Resolución N° 245 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor23 de Julio de 2021
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fecha de la disposición21 de Julio de 2021
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVIII - TOMO DCLXXIX - Nº 149
CORDOBA, (R.A.) VIERNES 23 DE JULIO DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba”
Resolución N° 245
Córdoba, 21 de julio de 2021
Expediente N° 0045-023204/2021.-
VISTO: este expediente mediante el cual el Director de la Dirección de
Vialidad, propicia se disponga la incorporación en el Plan de Inversión de
Obras Públicas para el Ejercicio Presupuestario Año 2021, de la obra: “RE-
HABILITACIÓN PARCIAL RUTA PROVINCIAL Nro. 16 – TRAMO: HUAS-
CHA – CRUZ DEL EJE Y RUTA PROVINCIAL 15 – TRAMO: VILLA DEL
SOTO – PARAJE TRES ARBOLES Y CONSERVACIÓN DE RUTAS ALE-
DAÑAS – DEPARTAMENTOS CRUZ DEL EJE E ISCHILÍN”, en el marco
del artículo 31 de la Ley Nº 9086.
Y CONSIDERANDO:
Que se insta el presente pedido a los nes de incorporar en el referi-
do Plan, la obra que se describe en la nota incorporada en autos, atento
que al momento de confeccionar el Presupuesto para el año 2021 no fue
individualizada, en razón de haber surgido la necesidad de su ejecución
con posterioridad a la fecha de elaboración del anteproyecto del Plan de
Inversión de Obras Públicas, solicitando además que la obra de que se
trata sea afectada presupuestariamente en forma total en los años 2021 y
2022, en razón del plazo de ejecución.
Que el señor Director General de Administración de este Ministerio ex-
presa en autos, que la obra solicitada deberá ser individualizada en el Plan
de Obras del Ejercicio Presupuestario - Año 2021, en el “Programa 528”,
incorporando Planilla Anexa sobre el monto de los trabajos e informando
que los mismos serán compensados con los créditos asignados a la juris-
dicción de este Ministerio. Asimismo, aclara que los programas presupues-
tarios involucrados poseen una obra nominada “Obras de Emergencias e
Imprevistas sin Discriminar”.
Que luce agregado Dictamen N° 291/2021 de la Dirección General de
Asuntos Legales de este Ministerio en el que se expresa que, atento las
constancias agregadas en autos y conforme lo dispuesto por el artículo 31
de la Ley Nº 9086 y artículo 2º del Cuerpo Normativo Unicado del Siste-
ma Integrado de Administración Financiera aprobado por el artículo 1º de
la Resolución Nº 3/2018 de la Secretaría de Administración Financiera del
Ministerio de Finanzas, puede dictarse el acto administrativo conforme lo
propiciado en autos.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado
por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el Nº
291/2021 y en uso de sus atribuciones,
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
Artículo 1º.- DISPÓNESE la incorporación en el PLAN DE OBRAS
PÚBLICAS - AÑO 2021 – “Programa 528” de la obra: “REHABILITACIÓN
PARCIAL RUTA PROVINCIAL Nro. 16 – TRAMO: HUASCHA – CRUZ DEL
EJE Y RUTA PROVINCIAL 15 – TRAMO: VILLA DEL SOTO – PARAJE
TRES ARBOLES Y CONSERVACIÓN DE RUTAS ALEDAÑAS – DEPAR-
TAMENTOS CRUZ DEL EJE E ISCHILÍN”, conforme planilla que como
ANEXO I compuesto de una (1) foja, se acompaña y forma parte integrante
del presente instrumento legal.
Artículo 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial, pase a la Dirección General de Administración de este Mi-
nisterio, dese intervención a la Subsecretaría de Compras, Presupuesto e
Inversiones Públicas y a la Contaduría General de la Provincia y archívese.
FDO.: RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
ANEXO
SECRETARÍA DE CAPITAL HUMANO
Resolución N° 1
Córdoba, 22 de julio de 2021.
VISTO: La Ley Nº 10618 de Simplicación y Modernización de la Adminis-
tración, su Decreto Reglamentario Nº 750/2019 y la implementación de la
Plataforma Expediente Digital por parte de la Secretaría de Innovación de
la Gestión dependiente del Ministerio de Coordinación.
Y CONSIDERANDO:
Que la citada Ley establece las bases para la simplicación, raciona-
lización y modernización administrativa, con la nalidad de propender a la
economía, celeridad, ecacia y espíritu de servicio de la Administración,
garantizando una pronta y efectiva respuesta a los requerimientos de la
ciudadanía y una eciente gestión de los recursos públicos.
Que ja además las Reglas de Actuación de la Nueva Administración, en-
tre las que corresponde destacar la que dispone que toda la actividad cumplida
en ejercicio de la función administrativa se desarrollará mediante las tecnolo-
gías de información y comunicaciones (TIC), a n de que las relaciones entre
las personas y la Administración, como así también entre los órganos y entes
que la conforman, sean canalizadas íntegramente por medios electrónicos o
digitales (administración electrónica, artículo 3º); así como que la Administra-
ción eliminará de manera denitiva al papel como soporte de los expedientes
y demás actuaciones, debiendo toda la actividad cumplida en ejercicio de la
función administrativa desenvolverse íntegramente a través de medios digitales
o electrónicos, en la forma y de acuerdo a los plazos que establezca la regla-
mentación (Expediente digital. Despapelización, artículo 4º).
Que la Secretaría de Innovación de la Gestión dependiente del Ministerio
de Coordinación, ha implementado la Plataforma Expediente Digital, constitui-
do por diversos módulos a los nes de satisfacer los requerimientos de la Ad-
ministración ¨Pública Provincial, entre ellos Documentos Electrónicos, Firmas
Electrónicas/Digitales, Expedientes Electrónicos y Protocolos Electrónicos.
Que en virtud de lo expuesto y en el marco del proceso de digitaliza-
ción que lleva adelante el Gobierno de Córdoba, así como a los nes de
coadyuvar al cumplimiento de los objetivos establecidos en la normativa
citada y contando con las herramientas digitales apropiadas para ello, co-
rresponde disponer que los trámites relativos a la gestión del capital huma-
no que ingresen a cualquiera de las dependencias de la Secretaría de Ca-

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