOR GENERAL DE TRANSPORTE
R E S U E L V E:
Artículo 1°.- AUTORIZAR a la Empresa DIFERENCIAL
TRANSIERRAS S.R.L. para prestar en Temporada Invierno
2015 los horarios diagramados a fs. 10, 13 y 17 de autos, en el
Servicio Regular Diferencial de los corredores CÓRDOBA –
BIALET MASSÉ – COSQUÍN y viceversa; CÓRDOBA –
COSQUÍN – LA FALDA y viceversa; CÓRDOBA – COSQUÍN –
LA FALDA – LA CUMBRE y viceversa, quedando sujetos a las
modificaciones que eventuales reclamos las justifiquen.
Artículo 2°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese
en el Boletín Oficial, notifíquese, dése copia al Ente Regulador de
Servicios Públicos, pase a la Oficina de Infraestructura y
archívese.
ING. MARCELO D. MANSILLA
DIRECTOR GENERAL DE TRANSPORTE
Resolución N° 214
Córdoba, 7 de abril de 2015
VISTO: Que en el Expediente N° 0048-000188/2015 la
Empresa PLUS ULTRA S.A., solicita aprobación de horarios de
Temporada Invierno 2015 para prestar en el Servicio Regular
Común en el corredor CÓRDOBA – VILLA MARÍA y viceversa
(por Ruta Nacional N° 9).
Y CONSIDERANDO:
Que la Oficina de Infraestructura del Transporte informa que la
diagramación propuesta por la permisionaria se ajusta al permiso
de explotación que posee la misma, con el objeto de adecuar los
horarios para cumplir en temporada Invierno 2015, por lo que
se aconseja su aprobación, debiendo quedar sujetos a las
modificaciones que eventuales reclamos las justifiquen.
Que a la Dirección de Jurisdicción de Organización y Gestión
comparte lo expresado por dicha Oficina, aconsejando se dicte
el acto administrativo pertinente.
Por ello, lo dictaminado por la Dirección General de Operaciones
bajo el N° 0188/2015 y atento a las facultades conferidas por el
Artículo 40, inciso f) de la Ley N° 8669 y normativa legal vigente,
en uso de sus atribuciones,
EL DIRECTOR GENERAL DE TRANSPORTE
R E S U E L V E:
Artículo 1°.- AUTORIZAR a la Empresa PLUS ULTRA S.A.
para prestar en Temporada Invierno 2015 los horarios
diagramados a fs. 14 y 15 de autos, en el Servicio Regular
Común del corredor CÓRDOBA – VILLA MARÍA y viceversa
(por Ruta Nacional N° 9), quedando sujetos a las modificaciones
que eventuales reclamos las justifiquen.
Artículo 2°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en
el Boletín Oficial, notifíquese, dése copia al Ente Regulador de
Servicios Públicos, pase a la Oficina de Infraestructura y
archívese.
ING. MARCELO D. MANSILLA
DIRECTOR GENERAL DE TRANSPORTE
Resolución N° 215
Córdoba, 7 de abril de 2015
VISTO: Que en el Expediente N° 0048-000189/2015 la
Empresa PLUS ULTRA S.A., solicita aprobación de horarios de
Temporada Invierno 2015 para prestar en el Servicio Regular
Común en el corredor RÍO CUARTO – SAN FRANCISCO y
viceversa (por Ruta Nacional N° 158).
Y CONSIDERANDO:
Que la Oficina de Infraestructura del Transporte informa que la
diagramación propuesta por la permisionaria se ajusta al permiso
de explotación que posee la misma, con el objeto de adecuar los
horarios para cumplir en temporada Invierno 2015, por lo que
se aconseja su aprobación, debiendo quedar sujetos a las
modificaciones que eventuales reclamos las justifiquen.
Que a la Dirección de Jurisdicción de Organización y Gestión
comparte lo expresado por dicha Oficina, aconsejando se dicte
el acto administrativo pertinente.
Por ello, lo dictaminado por la Dirección General de Operaciones
bajo el N° 0190/2015 y atento a las facultades conferidas por el
Artículo 40, inciso f) de la Ley N° 8669 y normativa legal vigente,
en uso de sus atribuciones,
EL DIRECTOR GENERAL DE TRANSPORTE
R E S U E L V E:
Artículo 1°.- AUTORIZAR a la Empresa PLUS ULTRA S.A.
para prestar en Temporada Invierno 2015 los horarios
diagramados a fs. 10 y 11 de autos, en el Servicio Regular
Común del corredor RÍO CUARTO – SAN FRANCISCO y
viceversa (por Ruta Nacional N° 158), quedando sujetos a las
modificaciones que eventuales reclamos las justifiquen.
Artículo 2°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en
el Boletín Oficial, notifíquese, dése copia al Ente Regulador de
Servicios Públicos, pase a la Oficina de Infraestructura y
archívese.
ING. MARCELO D. MANSILLA
DIRECTOR GENERAL DE TRANSPORTE
Resolución N° 216
Córdoba, 7 de abril de 2015
VISTO: El Expediente N° 0048-185355/2014 mediante el cual
el Señor Canello Clemar Walter en su carácter de socio gerente
de la Empresa CANELLO HNOS S.R.L., CUIT 33-70906355-9
solicita la renovación del permiso de explotación de un Servicio
Especial Restringido de transporte de pasajeros oportunamente
otorgado por Resolución N° 275 de fecha 28 de Agosto de 2013
y su rectificativa N° 301 de fecha 18 de Octubre de 2013, ambas
del por entonces Ministro de Transporte y Servicios Públicos,
con centro en la ciudad de CÓRDOBA y bajo la denominación
de “CANELLO BUS”.
Y CONSIDERANDO:
Que por Resolución N° 275 de fecha 28 de Agosto de 2013 y
su rectificativa N° 301 de fecha 18 de Octubre de 2013 se otorgó
el permiso de explotación del servicio por el término de un año,
por lo que a la fecha el plazo se encuentra vencido.
Que la Dirección de Jurisdicción de Planificación y Control
informa que el recurrente acredita haber cumplimentado con las
exigencias a verificar por las áreas a su cargo, con excepción
del Certificado actualizado de Antecedentes emitido por la Policía
de la Provincia de Córdoba, pudiendo darse continuidad al trámite
de autos.
Que la Dirección de Jurisdicción de Organización y Gestión
presta conformidad a lo informado por las áreas de su jurisdicción,
considerando que puede propiciarse el dictado de la Resolución
correspondiente a la Renovación del Servicio Especial
Restringido.
Que la Dirección General de Operaciones emite Dictamen N°
0189/2015 en donde concluye que puede dictarse resolución
excepcional y por única vez, autorizando al peticionante a prestar
un Servicio Especial Restringido, renovando el permiso por el
término de Dos (2) años a partir del dictado de la resolución y
tener por incorporada la unidad dominio N° CWG 202, inscripta
en el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor el 18/08/
1999.
Que el servicio de transporte especial restringido se encuentra
normado en el Artículo 9, incisos D apartado 2 de la Ley Provin-
cial N° 8669 y correlativos del Decreto Reglamentario N° 254/
03 y Art. 37 del Anexo “A” del decreto precitado.
Que para la prestación del servicio se mantendrá el parque
móvil oportunamente habilitado por Resolución N° 275/2013,
por ajustarse a los requisitos establecidos para la permanencia
en servicio; siendo obligación de la permisionaria acreditar con
la periodicidad establecida, que mantiene actualizadas las
exigencias reglamentarias, durante el plazo de vigencia del
permiso.
Que conforme lo prevé el Artículo 40 inciso “E” del Decreto
Reglamentario N° 254/03 es atribución de la autoridad de
aplicación otorgar permisos para los servicios en la modalidad
Especial Restringido, considerándose pertinente otorgarlo por el
término de dos (2) años a partir del dictado de la presente
Resolución.
Que por Resolución N° 115 de fecha 23/06/2014 la Secretaría
de Transporte delegó de manera excepcional y por única vez a
esta Dirección General de Transporte, la facultad de otorgar
autorizaciones para la explotación de servicios en la modalidad
especial, restringido, obrero, escolar dentro del marco de
reordenamiento dispuesto para esta modalidad de prestación.
Por todo lo expuesto, atento lo dispuesto por el Artículo 40,
inciso e) del Decreto N° 254/03; las facultades delegadas por
Resolución N° 115 del 23/06/2014 y normativa legal vigente, en
uso de sus atribuciones,
EL DIRECTOR GENERAL DE TRANSPORTE
R E S U E L V E:
Artículo 1°.- AUTORIZAR a la Empresa CANELLO HNOS
S.R.L., CUIT 33-70906355-9, Ingresos Brutos N° 201096685,
con domicilio en Calle 27 de Abril N° 305 Primer Piso de esta
ciudad de Córdoba, para que preste por el término de DOS (2)
años un servicio de transporte de pasajeros en la modalidad
Especial Restringido, mediante contratación previa y sin recorrido
permanente, con centro en la ciudad de CÓRDOBA y bajo la
denominación de “CANELLO BUS”.
Artículo 2°.- DISPONER para la prestación del servicio, el
siguiente parque móvil:
-Marca TOYOTA, modelo del año 1999, fecha de inscripción
en el Registro de la Propiedad del Automotor el 18/08/1999,
chasis N° HZB500105926, motor N° 1HZ0277364, de 22
asientos, Tacógrafo DIGITAC 1915, Dominio N° CWG 202, placa
identificatoria N° ER 2725.
Artículo 3°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese
en el Boletín Oficial, notifíquese, dése copia al Ente Regulador de
los Servicios Públicos, pase al Registro de Prestatarios y
archívese.
ING. MARCELO D. MANSILLA
DIRECTOR GENERAL DE TRANSPORTE
Resolución N° 264
Córdoba, 22 de abril de 2015
VISTO: El Expediente N° 0048-184952/2014 mediante el cual
el Señor Roque Eduardo HERRERA, DNI N° 14.306991 solicita
la renovación del permiso de explotación de un Servicio Espe-
cial, Obrero y Escolar de transporte de pasajeros oportunamente
otorgado por Resolución N° 173 de fecha 18 de Junio de 2004
del por entonces Dirección de Transporte, con centro en la
localidad de VILLA DEL TOTORAL y bajo la denominación de
“T.M.R.”.
Y CONSIDERANDO:
Que por Resolución N° 173 de fecha 18 de Junio de 2004 se

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR