Resolución N° 251 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 2 de Agosto de 2022
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fecha de la disposición27 de Julio de 2022
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCXCII - Nº 155
CORDOBA, (R.A.) MARTES 2 DE AGOSTO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Las Malvinas son argentinas”
Resolución N° 251
Córdoba, 27 de julio de 2022
Expediente Nº 0045-022586/2020.-
VISTO: este expediente por el cual se tramita la aprobación del “Acta de
Recepción Denitiva Total” de la obra: “MEJORAMIENTO CAMINO DE LA
RED TERCIARIA T-119 – 12, 13 y 30 que une la Ruta Provincial N° 1 cer-
cana a la Localidad de Morteros con la Localidad de Colonia San Pedro al
Este de la Ruta Provincial N° 1”, adjudicada al Consorcio Caminero Único
de la Provincia.
Y CONSIDERANDO:
Que las presentes actuaciones se tramitan en Expediente Electrónico,
mediante la aplicación Portal de Obras Públicas – en adelante POP, de
conformidad a lo prescripto por Ley N° 10.618, su Decreto Reglamentario
N° 750/2019, Resolución N° 1/2019 de la Secretaría de Planeamiento y
Modernización, Resolución N° 20/2019 de la Dirección General de Com-
pras y Contrataciones del Ministerio de Finanzas y demás legislación com-
plementaria de aplicación en la especie.
Que la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio ad-
vierte la existencia de un archivo titulado “Índice de Anexo”, haciendo plena
fe de su contenido.
Que por Resolución Ministerial N° 174/2020 se adjudicó la obra de
referencia al Consorcio Caminero Único creado por Ley N° 10.546 y su De-
creto Reglamentario N° 1.053/2018, suscribiéndose el pertinente contrato
el día 6 de octubre de 2020 y el Acta de Replanteo con fecha 20 de octubre
del mismo año, mientras que por Resolución N° 186/2022 se aprobó el
Acta de Recepción Provisoria Total de la obra de referencia.
Que mediante Nota de Pedido N° 8 la contratista solicita con fecha 11
de noviembre de 2021, la recepción denitiva total de la obra.
Que el Acta de Recepción Denitiva Total fue confeccionada con fecha
14 de junio de 2022, indicándose que “…los trabajos correspondientes a la
obra fueron nalizados el día 9 (Nueve) del mes de Agosto del año 2021…”.
Que, respecto del plazo de garantía, el mismo se encuentra vencido
al momento de la celebración del Acta de Recepción Denitiva Total de la
Obra (punto II.2.9 del Legajo Único para la Contratación).
Que, asimismo, se acompañan “Planilla Comparativa de Recepción
Denitiva Total de Obra” que detalla los montos de obra ejecutados que
ascienden a la suma total de $ 70.516.135,02 e indica un monto a desa-
fectar de $ 350.953,43, “Nota de Concepto” que calica al contratista como
“Muy Bueno” en el rubro “Responsabilidad durante el período de Garantía”
y “Nota de Elevación de Recepción Denitiva Total” (Informe Resumen),
todos ellos, haciendo plena fe de su contenido, atento la competencia ma-
terial especíca de las áreas suscribientes.
Que en el archivo titulado “Informe Contable y Garantías de Recepción
Denitiva Total de Obra”, confeccionado por la Dirección General de Admi-
nistración, se indica que “… Asume un total de $ 4.740.599,37 (…). Monto
que fue retenido en su totalidad por la Dirección General de Administración
del Ministerio de Obras Públicas. Por lo que se deberá ordenar la devolu-
ción en concepto de fondo de reparo y emitir Orden de Pago a favor de la
contratista”.
Que obra Dictamen Nº 270/2022 de la Dirección General de Asuntos
Legales de este Ministerio en el que se expresa que lucen agregadas las
constancias obrantes en Sistema POP, en especial la intervención de los
organismos con competencia técnica y en virtud de lo establecido por los
Arts. 53 y 57, correlativos y concordantes de la Ley de Obras Públicas Nº
8.614, lo dispuesto por los Arts. 70, 80, 81 y 108 del Decreto N° 4.758/77
y lo propiciado en Informe titulado “Nota de Elevación de Recepción De-
nitiva Total”, puede en consecuencia dictarse el acto administrativo corres-
pondiente, aprobando el Acta de Recepción Denitiva Total y autorizando
el pago a favor de la contratista de conformidad a lo normado por el Art. 57
de la Ley de Obras Públicas N° 8.614.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado
por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el N°
270/2022, y en uso de sus atribuciones;
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
Artículo 1º.- APRUÉBASE el Acta de Recepción Denitiva Total, con-
feccionada con fecha 14 de junio de 2022, correspondiente a la Obra: “ME-
JORAMIENTO CAMINO DE LA RED TERCIARIA T-119 – 12, 13 y 30 que
une la Ruta Provincial N° 1 cercana a la Localidad de Morteros con la Lo-
calidad de Colonia San Pedro al Este de la Ruta Provincial N° 1”, que, como
Anexo I, compuesto de una (1) foja útil, forma parte integrante del presente
instrumento legal.
Artículo 2º.- AUTORÍZASE a la Dirección General de Administra-
ción a la devolución de las sumas retenidas oportunamente a la contra-
tista en concepto de garantía de fondo de reparo por el monto de Pesos
Cuatro Millones Setecientos Cuarenta Mil Quinientos Noventa y Nueve
con Treinta y Siete Centavos ($ 4.740.599,37), en los términos del Art.
57 de la Ley N° 8614.
Artículo 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial, notifíquese, dese intervención a la Dirección General de Admi-
nistración de este Ministerio, pase a la Unidad Ejecutora para la Reglamen-
tación y Gestión del Consorcio Caminero Único a sus efectos y archívese.
FDO.: RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
ANEXO

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