Resolución N° 260 “A“

EmisorMinisterio de Justicia y Derechos Humanos
Fecha de la disposición24 de Agosto de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXXI - Nº 184
CORDOBA, (R.A.), MARTES 20 DE SETIEMBRE DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
Resolución N° 260 A”
Córdoba, 24 de Agosto de 2016
VISTO: El Expediente Nº 0007-124235/2015, mediante el cual la en-
tidad civil denominada “ASOCIACION DE BOMBEROS VOLLUNTARIOS
DE GENERAL BALDISSERA, con domicilio social en la Provincia de Cór-
doba, República Argentina, solicita autorización estatal para la Reforma del
Estatuto, dispuesta en Asamblea Extraordinaria con fecha 29 de enero de
2016.
CONSIDERANDO:
Que, atento las constancias obrantes en autos, se estiman cumplidos
los requisitos formales, scales estatutarios y legales con relación a la
Asamblea Extraordinaria con fecha 29 de enero de 2016 de la entidad civil
denominada “ASOCIACION DE BOMBEROS VOLLUNTARIOS DE GENE-
RAL BALDISSERA” CUIT N° 30-66844189-7 con domicilio social en la Pro-
vincia de Córdoba , en la cual se resolvió la reforma integral del estatuto,
en procura de mejorar el funcionamiento de la entidad.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 148 inc. b), 168,
174 y concordantes del Código Civil y Comercial, y en uso de las facultades
conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley N° 8.652:
EL DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: DECLARAR subsistente la Personería Jurídica otorgada
por Resolución N° 125 “A”/88 de fecha 26 de Julio de 1988.
Artículo 2º: APROBAR la Reforma del Estatuto social, en forma in-
tegral, de la entidad civil denominada “ASOCIACION DE BOMBEROS
VOLLUNTARIOS DE GENERAL BALDISSERA” CUIT N° 30-66844189-7
con domicilio social en la Provincia de Córdoba, sancionada en Asamblea
Extraordinaria con fecha 29 de Enero de 2016, en procura de mejorar el
funcionamiento de la entidad.
Artículo 3°: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones para la
inscripción en el registro pertinente y archívese.
FDO: GUILLERMO F. GARCÍA GARRO, DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 259 A”
Córdoba, 24 de Agosto de 2016
VISTO: El expediente N° 0007-106822/2013, por el cual la entidad Civil
denominada “ASOCIACION CIVIL, EL, TU Y YO, JUNTOS POR ELLOS”,
con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, solicita la
autorización para funcionar como Personería Jurídica.
Que por Resolución N° 289 “A”/15, de fecha 27 de Julio de 2015, dic-
tada por esta Dirección se aprueba la Reforma de Estatuto mencionada
ut-supra.
Y CONSIDERANDO:
Que sobre el particular se observa la necesidad de modicar la citada
Resolución, habida cuenta que se ha incurrido en un error material invo-
luntario con relación a la denominación de la entidad ya que en la resolu-
ción misma aparece como “ASOCIACION CIVIL, EL, TU Y YO, JUNTOS
POR ELLOS” debiendo decir “ASOCIACIÓN TU, EL Y YO, JUNTOS POR
ELLOS”.
EL DIRECTOR GENERAL DE INSPECCION DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E
Artículo 1°: RECTIFIQUESE la Resolución N° 289 “A”/15 de fecha 27
de julio de 2015 en donde dice “ASOCIACION CIVIL, EL, TU Y YO, JUN-
TOS POR ELLOS” debe decir “ASOCIACIÓN TU, EL Y YO, JUNTOS POR
ELLOS”.
Artículo 2°: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el Boletín
Ocial, vuelva al Area de Asociaciones Civiles y Fundaciones, a sus efec-
tos.
FDO: GUILLERMO F. GARCÍA GARRO, DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 258 “A”
Córdoba, 24 de Agosto de 2016
VISTO: El Expediente N° 0007-124114/2015, mediante el cual la enti-
dad civil denominada “PEÑA MOLDES AZUL Y ORO ASOCIACION CIVIL,
con domicilio social en la Provincia de Córdoba, República Argentina, soli-
cita autorización estatal para funcionar como Persona Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles, se
ha vericado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y scales
exigidos.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.148, inc. b)-,
169,174 y concordantes del Código Civil y Comercial y en uso de las facul-
tades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652:
EL DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: AUTORIZAR a la entidad civil denominada “PEÑA MOL-
DES AZUL Y ORO ASOCIACION CIVIL, con domicilio social en la Provincia
de Córdoba, República Argentina, a funcionar como Persona Jurídica.
Artículo 2º: APROBAR el estatuto social de la entidad denominada
“PEÑA MOLDES AZUL Y ORO ASOCIACION CIVIL.

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