Resolución Nº 682

EmisorMin. Infraestructura
Fecha de la disposición20 de Agosto de 2010

RESOLUCIÓN Nº 682

Mendoza, 20 de agosto de 2010

Visto el expediente Nº 589-D-08-77308-E-00-1, en el cual la Dirección de Ejecución y Control de Servicios Públicos solicita se modifique el Artículo 4º de la Resolución Nº 382-IVT-2009, modificado por el Artículo 1º de la Resolución Nº 1379-IVT-09; y

CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 4º de la Resolución Nº 382-IVT-2009 se estableció la distribución del gasto correspondiente al presupuesto de la obra: “Red de Gas Natural para la Localidad de Rodriguez Peña Departamento Junín Mendoza”.

Que según informa la repartición actuante a fojas 1862/1863 del expediente mencionado, la referida modificación obedece a la necesidad de efectuar una nueva distribución del gasto del presupuesto total, con el objetivo de cubrir la totalidad de la ejecución de los trabajos de que se trata.

Que por expediente Nº 851-D-10-77308 se tramitó el refuerzo presupuestario necesario, que fue autorizado por la Resolución Nº 548-IVT-10, con el financiamiento 248, correspondiente a los fondos que se asignaron a la Provincia provenientes del Fondo Federal Solidario (Ley 8028), conforme surge del Acta Nº 21/10 de la Comisión Ejecutora Provincial.

Que por lo mencionado en los párrafos anteriores, corresponde la modificación del Artículo 4º de la Resolución Nº 382-IVT-09, modificado por el Artículo 1º de la Resolución Nº 1379-IVT-09.

Por lo expuesto y conforme lo dictaminado al respecto por la Asesoría Legal de esta jurisdicción,

En Ejercicio de las Facultades que le Confiere el Decreto-Acuerdo

Nº 720/98, Artículo 19º del Decreto Nº 1497/02 y Ampliatorio el

Ministro de Infraestructura, Vivienda y Transporte

Resuelve:

Artículo 1º

Modifíquese el Artículo 4º de la Resolución Nº 382-IVT-09, modificado por su similar nº 1379-IVT-2009, relacionado con la distribución del gasto correspondiente al presupuesto de la obra: “Red de Gas Natural para la Localidad de Rodriguez Peña Departamento Junín Mendoza”, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“Artículo 4º- El gasto emergente de la ejecución de los trabajos de referencia, se atenderá con el Fondo de Infraestructura Provincial (F.I.P.), por intermedio de la Administradora Provincial del Fondo para la Transformación y el Crecimiento, en su carácter de Fiduciaria y/o quien la sustituya (Financiamiento 103) y por la Dirección de Ejecución y Control de Servicios Públicos (financiamientos 000 y 248) , de acuerdo con el siguiente detalle:

I -

Con cargo al...

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