Resolución N° 25

EmisorDirección General de Transporte
Fecha de la disposición10 de Mayo de 2018
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CV - TOMO DCXLI - Nº 87
CORDOBA, (R.A.) JUEVES 10 DE MAYO DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
pública que se propicia, ajustándose a las disposiciones del Decreto N°
1505/2016 y de la Ley Nº 10.417, modicatoria de la Ley de Obras Públicas
Nº 8614, detalla observaciones a saber: atento que la obra se contratará
por sistema combinado, ajuste alzado y unidad de medida, debe indicarse
en el Presupuesto Ocial cuales de los ítems o rubros del presupuesto
serán contratados por cada sistema; se sugiere corregir la redacción del
artículo 12 apartado 3º a) y en relación al artículo 23 último párrafo que
reere a las Garantías, deberá corregir el Ministerio a cuya orden deberán
hacerse los depósitos.
Que de los Pliegos incorporados en autos surge que el procedimiento de
contratación es la Licitación Pública y que el sistema de contratación es
por Ajuste Alzado y Unidad de Medida, como también que el Presupuesto
Ocial estimado asciende a la suma de $ 16.284.850,13.
Que obra informe de la Sección Estudio de Costos de la citada Secretaría
en el cual se expresa que los precios detallados en el presupuesto ocial
son acordes a valores de mercado al mes de febrero de 2018.
Que asimismo y conforme lo previsto en el artículo 3º del Decreto Nº
180/08, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos deberá respetar las
disposiciones de la Ley de Obras Públicas Nº 8614 y sus modicatorias,
entre ellas la Ley N° 10.417 y sus Decretos Reglamentarios, como toda
otra normativa aplicable, en relación al procedimiento de contratación.
Que dicho organismo deberá también informar oportunamente de la pre-
sente contratación al Registro de Constructores de Obra Pública, a los -
nes de dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 7 -segundo párrafo-
del Anexo I al Decreto 1419/2017.
Que obra Dictamen Nº 171/2018 del Departamento Jurídico de este Mi-
nisterio en el que expresa que, en virtud de las consideraciones de he-
cho y derecho vertidas en autos, de los informes técnicos elaborados por
las áreas competentes y visto que se da cumplimiento a las disposiciones
de la Ley Nº 8614, modicada por Ley Nº 10417, Anexo I al Decreto N°
1505/2016, Decretos Reglamentarios Nº 4757/77 y Nº 4758/77, entiende
que atento que la obra supera el índice trescientos (300) resulta oportuno
dictar el instrumento legal por el cual se apruebe la ejecución de la misma.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada y lo dictaminado por De-
partamento Jurídico de este Ministerio con el Nº 171/2018 y en uso de sus
atribuciones,
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y FINANCIAMIENTO
R E S U E L V E:
Artículo 1º.- APRUÉBASE y consecuentemente AUTORÍZASE la ejecu-
ción de los trabajos a contratar por el Ministerio de Justicia y Derechos
Humanos referidos a la obra: “REFUNCIONALIZACIÓN Y PUESTA EN
VALOR DEL ESPACIO PARA LA MEMORIA, LA DEFENSA Y LA PROMO-
CIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS EX CCDT y E – LA PERLA – LO-
CALIDAD DE MALAGUEÑO – DEPARTAMENTO SANTA MARÍA – PRO-
VINCIA DE CÓRDOBA, conforme la documentación técnica compuesta
por Memoria Descriptiva, Pliego Particular de Especicaciones Técnicas,
Planos y Pliego Particular de Condiciones con sus Anexos, elaborados por
la Jefatura de Área de Proyectos, Presupuestación y Licitación y la Jefatura
de Área Administración, ambas del Ministerio de Justicia y Derechos Hu-
manos, como también el Presupuesto Ocial por la suma de Pesos Dieci-
séis Millones Doscientos Ochenta y Cuatro Mil Ochocientos Cincuenta con
Trece Centavos ($ 16.284.850,13).
Artículo 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial, pase al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos a sus efectos
y archívese.
FDO: RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS Y FINANCIAMIENTO
DIRECCION GENERAL DE TRANSPORTE
Resolución N° 25
Córdoba, 17 de Enero de 2018
VISTO:
Que en el Expediente N° 0048-004665/2017 la Empresa MAR CHIQUITA
S.R.L., solicita aprobación de horarios para realizar un servicio REGULAR
DE TEMPORADA 2017/2018 para el corredor SAN FRANCISCO – VILLA
CARLOS PAZ y viceversa, con escala en Arroyito.
Y CONSIDERANDO:
Que la Ocina de Infraestructura del Transporte informa que el recorrido
propuesto se encuentra dentro del respectivo permiso de explotación vin-
culando el corredor con una localidad de interés turístico, sin ingreso a la
Terminal de Córdoba. Además, la diagramación propuesta por la permisio-
naria está en relación con un servicio Regular de Temporada, por lo que se
aconseja su aprobación, debiendo quedar sujeta a las modicaciones que
eventuales reclamos las justiquen.
Que la Dirección de Jurisdicción de Organización y Gestión comparte lo
expresado por dicha Ocina, aconsejando se dicte el acto administrativo
pertinente.
Que el Área Legales de la Secretaría de Transporte emite Dictamen N°
007/2018, en donde concluye que pueden autorizarse los horarios diagra-
mados en la modalidad Regular de Temporada 2017/2018.
Por ello, atento a las facultades conferidas por el Artículo 40, inciso f) de la
Ley N° 8669 y normativa legal vigente, en uso de sus atribuciones,
EL DIRECTOR GENERAL DE TRANSPORTE
R E S U E L V E:
Artículo 1°.- AUTORIZAR a la Empresa MAR CHIQUITA S.R.L. para pres-
tar los horarios diagramados a fs. 2 y 3 del FU.15 de autos, en un servicio
REGULAR DE TEMPORADA 2017/2018 para el corredor SAN FRANCIS-
CO – VILLA CARLOS PAZ y viceversa, con escala en Arroyito, quedando
sujetos a las modicaciones que eventuales reclamos las justiquen.
Artículo 2°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial, notifíquese, dése copia al Ente Regulador de Servicios Públicos,
pase a la Ocina de Infraestructura y archívese.
FDO: MARCELO D. MANSILLA DIRECTOR GENERAL DE TRANSPORTE

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