Resolución N° 2477/SSGRH/19

EmisorMinisterio de Economía y Finanzas
Fecha de la disposición20 de Enero de 2020
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
RESOLUCIÓN N.° 2477/SSGRH/19
Buenos Aires, 29 de noviembre de 2019
VISTO: La Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N° 6017) y el Expediente Electrónico
N° 34159333-GCABA-DGALP/19, y
CONSIDERANDO:
Que conforme lo dispuesto en el artículo 65 inc. c) de la Ley N° 471 (texto consolidado
Ley N° 6017) , la relación de empleo público se extingue "(...) por encontrarse el
trabajador en condiciones de acceder a cualquier beneficio jubilatorio";
Que, según surge de la actuación citada en el visto, la Administración Nacional de la
Seguridad Social (ANSES) solicita se acredite el cese definitivo en sus actividades de
diversos agentes, a efectos de dar curso a su retiro por invalidez;
Que en consecuencia, corresponde cesar en su actividad a los agentes en cuestión,
de acuerdo a lo establecido en el Capítulo XIV, artículo 65 inciso c) de la Ley N° 471
(texto consolidado Ley N° 6017).
Por ello, en uso de facultades que le son propias,
LA SUBSECRETARIA DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS
RESUELVE:
Artículo 1°.- Cesar, a partir del 30 de noviembre de 2019, a los agentes mencionados
en el Anexo (IF-2019-35913478-GCBA-DGALP) el que a todos los efectos forma parte
integrante de la presente Resolución, en el modo y condiciones que se señala, en el
marco del artículo 65 inc. c) de la Ley Nº 471 (texto consolidado Ley N° 6017).
Artículo 2°.- La Dirección General Administración y Liquidación de Haberes arbitrará
las medidas necesarias con relación a lo dispuesto en la presente resolución.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General
Administración y Liquidación de Haberes y a la Gerencia Operativa de Asuntos
Previsionales, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y
Previsionales, la que adoptará las medidas administrativas necesarias a fin de notificar
la presente a los nombrados en el Anexo (IF-2019-35913478-GCBA-DGALP),
debiéndose cumplir para tal fin con las estipulaciones del artículo 60 y ss. de la Ley de
Procedimientos Administrativos aprobada por Decreto N° 1510/97. Cumplido,
archívese. Domeniconi
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5783 - 20/01/2020

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