Resolución N° 25 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 3 de Noviembre de 2022
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fecha de la disposición 5 de Marzo de 2020
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCXCV - Nº 222
CORDOBA, (R.A.) JUEVES 3 DE NOVIEMBRE DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Las Malvinas son argentinas”
Resolución N° 261 - Letra:D
Córdoba, 29 de septiembre de 2022
VISTO: El expediente Nº 0716-032445/2022.
Y CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo con lo informado y postulado por la señora Ministra
de Hábitat y Economía Familiar, deviene conveniente y necesario en este
estadio, incrementar el crédito presupuestario del programa 643-004 “For-
talecimiento Habitacional Y Del Hábitat Social – FONAVI” por el importe
total de pesos quinientos tres millones ($ 503.000.000,00), y en conse-
cuencia modicar las asignaciones de Recursos Financieros, el cálculo de
las Contribuciones y Erogaciones Figurativas, como así también el Plan
de Obras Públicas, siempre del Presupuesto General de la Administración
Pública Provincial, en vigencia, todo ello, al efecto de solventar ejecución
de obras y redeterminaciones de precios por reconocimiento de variación
de costos.
Que la modicación propuesta encuadra en las disposiciones de los
artículos 27, 31 y 110 in ne de la Ley N° 9086, texto reglamentado.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo informado por la Subse-
cretaría de Compras, Presupuesto e Inversiones Públicas y lo dictaminado
por el Área Legales de la Dirección de Jurisdicción Asuntos Legales de
este Ministerio, al Nº 2022/DAL-00000273, y los términos de la Resolución
Ministerial N° 119/2020,
EL MINISTRO DE FINANZAS
RESUELVE
Artículo 1º MODIFICAR las asignaciones de Recursos Financieros y el
cálculo de las Contribuciones y Erogaciones Figurativas del Presupuesto Ge-
neral de la Administración Pública Provincial, en vigencia, de conformidad con
el detalle analítico incluido en los Documento Modicación de Crédito Presu-
puestario N° 81 (Compensación Interinstitucional) y N° 76 (Recticación) que,
como Anexo I, forman parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2º ADECUAR el Plan de Obras Públicas del Presupuesto Ge-
neral de la Administración Pública Provincial, en vigencia, de conformidad
con el detalle analítico incluido en el Documento Modicación al Plan de
Obras Públicas que, como Anexo II, forma parte integrante de la presente
Resolución.?
Artículo 3º PROTOCOLICESE, dése intervención a la Subsecretaría
de Compras, Presupuesto e Inversiones Públicas y a la Contaduría Gene-
ral de la Provincia, infórmese al Tribunal de Cuentas de la Provincia, a la
Legislatura, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL DIGITAL N° 2022/D-00000261
FDO.: MÓNICA ZORNBERG, SECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA
Por encomienda de rma – Resolución Ministerial N° 119/2020
ANEXO
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución N° 25
Córdoba, 05 de marzo de 2020
Expediente Nº 0045-022287/2019.-
VISTO: este expediente por el cual la Dirección Provincial de Vialidad pro-
picia por Resolución Nº 00157/2020 la contratación directa con el Consor-
cio Caminero Regional Nº 11, para la ejecución de la obra: “CONSERVA-
CIÓN CAMINOS DE TIERRA – REGIÓN 11 – DEPARTAMENTOS: UNIÓN
– GENERAL SAN MARTÍN - AÑO 2020”, por la suma de $ 59.017.756,57.
Y CONSIDERANDO:
Que se ha incorporado en autos la documentación técnica para la pre-
sente obra, consistente en: Memoria Descriptiva, Pliego General de Espe-
cicaciones para el Mantenimiento del Tránsito y Medidas de Seguridad,
Pliego Particular de Condiciones, Pliego Complementario de Condiciones,
Pliego Particular de Especicaciones Técnicas, Nómina de ubicaciones de
caminos y Croquis correspondiente, descripción de los Ítems del Contrato
y Presupuesto Ocial; todo debidamente suscripto por funcionarios compe-
tentes de la Dirección Provincial de Vialidad y aprobado mediante el artícu-
lo 1º de la Resolución Nº 00157/2020 de su Directorio.
Que surge de la Memoria Descriptiva obrante en autos que, con la
obra de referencia, se pretende conservar las Redes Viales Primarias,
Secundarias y Terciarias sin pavimentar, a los nes de lograr mejor tran-
sitabilidad y seguridad, obteniendo mayor economía del transporte para el
usuario y para la Provincia, esgrimiéndose además un importante ahorro
administrativo, que conere agilidad y versatilidad en la adjudicación, eje-
cución, cómputo y certicación de los trabajos.
Que asimismo se destaca, que el contrato se regirá por el Sistema Mo-
dular de Certicación de obra, lo cual posibilita una gran agilidad operativa
para la ejecución de la misma, como también realizar una serie de trabajos
menores de pequeña cuantía, imprescindibles en función de un manteni-
miento a futuro o tendientes a una consolidación denitiva del tramo.
Que el Jefe de Departamento I Conservación de Caminos de Tierra de
la referida Dirección informa la cantidad total de módulos necesarios, el
costo de cada uno de ellos, el plazo de obra y que los trabajos se ejecuta-
ran a través de los Consorcios Camineros Subcontratistas integrantes del
Consorcio Caminero Regional Nº 11.
Que el Jefe del citado Departamento maniesta que el Consorcio
Caminero Regional reúne las condiciones técnicas, jurídicas y operativas
para ser el adjudicatario de la obra de mantenimiento de las redes sin
pavimentar aludidas, y sería la forma más efectiva y ágil de atender las
mencionadas redes, como también que este modo de contratación, va a
producir un signicativo ahorro económico del proceso administrativo, ce-
leridad, eciencia y ecacia, basado en el concurso activo y concertado
de varios consorcios, para realizar una función única de conservar, cuyo
efecto es superior a la suma de efectos individuales.
Que se ha incorporado en autos el Acta de Conformidad suscripta por

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