Resolución N° 250/AGIP/18

EmisorMinisterio de Economía y Finanzas
Fecha de la disposición17 de Agosto de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.° 250/AGIP/18
Buenos Aires, 14 de agosto de 2018
VISTO:
La Ley Nº 471 (texto consolidado por Ley Nº 5.666), el Decreto Nº 827/GCABA/01, los
Expedientes Nº 10.952.263/DGESYC/18 y Nº 20.345.693/DGR/18, la Resolución Nº
461/AGIP/2017, y
CONSIDERANDO:
Que la Dirección General de Estadística y Censos de la Administración
Gubernamental de Ingresos Públicos solicita por Expediente Nº
10.952.263/DGESYC/18 transferir al año 2018, los días de descanso anual
remunerado del período 2016/2017 del agente José Ramón Gutiérrez, FC N° 422.729
en los términos del Art. 3º del Decreto Nº 827/GCABA/01;
Que el Subdirector General de Servicios y Cercanía al Contribuyente solicita mediante
Expediente Nº 20.345.693/DGR/18, la incorporación al traslado de descanso anual
remunerado, por el mismo período, del agente Leonardo Sergio Mendoza, FC N°
442.156, quien no había sido incorporado oportunamente en la Resolución Nº
461/AGIP/2017;
Que según surge de los presentes actuados, las licencias en cuestión no fueron
usufructuadas en su oportunidad por imperiosas razones de servicio;
Que por lo expuesto y a fin de regularizar la situación de los involucrados, resulta
necesario dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
Artículo 1º.- Transfiéranse al año 2018, los días de descanso anual remunerado
correspondientes al período 2016/2017, de los agentes pertenecientes a la
Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, tal como se indica en el Anexo,
que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente, conforme lo prescripto
por el Art. 18º de la Ley Nº 471 (texto consolidado por Ley Nº 5666), reglamentado
mediante el Art. 3º del Decreto Nº 827/GCABA/01.
Articulo 2°.- Regístrese, y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección
General Administración y Liquidación de Haberes de la Subsecretaría de Gestión de
Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas.
Artículo 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Cumplido, archívese. Ballotta
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5438 - 17/08/2018

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