Resolución N° 244/SECDU/21

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición 6 de Enero de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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RESOLUCIÓN N.º 244/SECDU/21
Buenos Aires, 19 de noviembre de 2021
VISTO: El Decreto Nº 224/13 y modificatoria Resolución N° , las Resoluciones
Conjuntas Nros. 11- SECLYT/13, y sus modificatorias 10/SECLYT/14 y 2/SECLYT/15,
el Expediente Electrónico N° 33116436- -GCABA-SECDU/21 y asociados, y
CONSIDERANDO:
Que por la presente actuación tramita la contratación de diversas personas, bajo la
figura de locación de servicios y obra en el modo, forma y período que se detalla en el
Anexo I que forma parte integrante de la presente;
Que mediante el Decreto Nº 224/13 se estableció que la contratación, modificación,
ejecución y extinción de los contratos celebrados bajo el régimen de Locación de
Obras y Servicios, deberán tramitar utilizando el Módulo “LOyS” del Sistema de
Administración de Documentos Electrónicos –SADE, mientras que por Resolución
Conjunta Nº 11/SECLYT/13 y sus modificatorias, se aprobó el procedimiento
administrativo electrónico correspondiente;
Que el artículo 2º del citado Decreto faculta al/la titular de la Vicejefatura de Gobierno,
a los/as Ministros/as, Secretarios/as y Subsecretarios/as del Poder Ejecutivo y a los
funcionarios con rango o nivel equivalente, a contratar hasta un monto máximo de
pesos veinte mil ($ 20.000.-), mensuales por contrato, dentro de su disponibilidad
presupuestaria, entre tanto, el artículo 3° faculta al Sr. Ministro de Hacienda y
Finanzas a modificar el monto máximo;
Que mediante la Resolución N° 2862-GCABA/MHFGC/21, se elevó el monto máximo
establecido en el artículo 2º del mencionado Decreto a la suma de pesos doscientos
veinte mil ($ 220.000.-);
Que por el artículo 5° del Decreto N° 224/13 se facultó a los funcionarios mencionados
en el artículo 2° a delegar en las Direcciones Generales de su jurisdicción la
suscripción de los instrumentos contractuales correspondientes;
Que las personas que figuran en el anexo I de la presente no se encuentran inscriptas
en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos creado por la Ley Nº 269 (texto
consolidado por Ley N° 6.017) ni perciben ningún subsidio por razones de falta de
empleo y han declarado bajo juramento, que no se encuentran revistando en la Planta
Permanente o Transitoria del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ni se
hallan vinculadas con éste, por contrato alguno o en calidad de pasantes o asistentes
técnicos por convenio con alguna Universidad;
Que se han cumplimentado los requisitos exigidos por la normativa vigente y se ha
efectuado la afectación presupuestaria preventiva y definitiva del gasto que origina la
contratación que se propicia, por la suma total de Pesos DOS MILLONES
SEISCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO
($2.698.774.-), en la partida correspondiente al ejercicio presupuestario vigente;
Que por lo expuesto deviene procedente el dictado del acto administrativo que autorice
las contrataciones en cuestión.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 2º del Decreto Nº 224/13,
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6290 - 06/01/2022

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