Resolución N° 2526/MEDGC/22

EmisorMinisterio de Educación
Fecha de la disposición24 de Junio de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………
RESOLUCIÓN N.º 2526/MEDGC/22
Buenos Aires, 8 de junio de 2022
VISTO: La Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley 6017), su entonces vigente Decreto
Reglamentario Nº 326/17 –actual Decreto N° 74/21-, la Resolución N° 2861-GCABA-
MEIGC/19, el Expediente Electrónico Nº 31434868-GCABA-DGAR/21, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente del Visto tramita la cláusula adicional de prórroga de la locación
administrativa del inmueble sito en la calle Muñiz 2147, de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, con destino a la Escuela Primaria N° 20 del Distrito Escolar 8º,
dependiente de este Ministerio de Educación;
Que, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, resulta de aplicación la
Ley de Compras y Contrataciones Nº 2095 (Texto consolidado por Ley Nº 6017) su
entonces vigente Decreto Reglamentario Nº 326/17, -actual Decreto N° 74/21;
Que, el Anexo I del entonces vigente Decreto Nº 326/17 respecto al artículo 28 inciso
12, apartado m) establece: Finalizado el plazo estipulado en el contrato, el eventual
uso de la prórroga previsto en el mismo deberá plasmarse mediante la celebración de
una cláusula adicional; salvo cuando existan modificaciones del contrato original que,
por su envergadura, ameriten la suscripción de un nuevo contrato. En los casos de
celebración de cláusula adicional deberá cumplimentarse con los requisitos previstos,
en los incisos a) y f);
Que oportunamente el contrato de locación administrativa fue aprobado por
Resolución Nº 2861-GCABA-MEIGC/19 y venció el día 30 de junio de 2021;
Que la cláusula tercera del aludido contrato estipula la facultad del locatario para
prorrogar la vigencia de este, hasta tres (3) años, a tenor de lo establecido en el
Artículo 28 inciso 12 apartado g) del Anexo I del entonces vigente Decreto Nº 326/17
reglamentario de la Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley 6017);
Que cabe señalar, que se ha dado cumplimiento a las disposiciones previstas en el
inciso 12, artículo 28, del Anexo I del Decreto Reglamentario Nº 326/2017, respecto a
los apartados a) y b) y, en función de ello, la Dirección General de Administración de
Bienes, informa que luego de una exhaustiva búsqueda en el Registro Único de
Bienes Inmuebles (RUBI), surge que no existen en la actualidad inmuebles disponibles
de titularidad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que posean las características
necesarias para los fines solicitados;
Que la Gerencia de Pignoraticio y Ventas del Banco Ciudad de Buenos Aires efectuó
la tasación respectiva según Informe Nº IF-2021-31440734-GCABA-DGAR, y sugirió el
canon locativo mensual del inmueble con fecha 8 de junio de 2021;
Que cabe señalar que la Dirección General de Escribanía General indicó que del
informe de dominio surge que el inmueble está inscripto a nombre de Fundación
Miguel Reficco proporción ½, Reficco y Potente Antonio Miguel, proporción 1/6,
Reficco y Potente Dora Delia, proporción 1/6, Álvarez y Reficco Fernanda Ximena,
proporción 1/12 y Álvarez y Reficco María Natalia, proporción 1/12;
Que asimismo, deja constancia que no recaen gravámenes ni restricciones al dominio
sobre dicho inmueble e indica que, de los informes de inhibiciones de los titulares de
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6404 - 24/06/2022

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR