Resolución N° 26 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor27 de Enero de 2023
EmisorAGENCIA CONECTIVIDAD CÓRDOBA
Fecha de la disposición27 de Octubre de 2022
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LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CX - TOMO DCXCVII - Nº 6
CORDOBA, (R.A.) LUNES 9 DE ENERO DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
20%. 25% al lograr un avance del 60%. 30% al nalizar la obra”, de acuerdo
a lo establecido en su Cláusula Quinta.
Que, de la Cláusula Séptima del Convenio de que se trata y conforme
Acta – Compromiso” suscripta con fecha 12 de septiembre del 2022 surge
el compromiso de rendición de cuentas por parte del Intendente, señor
Cesar Elias Abdala, la que será efectuada en un plazo de quince (15) días
a contar desde la recepción de la obra. Asimismo, se ha incorporado en
autos copia el del Documento Nacional de Identidad, Declaración Jurada
de domicilio real, legal y electrónico, Resolución N° 10 de la Junta Electoral
Municipal y Acta N° 3126 del Consejo Deliberante y Constancia de Inscrip-
ción ante AFIP de la citada Municipalidad.
Que luce agregado en autos el Documento de Contabilidad – Orden de
Compra Nº 2022/001320 para hacer frente a la erogación que lo gestiona-
do implica.
Que la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio expre-
sa en su Dictamen N° 427/2022 que puede dictarse el instrumento legal
por el cual se disponga el otorgamiento del subsidio de que se trata, en
virtud de las facultades conferidas por el artículo 1 de la Ley N° 10.220 y
artículo 38 de la Ley N° 10.411, con las observaciones allí formuladas.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado
por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el Nº
427/2022, y en uso de sus atribuciones,
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
Artículo 1º.- OTÓRGASE un subsidio a favor de la Municipalidad
de Laboulaye, por la suma total de Pesos Ciento Cuarenta y Nueve
Millones Cientos Noventa y Siete Mil Seiscientos Noventa y Cuatro ($
149.197.694,00), para la realización de la obra: “REPAVIMENTACION DE
CALLE JUAN A. MAS”, conforme lo establecido en el Convenio celebra-
do con fecha 13 de septiembre del 2022, entre la Dirección de Vialidad,
representada por su Director, Ing. Martín GUTIERREZ y la Municipalidad
de Laboulaye representada por su Intendente Dr. César Elías ABDALA,
D.N.I. Nº 11.557.617, con domicilio legal sito en calle España N° 81 de
la Ciudad de Laboulaye, Departamento Presidente Roque Sáenz Peña,
Provincia de Córdoba, correo electrónico personal: fenicio22@gmail.com
e institucional: intendencia@munilaboulaye.gov.ar con oportuna rendi-
ción de cuentas por parte del mismo, a efectuarse en un plazo de quince
(15) días contados a partir de la recepción de la obra, que como Anexo
I compuesto de tres (3) fojas se acompaña y forma parte integrante del
presente instrumento legal.
Artículo 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma de Pesos
Ciento Cuarenta y Nueve Millones Ciento Noventa y Siete Mil Seiscientos
Noventa y Cuatro ($ 149.197.694,00), conforme lo indica el Departamento
Administración y Personal de la Dirección de Vialidad en su Documento de
Contabilidad – Orden de Compra Nº 2022/001320, con cargo a: Jurisdicción
1.50, Programa 504-002, Partida 10.01.01.00, Transferencias a Municipios y
Entes Comunales, del P.V. la suma de … ……….…... $ 29.839.538,80
Presupuesto Año 2023 ……………………... $ 119.358.155,20
Artículo 3º.- AUTORÍZASE la transferencia de la suma de Pesos
Ciento Cuarenta y Nueve Millones Ciento Noventa y Siete Mil Seiscientos
Noventa y Cuatro ($ 149.197.694,00), a favor de la Municipalidad de Labou-
laye, conforme Convenio obrante en autos.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, pase al Departamento Administra-
ción y Personal de la Dirección de Vialidad, al Tribunal de Cuentas de la
Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO.: RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
ANEXO
AGENCIA CONECTIVIDAD CÓRDOBA
Resolución N° 26
Córdoba, 27 de octubre de 2022
VISTO: La Ley N° 10.155, el Decreto Reglamentario N° 305/2014 y su modica-
torio N° 969/2018, el Reglamento de Compras y Contrataciones de la Agencia
Conectividad Córdoba, el Pliego de Condiciones - Generales y Particulares –
de contratación, el Pliego de Especicaciones Técnicas y sus Anexos, Resolu-
ción N° 2022/REACC-00000021 y el Expte. N° 0351-178574/2022;
CONSIDERANDO:
Que, en las presentes actuaciones, se gestiona la ampliación de las
cantidades establecidas en el ítem 1, ítem 2, ítem 3 e ítem 4 del Renglón N°
1 (PROVISIÓN DE MATERIALES PARA TENDIDOS DE F.O. Y SU INSTA-
LACIÓN PARA LA ZONA 1) ; en el ítem 1, ítem 2, ítem 3 e ítem 4 del
Renglón N° 2 (PROVISIÓN DE MATERIALES PARA TENDIDOS DE F.O. Y
SU INSTALACIÓN PARA LA ZONA 2) ; y, por último, en el ítem 1, ítem
2, ítem 3 e ítem 4 del Renglón N° 3 (PROVISIÓN DE MATERIALES PARA
TENDIDOS DE F.O. Y SU INSTALACIÓN PARA LA ZONA 3) de la contrata-
ción destinada a la adquisición de materiales, instalación y puesta en mar-
cha de tendidos de cables de bra óptica destinados a interconectar aque-
llos municipios y comunas que no están integrados a la Red Digital Córdoba
con aquellos municipios y comunas que sí lo están, durante el plazo de
dieciocho (18) meses contados a partir de la noticación de la orden de
compra, tramitada mediante procedimiento de selección de Subasta Elec-
trónica Inversa N° 2022/000009, con modalidad de orden de compra abier-
ta, resultando adjudicada, en fecha cuatro (04) de agosto de 2022, la rma
NAXOS KUT S.A. por Resolución de Directorio N° 2022/REACC-00000013.
Que, la ampliación solicitada por el Gerente de Tecnología de Redes
de la Agencia Conectividad Córdoba S.E. se fundamenta en que resulta
necesario el aumento de las cantidades de metros de tendidos, en razón
de considerar la interconexión de más municipios y comunas que no es-
tán integrados a la Red Digital Córdoba, teniendo en cuenta el avance,
en paralelo, con las conexiones de nodos con servicio de conectividad,
además de continuar consolidando los objetivos trazados por el Plan Co-
nectividad Córdoba, Ley N° 10.564 y como punto clave en buscar cum-
plir con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) propuestos por la
Organización de Naciones Unidas (ONU), con el n de acortar la brecha
digital que existe entre los ciudadanos de las localidades más pequeñas
o rurales y los habitantes de las ciudades más pobladas.

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