Resolución N° 2596/MHFGC/22

EmisorMinisterio de Hacienda y Finanzas
Fecha de la disposición24 de Mayo de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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RESOLUCIÓN N.º 2596/MHFGC/22
Buenos Aires, 19 de mayo de 2022
VISTO: La Constitución Nacional, las Leyes Nros. 471 y 6.292 (textos consolidados
por Ley Nº 6.347), el Convenio Colectivo de Trabajo instrumentado por la Resolución
2.778-MHGC/10, el Acta de Negociación Colectiva N° 2/11, instrumentada por la
Resolución N° 1.348-MHGC/11 y el Expediente Electrónico N° 22.088.098-GCABA-
DGPRYCE/20, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución N° 2.778-MHGC/10 se instrumentó, a partir del 1° de
septiembre de 2010, el Convenio Colectivo de Trabajo complementario de la Ley N°
471, que rige las relaciones de empleo público en la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que el artículo 24 de citado Convenio establece que “Cuando se produzca el
fallecimiento de un agente que sea único sostén de un núcleo familiar, se reservará la
partida que deja el fallecido para un familiar directo de ese núcleo familiar, en tanto
cumpla con los requisitos generales de ingreso, a excepción del concurso público”;
Que mediante el Acta de Negociación Colectiva N° 2/11, instrumentada por Resolución
Nº 1.348-MHGC/11, se procedió a la reglamentación del citado artículo;
Que, en este marco normativo, el Sr. Ignacio Javier Baldino, CUIL N° 20-30021473-9,
solicitó su ingreso a la planta permanente de esta Administración en virtud del deceso
de su padre, el ex agente Humberto Jorge Baldino, DNI N° 8.389.761, ocurrido el día
26 de julio de 2020, quien se desempeñara como Conductor de vehículos en la
Subgerencia Operativa Transporte, Viajes y Visitas de la Dirección General Protocolo y
Ceremonial, dependiente de la Secretaría General y Relaciones Internacionales;
Que en estos actuados obra el informe del Registro Nacional de Reincidencia
dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, del cual
surge que en la causa N° 76742/2021, caratulada "BALDINO, IGNACIO JAVIER
SOBRE 292 1° PARR. - FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTO PÚBLICO Y PRIVADO",
con fecha 22 de abril de 2021 se resolvió suspender el proceso a prueba “...que se
sigue por el delito previsto en el art. 292, párrafo primero, del Código Penal a IGNACIO
JAVIER BALDINO, ... , por el término de DIECIOCHO MESES ...”;
Que corresponde evaluar las condiciones de admisibilidad del solicitante, teniendo en
cuenta el referido informe;
Que el Convenio Colectivo de Trabajo mencionado establece en su artículo 23 las
condiciones de admisibilidad para el ingreso a la planta de personal de este Gobierno;
Que, a tal efecto, siendo que el delito por el cual se le concedió la suspensión del
proceso a prueba al peticionante no fue de aquellos contra la Administración Pública ni
de los previstos en los restantes supuestos de la norma antes señalada, éste se
encontraría en condiciones de ingresar a la función pública;
Que, sin perjuicio de ello, es necesario destacar que la Constitución Nacional en su
artículo 16 establece que "La Nación Argentina no admite prerrogativas de sangre, ni
de nacimiento: no hay en ella fueros personales ni títulos de nobleza. Todos sus
habitantes son iguales ante la ley, y admisibles en los empleos sin otra condición que
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6383 - 24/05/2022

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