Resolución N° 2439/MEIGC/18

EmisorMinisterio de Educación e Innovación
Fecha de la disposición 9 de Octubre de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.° 2439/MEIGC/18
Buenos Aires, 2 de octubre de 2018
VISTO:
La Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley 5.666), Decreto Reglamentario Nº
326/GCABA/17, la Resolución Conjunta Nº 5- SECLyT-MHGC-MMGC-MJGGC- 2014,
el Expediente Electrónico Nº 15071427-MGEYA-DGAR-2018, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente del Visto tramita la cláusula adicional de prórroga al contrato de
locación administrativa del inmueble sito en la calle Rojas 1554 de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, con destino a la Escuela Primaria Nº 21 del Distrito
Escolar 7º;
Que corresponde destacar que en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
resulta de aplicación la Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad Nº 2095 (Texto
consolidado por Ley Nº 5666) reglamentada por el Decreto Nº 326/GCABA/17;
Que en dicha Ley, se encuentra encuadrada la locación de un inmueble por parte del
sector público, mientras que en su artículo 25 dispone que para la ejecución de los
contratos, la regla general es “la licitación pública o concurso público“, agregando en el
artículo 26 que los procedimientos de selección del contratista para tales operaciones
son: a) Licitación o Concurso; b) Contratación Directa y c) Remate o Subasta Pública;
Que oportunamente el contrato de locación administrativa fue aprobado por
Resolución Nº 1486/MEGC/16 y venció el día 30 de junio de 2018;
Que la cláusula tercera del aludido contrato estipula la facultad del locatario para
prorrogar la vigencia del mismo;
Que por lo tanto, el marco jurídico en el que se halla encuadrada la prórroga de la
locación del inmueble como la que se plantea en las actuaciones del Visto, resulta del
Decreto Nº 326/GCABA/2017, artículo 28, inciso 12, apartado m) anexo I: "Finalizado
el plazo estipulado en el contrato, el eventual uso de la prórroga previsto en el mismo
deberá plasmarse mediante la celebración de una cláusula adicional...";
Que cabe señalar, que se ha dado cumplimiento a las disposiciones previstas en el
inciso 12, artículo 28, del Anexo I del Decreto Reglamentario Nº 326/GCABA/2017,
respecto a los apartados a) y b) y, en función de ello la Dirección General
Administración de Bienes y Concesiones dependiente del Ministerio de Economía y
Finanzas, informa que luego de una exhaustiva búsqueda en el Registro Único de
Bienes Inmuebles (RUBI), surge que no existen en la actualidad inmuebles disponibles
de titularidad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que posean las características
necesarias para los fines solicitados (IF-2018-15403704-DGABC);
Que tal situación motivó a la Dirección General de Administración de Recursos de este
Ministerio a realizar tratativas con los propietarios que dieron como resultado la
cláusula adicional de prórroga al contrato de locación administrativa registrado por la
Dirección General Escribanía General bajo el N° 16227533-RL-16 el 27/04/16, que
tendrá un plazo de duración de tres (3) años, a partir del 1 de julio de 2018, con un
valor locativo de pesos ochenta y cinco mil ($ 85.000.-) mensuales para el primer año
de la prórroga, de pesos ciento ocho mil ($ 108.000.-) mensuales para el segundo año
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5474 - 09/10/2018

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