Resolución N° 250 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor27 de Julio de 2021
EmisorMinisterio de educación
Fecha de la disposición 1 de Junio de 2021
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVIII - TOMO DCLXXIX - Nº 152
CORDOBA, (R.A.) MARTES 27 DE JULIO DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba”
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resolución N° 250
Córdoba, 1 de junio de 2021
VISTO: El Expediente Nº 0723-146896/2019, del registro del Ministerio de
Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que obran actuaciones relacionadas con la clasicación por localiza-
ción de la Escuela de Nivel Inicial “FLORENTINO FRANCISCO BUSTOS”
de la Localidad de Bouwer, dependiente de la Dirección General de Edu-
cación Inicial y la pertinente asignación de la bonicación respectiva a su
personal docente y no docente.
Que de acuerdo con la documental obrante en autos, han quedado
acreditados los extremos legales que prevé la normativa de aplicación para
acceder a dicho benecio, conforme con lo previsto en los arts. 2° inc. g) y
9° del Decreto N° 1001/2014 y su Anexo II.
Que conforme con lo expuesto, procede en esta instancia clasicar al
mencionado establecimiento educativo en el Grupo de localización corres-
pondiente y, en consecuencia, otorgar a su personal docente y no docente
el respectivo porcentaje de bonicación por ese concepto.
Por ello, los informes producidos, el Dictamen Nº 2918/19 del Área Ju-
rídica de este Ministerio y lo aconsejado a fs. 18 por la Dirección de Juris-
dicción de Asuntos Legales;
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
RESUELVE:
Art. 1º.- CLASIFICAR en el Grupo “C” de localización a la Escuela
de Nivel Inicial “DR. FLORENTINO FRANCISCO BUSTOS” de la Localidad
de Bouwer, dependiente de la Dirección General de Educación Inicial, a partir
de la fecha de la presente resolución, y en consecuencia OTORGAR por ese
concepto la bonicación del cuarenta por ciento (40 %) a su personal docente y
del trece por ciento (13%) a su personal no docente, conforme con lo previsto
en los arts. 2° inc. g) y 9° del Decreto N° 1001/2014 y su Anexo II.
El egreso se imputará al P.V.; Jurisdicción 1.35; Programa 383; Partidas: Princi-
pal 01, Parcial: 01 “Personal Permanente” y 02 “Personal No Permanente”.
Art. 2º.- PROTOCOLÍCESE, dése a la Secretaría de Capital Humano,
comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO.: WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACIÓN

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