Resolución N° 252

EmisorDirección General de Transporte
Fecha de la disposición18 de Junio de 2018
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CV - TOMO DCXLII - Nº 113
CORDOBA, (R.A.) LUNES 18 DE JUNIO DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
de 2.018, los requisitos mencionados por el Artículo 18°, debiendo tenerse
presente que la declaración de beneciaria del régimen referido, operará
a partir de la fecha antes consignada, momento en el cual comenzará a
aplicarse la alícuota diferencial, mencionada en el Párrafo 2° del Artículo
19° de la Ley N° 10.508.
Que la Secretaría de industria del Ministerio de Industria, Comercio y Mi-
nería es Autoridad de Aplicación del mencionado Régimen en virtud de lo
dispuesto por el Artículo 22° de la Ley N° 10.508.
Por ello, actuaciones cumplidas, lo informado por el Área Propiedad Indus-
trial y Registro y lo dictaminado por el Área Jurídica de esta Secretaría de
Industria bajo el Nº 098/2018:
EL SECRETARIO DE INDUSTRIA
R E S U E L V E
Artículo 1º DECLÁRASE beneciaria del Régimen Transitorio de Fomento
y Promoción de las Industrias Locales, instituido por Título IV de la Ley N°
10.508, a la rma CERVECERÍA Y MALTERÍA QUILMES S.A.I.C.A. y G.,
C.U.I.T. N° 33-50835825-9.
Artículo 2° EL BENEFICIO consignado en el Artículo precedente, tiene
vigencia a partir del primer día del mes posterior a la fecha del presente
instrumento.
Artículo 3° PROTOCOLÍCESE, notifíquese, dese copia a la Dirección Ge-
neral de Rentas y archívese.
FDO: PABLO DE CHIARA - SECRETARIO DE INDUSTRIA
DIRECCION GENERAL DE TRANSPORTE
Resolución N° 250
Córdoba, 22 de mayo de 2018
VISTO: Que en el Expediente N° 0048-005068/2018 la Empresa MAR CHI-
QUITA S.R.L., solicita aprobación de horarios de Temporada Invierno 2018
para prestar en el Servicio Regular Común del corredor CÓRDOBA – SAN
FRANCISCO y viceversa (por Ruta N° 19).
Y CONSIDERANDO: Que la Ocina de Infraestructura del Transporte in-
forma que la diagramación propuesta por la permisionaria no altera el per-
miso de explotación que posee la misma, y con el objeto de adecuar los
horarios a cumplir en Temporada Invierno 2018, por lo que se aconseja su
aprobación. Además agrega que teniendo en cuenta que ha incorporado
un nuevo horario, se considera conveniente realizar un seguimiento sobre
el comportamiento de la demanda y de las empresas que operan en el
mismo corredor.
Que la Dirección de Jurisdicción de Organización y Gestión comparte lo
expresado por dicha Ocina, aconsejando se dicte el acto administrativo
pertinente.
Que el Área Legales de la Secretaría de Transporte emite Dictamen N°
291/2018, en donde concluye que pueden autorizarse los horarios diagra-
mados para ser cumplidos en la Temporada Invierno 2018.
Por ello, atento a las facultades conferidas por el Artículo 40, inciso f) de la
Ley N° 8669 y normativa legal vigente, en uso de sus atribuciones,
EL DIRECTOR GENERAL DE TRANSPORTE
R E S U E L V E:
Artículo 1°.- AUTORIZAR a la Empresa MAR CHIQUITA S.R.L. para pres-
tar en Temporada Invierno 2018 los horarios diagramados a fs. 4 y 5 del
F.U. 10 de autos, en el Servicio Regular Común del corredor CÓRDOBA
– SAN FRANCISCO y viceversa (por Ruta N° 19), quedando sujetos a las
modicaciones que eventuales reclamos las justiquen.
Artículo 2°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial, notifíquese, dése copia al Ente Regulador de Servicios Públicos,
pase a la Ocina de Infraestructura y archívese.
FDO: MARCELO D. MANSILLA DIRECTOR GENERAL DE TRANSPORTE - SECRE-
TARÍA DE TRANSPORTE
Resolución N° 252
Córdoba, 28 de mayo de 2018
VISTO: Que en el Expediente N° 0048-005205/2018 la Empresa EL POR-
VENIR S.R.L., solicita aprobación de horarios para prestar en el Servicio
Regular Común del corredor CORDOBA – EL FORTIN y viceversa.
Y CONSIDERANDO: Que la Ocina de Infraestructura del Transporte
informa que la diagramación propuesta por la permisionaria no altera el
permiso de explotación que posee la misma, con el objeto de adecuar los
horarios a cumplir con carácter de UNIFORMES, por lo que se aconseja su
aprobación, debiendo quedar sujeta a las modicaciones que eventuales
reclamos las justiquen.
Que la Dirección de Jurisdicción de Organización y Gestión comparte lo
expresado por dicha Ocina, aconsejando se dicte el acto administrativo
pertinente.
Por ello, lo dictaminado por el Área Legales de la Secretaría de Transporte
bajo el N° 307/2018 y atento a las facultades conferidas por el Artículo
40, inciso f) de la Ley N° 8669 y normativa legal vigente, en uso de sus
atribuciones,
EL DIRECTOR GENERAL DE TRANSPORTE
R E S U E L V E:
Artículo 1°.- AUTORIZAR a la Empresa EL PORVENIR S.R.L. para prestar
con carácter de UNIFORMES los horarios diagramados a fs. 10, 11, 12 y
13 de autos, en el Servicio Regular Común del corredor CORDOBA – EL
FORTIN y viceversa, quedando sujetos a las modicaciones que eventua-
les reclamos las justiquen.
Artículo 2°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín

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