Resolución Nº 244

EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición27 de Julio de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXIX - Nº 146
CORDOBA, (R.A.), JUEVES 28 DE JULIO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º MODIFICAR las asignaciones de Recursos Humanos del
Presupuesto General de la Administración Provincial en vigencia, de con-
formidad con el detalle analítico incluido en el Documento Modicación de
Cargo Presupuestario N° 18 de este Ministerio el que como Anexo I con
una (1) foja útil, forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2º PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Dirección Ge-
neral de Presupuesto e Inversiones Públicas y a Contaduría General de la
Provincia, infórmese al Tribunal de Cuentas y a la Legislatura, comuníque-
se, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO: LIC. OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS
ANEXO: http://goo.gl/pShvgw
Resolución N° 244
Córdoba, 27 de julio de 2016
VISTO:
El expediente Nº 0027-061602/2016, por el que se propicia la amplia-
ción del Fondo Permanente “D” –DEVOLUCIÓN DE TRIBUTOS Y TASAS-,
de este Ministerio y la ampliación del límite para cada pago.
Y CONSIDERANDO:
Que dicho fondo fue creado por Resolución Ministerial N° 491/11 y
modicado por su similar N° 323/12.
Que conforme lo determina el artículo 63 de la Ley Nº 9086, es facul-
tad de este Ministerio otorgar conformidad para el funcionamiento de los
Fondos Permanentes y/o Cajas Chicas que soliciten los Servicios Adminis-
trativos, determinando su régimen y límites al momento de su creación y
modicación.
Que no existen objeciones que formular desde el punto de vista técni-
co-contable en relación a la ampliación del Fondo Permanente solicitado,
habiendo efectuado la Dirección General de Tesorería y Crédito Público la
intervención de su competencia.
Que son atendibles las causales planteadas por la Jurisdicción requi-
rente en el sentido que es necesaria la ampliación propiciada para el co-
rrecto funcionamiento del servicio.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo informado por la Direc-
ción General de Tesorería y Crédito Público a fs. 7 y de acuerdo con lo
dictaminado por el Área Legales de este Ministerio al Nº 485/16,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º AMPLIAR el Fondo Permanente “D” –DEVOLUCIÓN DE
TRIBUTOS Y TASAS-, de este Ministerio, hasta la suma de PESOS QUI-
NIENTOS MIL ($ 500.000.-), del que será responsable el Titular del Servi-
cio Administrativo de esta Cartera de Estado.
Artículo 2º ESTABLECER el límite para cada pago en cuatro (4) veces
el valor del índice uno (1) jado por el artículo 11 de la Ley N° 10155.
Artículo 3º PROTOCOLÍCESE, comuníquese al Tribunal de Cuentas
de la Provincia, a la Dirección General de Tesorería y Crédito Público, a
Contaduría General de la Provincia y al Servicio Administrativo de este
Ministerio, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO: LIC. OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS
Resolución N° 246
Córdoba, 27 de julio de 2016
VISTO:
El expediente Nº 0165-125459/2016, por el que se propicia la amplia-
ción del Fondo Permanente “O” –FISCALÍA DE ESTADO– de la Secretaría
General de la Gobernación, creado por Resolución N° 097/10 y modicado
por sus similares N° 017/12, 283/12, 004/14 y 004/16, todas de este Minis-
terio.
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo determina el artículo 63 de la Ley Nº 9086, es facul-
tad de este Ministerio otorgar conformidad para el funcionamiento de los
Fondos Permanentes y/o Cajas Chicas que soliciten los Servicios Adminis-
trativos, determinando su régimen y límites al momento de su creación y
modicación.
Que no existen objeciones que formular desde el punto de vista técni-
co-contable en relación a la ampliación del Fondo Permanente solicitado,
habiendo efectuado la Dirección General de Tesorería y Crédito Público la
intervención de su competencia.
Que son atendibles las causales planteadas por la Jurisdicción requi-
rente a los nes de la ampliación propiciada para el correcto funcionamien-
to del Servicio.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo informado por la Direc-
ción General de Tesorería y Crédito Público a fs. 7 y de acuerdo con lo
dictaminado por el Área Legales de este Ministerio al Nº 497/16,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º AMPLIAR el Fondo Permanente “O” –FISCALÍA DE ESTA-
DO- de la Secretaría General de la Gobernación, hasta la suma de PESOS
QUINIENTOS MIL ($ 500.000.-), del que será responsable el Titular del
Servicio Administrativo de la citada Repartición.
Artículo 2º PROTOCOLÍCESE, comuníquese al Tribunal de Cuentas
de la Provincia, a Contaduría General de la Provincia, al Servicio Adminis-
trativo de la Secretaría General de la Gobernación y a la Dirección General
de Tesorería y Crédito Público, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO: LIC. OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS

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