Resolución N° 2502/MEDGC/22

EmisorMinisterio de Educación
Fecha de la disposición21 de Junio de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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RESOLUCIÓN N.º 2502/MEDGC/22
Buenos Aires, 3 de junio de 2022
VISTO: La Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley 6017), su entonces Decreto
Reglamentario Nº 326/17 actual Decreto N°74/21, la Resolución Nº 4196-GCABA-
MEIGC/19, el Expediente Electrónico Nº 13588065-GCABA-DGAR/22, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente del Visto tramita la cláusula adicional de prórroga de la locación
administrativa del inmueble sito en la calle Araoz 234 de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, con destino al funcionamiento de la Escuela Primaria N° 22 del Distrito
Escolar 7°, dependiente de este Ministerio de Educación;
Que, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, resulta de aplicación la
Ley de Compras y Contrataciones Nº 2095 (Texto consolidado por Ley Nº 6017) su
entonces vigente Decreto Reglamentario N° 326/17 actual Decreto N° 74/21;
Que, el Anexo I del entonces vigente Decreto Nº 326/17 respecto al artículo 28 inciso
12, apartado m) establece: Finalizado el plazo estipulado en el contrato, el eventual
uso de la prórroga previsto en el mismo deberá plasmarse mediante la celebración de
una cláusula adicional; salvo cuando existan modificaciones del contrato original que,
por su envergadura, ameriten la suscripción de un nuevo contrato. En los casos de
celebración de cláusula adicional deberá cumplimentarse con los requisitos previstos,
en los incisos a) y f);
Que oportunamente el contrato de locación administrativa fue aprobado por
Resolución Nº 4196-GCABAMEIGC/19 y venció el día 31 de marzo de 2022;
Que la cláusula tercera del aludido contrato de locación administrativa estipula la
facultad del locatario para prorrogar la vigencia de este, hasta tres (3) años, a tenor de
lo establecido en el Artículo 28 inciso 12 apartado g) del entonces vigente Anexo I del
Decreto N°326/17 reglamentario de la Ley N°2095 (Texto consolidado por Ley 6017);
Que el Artículo 3º del decreto 74/21 establece que “Los procesos de selección
iniciados con anterioridad al dictado del presente decreto, se rigen por la
reglamentación vigente en aquel momento”;
Que cabe señalar, que se ha dado cumplimiento a las disposiciones previstas en el
artículo 28, el inciso 12 del Anexo I del entonces vigente Decreto Reglamentario Nº
326/17, respecto a los apartados a) y b) y, en función de ello, la Dirección General de
Administración de Bienes, informa que luego de una exhaustiva búsqueda en el
Registro Único de Bienes Inmuebles (RUBI), surge que no existen en la actualidad
inmuebles disponibles, de titularidad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que
posean las características edilicias y geográficas necesarias para los fines solicitados;
Que tal situación motivó a la Dirección General de Administración de Recursos de este
Ministerio a realizar tratativas con el propietario del inmueble que dieron como
resultado la cláusula adicional de prórroga del contrato de locación administrativa
registrado en la Dirección General Escribanía General bajo Nº 28325258/19, que
tendrá un plazo de duración de tres (3) años, a partir del 01 de abril de 2022 hasta el
31 de marzo de 2025, con un valor locativo de pesos cuatrocientos ochenta mil ($
480.000.-) mensuales para el primer año de la prórroga, mientras que para el segundo
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6401 - 21/06/2022

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