Resolución N° 243 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor22 de Julio de 2022
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fecha de la disposición20 de Julio de 2022
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCXCI - Nº 148
CORDOBA, (R.A.) VIERNES 22 DE JULIO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Las Malvinas son argentinas”
Adecuación Provisoria de Precios por las variaciones de costos vericadas en
el mes de abril de 2022, habiendo renunciado la contratista a todo reclamo,
conforme lo estipulado por el artículo 14 del Decreto Nº 800/2016.
Que se ha agregado el Documento Contable - Nota de Pedido N°
2022/000241 que certica la reserva presupuestaria para atender la ero-
gación que lo gestionado implica.
Que obra Dictamen N° 223/2022 de la Dirección General de Asuntos
Legales de este Ministerio mediante el cual se expresa que, de conformidad
a las constancias obrantes en autos, surgen acreditados y cumplimentados
los extremos legales necesarios previstos por el Decreto N° 800/2016, mo-
dicado por Decreto N° 30/2018 y disposiciones de la Resolución Ministe-
rial Nº 223/2016, atento a que se ha vericado una variación en los precios
ponderados de los factores de costos del contrato superior al diez por ciento
(10%) respecto a los valores contractuales vigentes, puede procederse a
la aprobación del nuevo monto del contrato de la obra, debiendo oportuna-
mente suscribir la adenda correspondiente, habida cuenta que existe una
modicación del precio contractual que produce consecuencias jurídicas en
la ejecución del contrato de obra pública de que se trata.
Por ello, actuaciones cumplidas, normas legales citadas, lo dictamina-
do por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el
N° 223/2022 y en uso de sus atribuciones;
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
Artículo 1º.- APRUÉBASE la Tercera Adecuación Provisoria de Pre-
cios por variaciones de costos producidas en el mes de abril del 2022, de
los trabajos faltantes de ejecutar en la obra: “PAVIMENTACIÓN ACCESO
A SILVIO PELLICO – RUTA NACIONAL N° S-336 – TRAMO: RUTA PRO-
VINCIAL N° 2 – SILVIO PELLICO – DEPARTAMENTO GENERAL SAN
MARTÍN – PROVINCIA DE CÓRDOBA, por la suma total de Pesos Quince
Millones Trescientos Cuarenta y Tres Mil Quinientos Sesenta y Ocho con
Sesenta y Ocho Centavos ($ 15.343.568,68), conforme el Formulario de
Aceptación de Adecuación Provisoria de Precios suscripto con fecha 12
de mayo del 2022, por el Consorcio Caminero Único, representado por su
Presidente, señor Agustín PIZZICHINI, contratista de la obra, que como
Anexo I compuesto de dos (2) fojas, se acompaña y forma parte integrante
del presente instrumento legal.
Artículo 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma total de Pesos
Quince Millones Trescientos Cuarenta y Tres Mil Quinientos Sesenta y Ocho
con Sesenta y Ocho Centavos ($15.343.568,68), conforme lo indica la Direc-
ción General de Administración de este Ministerio en su Documento de Con-
tabilidad – Nota de Pedido Nº 2022/000241, con cargo a: Jurisdicción 1.50,
Programa 511-000, Partida 12.06.00.00, Obras – Ejecución por Terceros del P.V.
Artículo 3º.- PROTOCOLÍCESE, dese intervención a la Dirección Ge-
neral de Administración de este Ministerio, al Tribunal de Cuentas de la
Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial, notifíquese, pase
a la Unidad Ejecutora a sus efectos y archívese.
FDO.: RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
ANEXO
Resolución N° 243
Córdoba, 20 de julio de 2022
Expediente Nº 0425-448203/2022.-
VISTO: este expediente en el que constan las actuaciones relacionadas
con la contratación de la obra: “REFUNCIONALIZACIÓN EX HOSPITAL
EN COMUNIDAD TERAPÉUTICA - HOSPITAL PROVINCIAL RÍO TERCE-
RO (VIEJO) - UBICACIÓN: RÍO TERCERO - DEPARTAMENTO: TERCE-
RO ARRIBA - PROVINCIA DE CÓRDOBA.
Y CONSIDERANDO:
Que obra en autos nota de la Sub Directora de la Dirección General
de Compras y Contrataciones del Ministerio de Salud instando el presente
trámite a los nes de la autorización correspondiente para la ejecución
de la obra de referencia, de conformidad a las previsiones del Decreto Nº
180/2008.
Que se ha agregado en autos Memoria Descriptiva, Pliego Particular
de Especicaciones Técnicas de Arquitectura, Pliego Particular de Especi-
caciones Técnicas de Instalaciones Eléctricas, Pliego Particular de Especi-
caciones Técnicas Instalación Sanitaria, Planos, Cómputo Métrico, Presu-
puesto y Estructura de Costos (Dto. N° 800/16) suscriptos por la Directora
General de Infraestructura y Equipamiento Sanitario del citado Ministerio.
Que de la documentación incorporada en autos surge que el Presupuesto
Ocial asciende a la suma de $ 83.873.144,05 calculado al mes de abril/2022
y con un plazo de ejecución de trecientos sesenta y cinco días (365) días.
Que, mediante informe técnico, el Secretario de Arquitectura, junto a la
Directora General de Proyectos y la Jefatura de Área Gestión Administrativa,
otorgan visto bueno a la documentación obrante en autos, entendiendo que el
proyecto elaborado resulta correcto desde el punto de vista técnico, manifestan-
do que puede servir de base para la contratación de los trabajos propiciados.
Que toma intervención el Área de Estudio de Costos de la Secretaría de
Arquitectura, informando que el presupuesto “…con valores en abril/2022, no
presenta variaciones signicativas con los precios que esta area maneja”.
Que conforme lo previsto en el artículo 3 del Decreto Nº 180/08, el
Ministerio de Salud deberá respetar las disposiciones de la Ley de Obras
Públicas Nº 8.614 y sus modicatorias, entre ellas la Ley N° 10.417 y sus
Decretos Reglamentarios, como toda otra normativa aplicable, en relación
al procedimiento de contratación.
Que dicho organismo deberá también informar oportunamente de la
presente contratación al Registro de Constructores de Obra Pública a los
nes de dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 7 -segundo párrafo-
del Anexo I del Decreto N° 1419/2017.
Que obra Dictamen Nº 265/2022 de la Dirección General de Asuntos
Legales de este Ministerio en el que se expresa que, en virtud de las consi-
deraciones de hecho y derecho vertidas en autos, de los informes técnicos
elaborados por las áreas competentes y visto que se da cumplimiento a las
disposiciones de la Ley Nº 8.614, modicada por Ley Nº 10.417, Decretos
Reglamentarios Nº 4757/77 y Nº 4758/77, entiende que atento que la obra
supera el índice trescientos (300) resulta oportuno dictar el instrumento
legal por el cual se apruebe la ejecución de la misma, manifestando ex-

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