Resolución N° 255/SSGEFYAR/20

EmisorMinisterio de Educación
Fecha de la disposición 6 de Mayo de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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RESOLUCIÓN N.º 255/SSGEFYAR/20
Buenos Aires, 21 de diciembre de 2020
VISTO: La Ley Local N° 6.301 y su Decreto reglamentario N° 210-GCABA-AJG/20, los
Decretos Nacionales de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE, N°
DECNU-2020-297-APN- PTE, y sus modificatorios, las Resoluciones Nacionales N°
103-APN-ME-20, N° 105-APN-ME/20, Nº 108- APN-ME/20, los Decretos Locales N° 1-
GCABA-AJG/20, N° 8-GCABA-AJG/20, N° 12-GCABA- AJG/20, N° 15-GCABA-
AJG/20, 17-GCBA/2020, N°1510-GCBA/97 (Texto consolidado por Ley 6.017), N °
752- GCABA-AJG/08, N° 1254-GCABA-AJG/08, N° 203-GCABA-AJG/16 y su
modificatorio N° 350- GCABA-AJG/19, la Resolución N° 1502-GCABA-MEDGC, las
Resoluciones locales N° 5669-GCABA- SSCD/16, N° 153-GCABA- SSGEFYAR/20, el
Expediente N° 06036507 /DGAMANT/15, y
CONSIDERANDO:
Que por medio de la Resolución N° 5669-GCABA-SSCD/16 se adjudicó a la empresa
MEJORAMIENTO HOSPITALARIO S.A. la Licitación Pública N° 339-SIGAF-2016 (09-
15), cuyo objeto es la realización de las tareas de mantenimiento integral en los
edificios escolares pertenecientes a la Comuna 13 ”A” mencionados en el Anexo “A”
del Pliego de Bases y Condiciones Particulares (PLIEG-2015-22750370-SSGEFYAR)
aprobado mediante Resolución N° 3325-GCABA-MEGC/15, bajo el sistema de ajuste
alzado, al amparo de lo establecido en la Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064;
Que mediante la Ley N° 6.301, se declaró en emergencia la situación Económica y
Financiera de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 31 de diciembre de 2020,
quedando la Administración Central facultada, tal y como reza en su Artículo 12, a
disponer la revisión de la totalidad de los procesos que se encuentren en trámite o en
curso de ejecución referentes a compras y contrataciones de bienes, de servicios, de
suministros, de obra pública, de concesiones y permisos, celebrados con anterioridad
a la entrada en vigencia de la mencionada Ley, en virtud de razones de oportunidad,
merito o conveniencia, siempre que ello resulte financiera o económicamente más
conveniente para el interés público;
Que el día 30 de julio de 2020 mediante la Resolución N° 153-GCABA-SSGEFYAR/20,
se aprobó el procedimiento que tuvo por objeto la prórroga, ampliación y economía de
la Licitación Pública N° 339-SIGAF-2016 (09-15), ;
Que resulta importante resaltar que, si bien el Pliego que rige a este tipo de contratos,
reza en su art. 3 que “El contrato tendrá una duración total de 48 (cuarenta y ocho)
meses, contados a partir de la firma del Acta de Inicio, pudiéndose prorrogar hasta por
un año más y únicamente respecto de los Trabajos de Mantenimiento, según lo
establecido en 1.2.2., a pedido del MEGC” no es menos cierto que dicha cláusula fue
pensada en un sentido estático del mantenimiento edilicio, puesto que el
mantenimiento edilicio resulta ser plenamente dinámico, esto es, ante la evolución
constante que conlleva adecuar la educación y los programas pedagógicos a la era de
la digitalización y modernización, el mantenimiento inmobiliario es creciente a medida
que el inmueble aumenta su antigüedad;
Que no existe óbice legal alguno para la aprobación de la presente ampliación
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6118 - 06/05/2021

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