Resolución Nº 348/10

Fecha de disposición07 Diciembre 2010
Fecha de publicación02 Febrero 2011
Número de Gaceta26527

Provincia de Buenos Aires.

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA.

ORGANISMO DE CONTROL DE ENERGÍA ELÉCTRICA.

Resolución Nº 348/10.

La Plata, 7 de diciembre de 2010.

VISTO el Marco Regulatorio de la Actividad Eléctrica en la Provincia de Buenos Aires, conformado por la Ley 11.769 (T.O. Decreto Nº 1868/04) y su Decreto Reglamentario Nº 2479/04, la Resolución OCEBA Nº 429/02, lo actuado en el expediente Nº 2429- 4873/2002, y CONSIDERANDO:

Que en las actuaciones indicadas en el Visto, la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ENERGÍA SUR SOCIEDAD ANÓNIMA (EDES S.A.), a través de su apoderada, interpuso recurso de Revocatoria y Jerárquico en Subsidio contra la Resolución OCEBA Nº 429/02 (fs 63/80); Que a través del citado acto administrativo se estableció: “… Artículo 1º: Ordenar a la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ENERGÍA SUR SOCIEDAD ANÓNIMA (EDES S.A.) resarcir, en un plazo no mayor de treinta (30) días, los daños ocasionados en los artefactos eléctricos e instalaciones del usuario José Roberto SAGARDOY, titular del suministro cuenta Nº 20-18172, correspondiente al inmueble de la calle Valentín Alsina Nº 821 de la ciudad de Bahía Blanca, por deficiencias en la calidad del servicio ocurridas entre los días 26 y 27 de enero de 2002…” (fs. 54/55); Que notificada la citada Resolución con fecha 27 de agosto de 2002, la Distribuidora cuestionó la misma el día 10 de septiembre de 2002 (fs. 60 y 63/80); Que conforme lo previsto en el artículo 89 de la Ley de Procedimiento Administrativo, el término para interponer el recurso de revocatoria es de diez (10) días hábiles administrativos, contados a partir del día siguiente al de la notificación, siendo dicho plazo perentorio;

Que de ello deviene que el recurso presentado ha sido interpuesto en legal tiempo y forma;

Que se presentó el usuario, solicitando el agotamiento de la vía administrativa, en virtud de lo resuelto por la Cámara de Apelaciones de Bahía Blanca en el juicio caratulado “SAGARDOY JOSÉ ROBERTO C/ EDES S.A. S/ DAÑOS Y PERJUICIOS” y del consiguiente rechazo del recurso extraordinario que presentara ante la Suprema Corte Provincial (f 167 y vta.); Que el usuario expresó entre otras cuestiones: “…Que vengo por el presente acompañando copia de la sentencia dictada por la Excma. Cámara de Apelaciones de Bahía Blanca en el juicio caratulado “SAGARDOY JOSÉ ROBERTO C/ EDES S.A. S/DAÑOS Y PERJUICIOS”, Expediente Nº 100169, del 13/02/2007 y copia de la resolución de la Suprema Corte Provincial por la que se rechaza el recurso...

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