Resolución N° 260 1º Sección: Legislación – Normativas
Fecha de Entrada en Vigor | 21 de Febrero de 2017 |
Emisor | Secretaría de Arquitectura |
Fecha de la disposición | 18 de Mayo de 2016 |
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXX - Nº 170
CORDOBA, (R.A.), MIERCOLES 31 DE AGOSTO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
y lo dispuesto por Resolución del ex-MOSP Nº 013/2011, se vericó una
variación en los costos a partir del mes de JULIO/2015 del 8,61%, por lo
que se procedió a calcular el Factor de Redeterminación (Fri) correspon-
diente, vericándose a partir de dicho mes, un porcentaje de variación del
7,75%, habiéndose aplicado los Números Índice publicados mensualmente
en el ANEXO DEL CUADERNILLO INDEC INFORMA, a valores del mes
anterior a dicha fecha y valores del mes anterior al de la ultima Redeter-
minación (Abril/2015), resultando un total a reconocer a la contratista por
dichos conceptos de $ 35.574,94.- por lo que el nuevo presupuesto de obra
redeterminado a Setiembre/2015 asciende a la suma de $ 1.265.550,48.-;
Que a fs. 63, mediante Dictamen N° 062/2016, División Jurídica expre-
sa que por lo expuesto, las disposiciones de los Decretos Provincial N°
1133/10 y 1231/10 y Dcto. 2000/15, puede el Sr. Secretario aprobar lo ac-
tuado y dictar el Acto Administrativo haciendo lugar a la Redeterminación
de que se trata, salvo mejor opinión al respecto;
Que a fs. 64/66 obra Acta Acuerdo por la Redeterminación de Precios,
suscripta entre el Señor Secretario de Arquitectura y la Empresa CERES
S.R.L., con fecha 18/02/2016;
ATENTO ELLO,
EL SEÑOR SECRETARIO DE ARQUITECTURA
R E S U E L V E
ARTICULO 1º. APROBAR el Acta Acuerdo por Redeterminación de Pre-
cios por Variación de Costos, correspondiente al mes de JULIO/2015 de
la obra: “CONSTRUCCION DE SALON DE USOS MULTIPLES (S.U.M.),
DEPOSITO, SANITARIO PARA DISCAPACITADOS Y REPARACIONES
GENERALES EN EL CENTRO EDUCATIVO “RUBEN DARIO”, ubicado en
calle S/N° - ZONA RURAL – LA LAGUNA – ALTO VERDE – DEPARTA-
MENTO TULUMBA – PROVINCIA DE CORDOBA”, suscr ipta entre el Se-
cretario de Arquitectura y la Empresa CERES S.R.L., obrante a fs. 64/66, la
que a los efectos pertinentes forma parte de la presente Resolución como
Anexo I, compuesta de TRES (3) fojas y consecuentemente autorizar la
inversión de la suma de PESOS TREINTA Y CINCO MIL QUINIENTOS SE-
TENTA Y CUATRO CON NOVENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 35.574,94.-
), para atender la diferencia a abonar por dicho concepto a la mencionada
Empresa, conforme las razones expresadas en considerando que se dan
por reproducidas en esta instancia.-
ARTICULO 2*. IMPUTAR el egreso conforme lo indica la Dirección de
Administración del Ministerio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales en
Nota de Pedido Nº 2016/000344 (fs. 69) con cargo al Programa 506-005 –
PARTIDAS 12.06.00.00 – Obras Ejecución por Terceros – del P.V.-
ARTICULO 3°.- PROTOCOLICESE, Intervenga Dirección de Administra-
ción del-/ Ministerio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales, tome razón
el Honorable Tribunal de Cuentas, Notifíquese, Publíquese en el Boletín
Ocial y PASE a la Jefatura de Área de Inspecciones y Certicaciones, a
sus efectos.-
FDO. DANIEL REY, SECRETARIO DE ARQUITECTURA
Anexo: http://goo.gl/kT933I
Resolución N° 260
Córdoba, 18 de Mayo de 2016
EXPEDIENTE N* 0451-002853/2014 – REFERENTE Nº 2.-
VISTO
este Referente en el que a fs. 2, mediante nota de fecha 2 de junio de
2015 la Empresa TECON CONSTRUCTORA S.R.L., contratista de la
obra: “TENDIDO ELECTRICO SUBTERRRANEO CON SUBESTACION
TRANSFORMADORA Y AMPLIACION DE LA RED DISTRIBUIDORA DE
AGUA para el I.P.E.M. N° 29 FELIPE GALIZIA, ubicado en Bv. Buteler
esq. Cervantes – Barrio Las Quintas – RIO CUARTO – Departamento Río
Cuarto – Provincia de Córdoba”, solicita Redeterminación de Precios de la
mencionada obra en el marco de las disposiciones del Decreto N° 1133/10
recticado por su similar N° 1231/10;
Y CONSIDERANDO:
Que a fs. 3/9 corre agregada la documentación presentada por la contratis-
ta, fundamentando su petición;
Que en cumplimiento a disposiciones internas se agregan a fs. 11/31, do-
cumentación relacionada con la ejecución de la obra que se trata, de la que
se desprende que la adjudicación se perfeccionó mediante Resolución N°
071/14 de la Secretaría de Obras Públicas del entonces Ministerio de In-
fraestructura, habiéndose suscripto el contrato correspondiente con fecha
16/10/2014, y replanteando la obra el día 15/12/2014;
Que a fs. 33 División Certicaciones informa que se ha confeccionado Cer-
ticado Extraordinario de Pago a Cuenta, cuya copia obra agregada a fs.
35, con fecha de emisión 05/02/2015;
Que a fs. 36/41, toma participación Sección Costos, elaborando planilla
e informe del que surge que atento lo dispuesto por los artículos 4, 8, 9 y
10 del Decreto Nº 1133/2010, recticado por su similar Nº 1231/2010 y lo
dispuesto por Resolución del ex-MOSP Nº 013/2011, se vericó una pri-
mera variación de costos a partir del mes de JUNIO/2014 del 11,2744%, y
luego una segunda variación de costos al mes de NOVIEMBRE/2014 del
8,0259%, por lo que se procedió a calcular los Factores de Redetermina-
ción (Fri) correspondientes, vericándose una primera variación de costos
a partir del mes de JUNIO/2014, con un porcentaje del 10,15%, habiéndose
aplicado los Números Índice publicados mensualmente en el ANEXO DEL
CUADERNILLO INDEC INFORMA, a valores del mes anterior a dicha fe-
cha y a valores del mes anterior al de la fecha de cotización (ABRIL/2014).
A continuación se constato una segunda variación de costos a partir del
mes de NOVIEMBRE/2014 con un porcentaje del 7,22%, utilizándose idén-
tica metodología a la detallada precedentemente, con valores del mes an-
terior a dicha fecha y valores del mes anterior a JUNIO/2014, resultando
un monto a reconocer a la contratista por dicho concepto de $ 288.994,01.-
, por lo que el nuevo presupuesto de obra redeterminado asciende a $
1.885.361,71. A fs. 42, las Direcciones de Planicación y Proyecto y de
Obras, Licitaciones y Contrataciones propician la continuidad del trámite;
Que a fs. 52, mediante Dictamen N° 162/2016, División Jurídica expresa
que conforme las actuaciones agregadas en autos y el referido análisis de
fs. 35/41 elaborado por Sección Costos, no existe objeción de orden jurídi-
co formal para proceder a la Redeterminación solicitada;
Que respecto de los análisis técnico y contable, ese Servicio Asesor no
abre juicio por cuanto escapa al ámbito de su competencia material;
Que por lo expuesto, las disposiciones de los Decretos Provincial N°
1133/10 y 1231/10 y el Decreto 2000/15, puede el Señor Secretario aprobar
lo actuado y dictar acto administrativo haciendo lugar a la Redeterminación
de que se trata, salvo mejor opinión al respecto;
Que a fs. 53/56, corre agregada Acta Acuerdo de Redeterminación de
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