Resolución N° 251 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 7 de Octubre de 2021
EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición16 de Septiembre de 2021
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVIII - TOMO DCLXXXII - Nº 209
CORDOBA, (R.A.) JUEVES 7 DE OCTUBRE DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba”
puesta generó, mediante los Decretos N° 100/2021, Nº 135/2021, Nº
171/2021, Nº 212/2021 y Nº 271/2021, se dispuso sucesivamente la
prórroga del plazo para adherirse a la misma, desde el día 14 de mayo
de 2021 y hasta el día 12 de octubre de 2021, inclusive, para aquellos
agentes interesados en gestionar su inscripción en el Régimen de Pa-
sividad Anticipada Voluntaria.
Que, debido a la continuidad de las consultas por parte de las per-
sonas interesadas, es propicio en esta instancia prorrogar el plazo para
adherirse al Régimen de Pasividad Anticipada Voluntaria por treinta (30)
días, desde el día 13 de octubre de 2021 y hasta el día 12 de noviembre de
2021, inclusive.
Por ello, lo dispuesto por el artículo 29, correlativos y concordantes de
la Ley N° 8836, su Decreto Reglamentario N° 940/2000 y normas com-
plementarias, el Decreto N° 002/2001 de la Legislatura de la Provincia de
Córdoba, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 84 de la
Constitución Provincial y el artículo 30 del Reglamento Interno de la Legis-
latura Provincial;
EL VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
EN SU CARÁCTER DE PRESIDENTE DE LA LEGISLATURA
PROVINCIAL
DECRETA:
Artículo 1°: PRORRÓGUESE desde el día 13 de octubre de 2021 y hasta
el día 12 de noviembre de 2021, inclusive, el plazo para la inscripción en el
Registro de Aspirantes a obtener el benecio de la Pasividad Anticipada Vo-
luntaria, por parte del personal de la Legislatura Provincial comprendido en la
Ley N° 9880 - Estatuto Escalafón para el Personal del Poder Legislativo de la
Provincia de Córdoba, que esté interesado en acogerse al Régimen.
Artículo 2°: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bole-
tín Ocial de la Provincia de Córdoba y archívese.
FDO.: MANUEL FERNANDO CALVO, VICEGOBERNADOR - IGNACIO F. TINI, PRO-
SECRETARIO ADMINISTRATIVO
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N° 41 - Letra:D
Córdoba, 17 de septiembre de 2021
VISTO: El expediente Nº 0025-080358/2021, en que se propicia realizar
adecuaciones del Presupuesto General de la Administración Pública Pro-
vincial, en vigencia.
Y CONSIDERANDO:
Que, del análisis de ejecución y perspectivas de recaudación formulado
por la Secretaría de Estudios Económicos y Previsión Social de esta Carte-
ra de Estado, resulta procedente modicar el Cálculo de Ingresos y Eroga-
ciones del Presupuesto General de la Administración Pública Provincial, en
vigencia, incluyendo el consecuente incremento de los recursos afectados
en concepto de coparticipación impositiva a Municipios y Comunas.
Que los créditos presupuestarios a incrementar, podrán utilizarse en
la medida que los recursos previstos sean recaudados y solo se podrán
ejecutar gastos hasta el límite de los ingresos disponibles de los recursos
especícos destinados a nanciarlos, siempre de acuerdo al artículo 15 de
la Ley N° 9086.
Que la modicación propuesta encuadra en las disposiciones de los
artículos 31, 37 y 110 in ne de la Ley Nº 9086, texto reglamentado.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo informado por la Subse-
cretaría de Compras, Presupuesto e Inversiones Públicas y lo dictaminado
por el Área Legales de este Ministerio al Nº 461/2021 y los términos de la
Resolución Ministerial N° 119/2020,
EL MINISTRO DE FINANZAS
RESUELVE:
Artículo 1º INCREMENTAR el Cálculo de los Ingresos y el total de
Erogaciones del Presupuesto General de la Administración Pública Pro-
vincial, en vigencia, de conformidad con el detalle analítico incluido en los
Documento Modicación de Crédito Presupuestario N° 54 (Recticación) y
N° 55 (Recticación), ambos de esta Jurisdicción y que, como Anexo con
cinco (5) fojas útiles, forman parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2º PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Subsecretaría
de Compras, Presupuesto e Inversiones Públicas, a la Contaduría General
de la Provincia, infórmese al Tribunal de Cuentas de la Provincia y a la
Legislatura, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL DIGITAL N° 2021/D-00000041
FDO.: MÓNICA ZORNBERG, SECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA,
MINISTERIO DE FINANZAS POR ENCOMIENDA DE FIRMA – RESOLUCIÓN MI-
NISTERIAL N° 119/2020
ANEXO
Resolución N° 251
Córdoba, 16 de septiembre de 2021
VISTO: El expediente Nº 0027-073474/2019.
Y CONSIDERANDO:
Que a fs. 1 del FU N° 3 la rma OVIEDO JUANA CLEMENTINA solicita
redeterminación de precios por reconocimiento de variación de costos en
el marco de la Licitación Pública Nº 03/2016, por el Servicio Integral de
Limpieza del inmueble que ocupa la Delegación de la Dirección General
de Rentas y otros Organismos del Estado Provincial, sito en Av. Uruguay
N° 535 de la Ciudad de Villa Carlos Paz, por el término de veinticuatro
(24) meses, que fuera adjudicado mediante Resolución N° 076/2016, con

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